viernes, marzo 06, 2015

DEFENSA ADECUADA EN EL JUICIO ORAL


LA DEFENSA ADECUADA EN EL JUICIO ORAL actualizada al Código Nacional de Procedimientos Penales
1 Libro. Autor Manuel Valadez Díaz, Carlos Enrique Guzmán González y Guillermo Díaz Hernández Editor Flores

PUEDE VER LA TERCERA EDICIÓN EN EL SIGUIENTE 

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¿QUÉ CONTIENE ESTE GRATÍSIMO TRABAJO?


PARTE GENERAL



¿CÓMO DEBE ANALIZAR LA DEFENSA LOS MEDIOS DE INVESTIGACIÓN QUE REALIZA EL MINISTERIO PÚBLICO?



EL CONTROL DETENCIÓN DENTRO DE LA AUDIENCIA INICIAL



¿CÓMO DEFENDER LA FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN Y LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES?



¿CÓMO DEFENDER LA VINCULACIÓN A PROCESO?


¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA INTERMEDIA?



¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA DE DEBATE EN JUICIO ORAL?




¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO?

Doctrina Casos prácticos Jurisprudencia Nacional y Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Con prólogo del Dr. J. Apolonio Betancourt Ruiz

El sistema penal acusatorio se ha consolidado de forma significativa en el estado de Durango, en virtud de que dicha entidad fue la primera en nuestro país que lo implementó al tener como base la reforma constitucional que en materia de seguridad y justicia se realizó el 18 de junio de 2008 a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123 de nuestra Carta Magna, lo cual le permitió generar una legislación congruente con el sistema de corte acusatorio y adversarial que la misma estableció y, por ende, convertirse en un ícono nacional en cuanto a la operación adecuada de esta nueva forma de procurar e impartir justicia

La obtención de lo anterior se debió de forma primordial a la voluntad de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado de Durango para implementar un ambicioso programa de capacitación que de forma particular permitió que el Poder Judicial se consolidara como un punto de referencia a nivel nacional e incluso internacional en cuanto a la generación de opinión jurídica calificada para el desarrollo de los alcances, retos y perspectivas que de forma natural provocan las figuras procesales que aparecen con los coloquialmente llamados “juicios orales”

Como un resultado palpable de lo acertada que fue la capacitación de los operadores del nuevo sistema de justicia penal para el Estado de Durango, se logró la publicación y difusión a nivel nacional e internacional de una excelente obra jurídica denominada Diccionario Práctico del Juicio Oral, misma que fue elaborada por tres distinguidos jueces de control y oralidad, y que por primera vez en la historia del Poder Judicial de la entidad logró romper las barreras del Estado, y así, se presentó con gran éxito en espacios como el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Nacional de Ciencias Penales, en donde fue elogiada por juristas de la talla de Miguel Carbonell, Hugo Concha y Michael Champo, quienes coincidieron en lo valioso de la obra, así como en la importante contribución del Poder Judicial de Durango al fortalecimiento de los juicios orales en México

De tal forma, el Diccionario Práctico del Juicio Oral se ha convertido en una obra creada por jueces duranguenses, misma que ahora se utiliza como libro de texto a nivel licenciatura, y de consulta obligatoria para agentes del Ministerio Público, Defensores y Jueces del sistema acusatorio y oral

Dentro del contexto anterior, los autores de dicha obra, bajo la exclusiva visión de sus labor como jueces de control y oralidad de Durango, presenten una nueva contribución a la ciencia jurídica aplicable a los juicios orales como una muestra más del compromiso que tiene el Poder Judicial de Durango para impulsar el establecimiento de la oralidad en materia penal en nuestro país

Esta obra está dirigida para los defensores, ya sean públicos o privados, mediante la explicación clara y sencilla de las principales audiencias a las que se deberán enfrentar en el ejercicio de su labor y para lo cual se acompañan bajo un método evidentemente cercano a la Mayéutica de Sócrates , una serie de preguntas que buscan dar respuestas a las principales dificultades con las que se enfrenta un defensor, esto, buscando generar en el lector un conocimiento experto sobre la litigación oral

Este objetivo es claro que fue alcanzado por sus autores, ya que quien de lectura a esta obra podrá entender en palabras sencillas y en un lenguaje amigable y cargado de muchos ejemplos prácticos, no solamente qué hacer para llevar una defensa adecuada, sino cómo hacerla

Es en fin, un libro de lectura obligada para todo operador del nuevo sistema de justicia penal, que le permitirá acceder al conocimiento que los autores han obtenido en virtud de su excelente capacitación y desempeño diario de su labor

Lo anterior reitera el compromiso del Poder Judicial del Estado de Durango para la difusión de la cultura jurídica, así como su colaboración para la socialización y mejor entendimiento del alcance y contenido de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia, ya que solo teniendo defensores altamente capacitados en estrategias de litigación se podrá sostener que existirá una defensa adecuada y, por ende, una protección eficaz de los derechos un delito

Por último, mi reconocimiento y felicitación para los autores del libro La Defensa Adecuada en Juicio Oral”, los jueces de Control y Oralidad, Dr. Manuel Valadez Díaz, M.D. Car los Enrique Guzmán González y Lic. Guillermo Díaz Hernández quienes, de nueva cuenta, generan una obra jurídica que coadyuvará de forma significativa a fortalecer los juicios orales en México, y a seguir ubicando al sistema de justicia penal duranguense como un punto de referencia en cuanto a la creación de opinión jurídica. Sin lugar a dudas los autores se distinguen por su brillante labor en la jurisdicción, así como por su compromiso con la sociedad en general, por ello, son un orgullo del Poder Judicial y dignos impartidores de justicia


ÍNDICE:






LA DEFENSA ADECUADA EN EL JUICIO ORAL



CONTENIDO:
PARTE GENERAL

1.1INTRODUCCIÓN:


1.2EL SIGNIFICADO DE LA DEFENSA ADECUADA: artículo 121. Garantía de la defensa técnica. Artículo 117. Obligaciones del defensor


1.3LA DEFENSA MATERIAL: Artículo 311. Procedimiento para formular la imputación

1.4LA DEFENSA TÉCNICA: Artículo 17. Derecho a una defensa y asesoría jurídica adecuada e inmediata


1.5¿EN QUÉ CONSISTEN LAS DEFENSAS ACTIVA Y PASIVA?: Artículo 126. Entrevista con otras personas. Artículo 130 Carga de la prueba

1.6¿CÓMO HACER UNA DEFENSA ACTIVA? Artículo 126. Entrevista con otras personas


1.7¿CÓMO HACER UNA DEFENSA PASIVA?

1.8LA DEFENSA Y EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Artículo 265 Valoración de los datos y prueba. Artículo 353. Motivación. Artículo 359: Valoración de la prueba


1.9LOS DERECHOS DE LA DEFENSA: Artículo 11. Principio de igualdad entre las partes. Artículo 6: Principio de contradicción

1.10     LOS DERECHOS DEL IMPUTADO: Artículo 113. Derechos del imputado. Artículo 114. Declaración del imputado: Artículo 151. Asistencia consular. Artículo 36. Comunicación con los nacionales del estado que envía


1.11     EL OBJETO DEL PROCESO PENAL BAJO UN SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL:

1.12     PRINCIPIOS RECTORES DEL SISTEMA: 1.12.1 Publicidad Artículo 5. Principio de publicidad 1.12.2 Contradicción: Artículo 6. Principio de contradicción 1.12.3 Concentración: Artículo 8. Principio de concentración 1.12.4 Igualdad: Artículo 11. Principio de igualdad entre las partes 1.12.5 Inmediación. Artículo 9. Principio de inmediación 1.12.6 Continuidad. Artículo 7. Principio de continuidad



1.13     OTROS PRINCIPIOS APLICABLES AL SISTEMA ACUSATORIO Y ORAL: 1.13.1 Oralidad: Artículo 44. Oralidad de las actuaciones procesales 1.13.2 Presunción de inocencia: Artículo 13: Principio de presunción de inocencia Artículo 55: Restricciones de acceso a las audiencias 1.13.3 Interpretación informe 1.13.4 Pro Persona 1.13.5 Iura Novit Curia 1.13.6 Prohibición de prueba ilícita: Artículo 264. Nulidad de la prueba 1.13.7 Onus Probandi o de carga Probatoria. Artículo 130: carga de la prueba  1.13.8 Justicia restaurativa: Artículo 184 Soluciones alternas 1.13.9 Legalidad de los actos del juez de Control: Artículo 133: Competencia jurisdiccional Artículo 134: deberes comunes de los jueces Artículo 107: Probidad



1.14     CLASIFICACIÓN  DE LA ACCIÓN PENAL: Artículo 221: Formas de inicio


1.15     EL ARCHIVO TEMPORAL: Artículo 254. Archivo temporal


1.16     EL NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN: Artículo 255. No ejercicio de la acción


1.17     ¿QUÉ ES LA TEORÍA DEL CASO?


1.18     ¿CÓMO ACTUAR ANTE UNA DECLARATORIA DE SUSTRACCIÓN A LA ACCIÓN DE JUSTICIA?


1.19     ¿QUÉ ES UNA ORDEN DE COMPARECENCIA? Artículo 141. Citatorio, orden de comparecencia y aprehensión


1.20     ¿QUÉ UTILIDAD TIENEN UNA ORDEN DE APREHENSIÓN O DE PRESENTACIÓN YA EJECUTADAS?


1.21     ¿SE PUEDE IMPUGNAR UNA ORDEN DE APREHENSIÓN O DE PRESENTACIÓN YA EJECUTADAS?


1.22     DIFERENCIA ENTRE UN AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO Y UN AUTO DE FORMAL PRISIÓN: Artículo 316: Requisitos para dictar el auto de vinculación a proceso


1.23     EL SANEAMIENTO DE DEFECTOS ABSOLUTOS Y FORMALES: Artículo 97: principio general. Artículo 98: Solicitud de declaración de nulidad sobre actos ejecutados en contravención de las formalidades. Artículo 99: Saneamiento. Artículo 100: Convalidación. Artículo 101: Declaración de nulidad


1.24     ¿CÓMO SE VALORA LA PRUEBA A TRAVÉS DE LA LÓGICA?: Artículo 265: valoración de los datos y las pruebas. Artículo 359: Valoración de las pruebas


1.25     EL CONTROL DIFUSO CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL:


1.26     EL DERECHO A LA INFORMACIÓN DEL PROCESO: Artículo 18: Garantía de ser informado de sus derechos


1.27     EL DERECHO A LA INTIMIDAD DE LAS PARTES: Artículo 15: Derecho a la intimidad y a la privacidad


1.28     ¿QUÉ SON LOS MEDIOS DE APREMIO? Artículo 104. Imposición de medios de apremio

1.29     1



1.30     ¿QUÉ SON LOS CRITERIOS DE OPORTUNIDAD? Artículo 256: Casos en que operan los criterios de oportunidad. Artículo 258: Notificaciones y control judicial



1.31     ¿QUÉ ES LA ACUMULACIÓN DE JUICIOS? Artículo 30: Causas de acumulación y conexidad. Artículo 410: Criterios para la individualización de la sanción penal o medida de seguridad



CAPÍTULO 2

¿CÓMO DEBE ANALIZAR LA DEFENSA LOS MEDIOS DE INVESTIGACIÓN  QUE REALIZA EL MINISTERIO PÚBLICO?


2.1 INTRODUCCIÓN:

2.2 LA DECLARACIÓN DEL IMPUTADO: Artículo 309: Oportunidades para formular la imputación a personas detenidas. Artículo 320: Declaración del imputado. Artículo 378: Ausencia del acusado en juicio

2.3 LA DECLARACIÓN DE TESTIGOS QUE TIENEN DERECHO A GUARDAR SILENCIO POR RAZÓN DEL PARENTESCO O POR LA EXISTENCIA DEL SECRETO PROFESIONAL: Artículo 222: Deber de denunciar. Artículo 361: Facultad de abstención. Artículo 362: Deber de guardar secreto

2.4 LA ORDEN DE CATEO: Artículo 282: Solicitud de orden de cateo. Artículo 17: Comentarios. Artículo 283: resolución que ordena el cateo. Artículo 290: Ingreso de una autoridad a lugar sin autorización judicial

2.5 LA INSPECCIÓN DE PERSONAS: Artículo 266: Actos de molestia. Artículo 268: Inspección de personas

2.6 EL ASEGURAMIENTO DE OBJETOS Y LA CADENA DE CUSTODIA: Artículo 227: cadena de custodia. Artículo 228: Responsables de cadena de custodia

2.7 LA CLAUSURA TEMPORAL:

2.8 LA INTERCEPCIÓN Y ASEGURAMIENTO DE COMUNICACIONES: Artículo 291: intervenciones de las comunicaciones privadas

2.9 LA INSPECCIÓN DEL LUGAR DE LOS HECHOS Y LEVANTAMIENTO DE CADÁVERES:

2.10 LA EXHUMACIÓN DE CADÁVERES: Artículo 271: levantamiento e identificación de cadáveres

2.11 LOS EXÁMENES Y PRUEBAS EN LAS PERSONAS: Comentarios. Artículo 270: Toma de muestras cuando la persona requerida se niegue a proporcionarlas

2.12 LA RECONSTRUCCIÓN DE HECHOS:

2.13 EL RECONOCIMIENTO DE PERSONAS DE MANERA PRESENCIAL Y A TRAVÉS DE FOTOGRAFÍA: Artículo 277: Procedimiento para reconocer personas. Artículo 278: Pluralidad de reconocimientos. Artículo 279: Identificación por fotografía. Artículo 280: Reconocimiento de objeto

2.14 LA PRUEBA ANTICIPADA: Artículo 304: Prueba anticipada

2.15 LOS REGISTROS DE TODOS LOS ACTOS DE INVESTIGACIÓN POR EL MINISTERIO PÚBLICO: Artículo 217: Registro de los actos de investigación



CAPÍTULO TRES

EL CONTROL DE DETENCIÓN DENTRO DE LA AUDIENCIA INICIAL:


3.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DEL CONTROL DE DETENCIÓN?: Artículo 16 CPEUM. Artículo 146: Supuestos de flagrancia. Artículo 16, párrafo sexto de la CPEUM. Artículo 150: Supuesto de caso urgente

3.2 ¿CUÁNTO ES EL TIEMPO NECESARIO PARA QUE LA DEFENSA TENGA ACCESO A LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN? Artículo 219: Acceso a los registros y la audiencia inicial. Artículo 211: etapas del procedimiento penal

3.3 ¿QUÉ SUCEDE SI EL MINISTERIO PÚBLICO SE EXCEDE DEL PLAZO DE 48 HORAS PARA PRESENTAR A UN DETENIDO ANTE EL JUEZ DE CONTROL?: Artículo 308: Control de legalidad de la detención

3.4 ¿CUÁNDO SE INICIA EL PLAZO DE 48 HORAS PARA EL MINISTERIO PÚBLICO?

3.5 ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN DELITO DE INVESTIGACIÓN OFICIOSA Y DE QUERELLA?: Artículo 148: Detención en flagrancia por delitos que requieran querella

3.6 ¿PUEDE UN POLICÍA ENTREVISTAR A UN DETENIDO? Artículo 114: declaración del imputado

3.7 ¿QUÉ HACER ANTE UNA MALA REPOSICIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO EN CUANTO A LAS CIRCUNSTANCIAS DE DETENCIÓN?

3.8 ¿QUÉ MEDIO DE DEFENSA SE PUEDE INTERPONER ANTE LA RESOLUCIÓN DE RATIFICACIÓN DE LEGAL DETENCIÓN?

3.9 ¿SE PUEDE OFRECER PRUEBA EN LA AUDIENCIA DE CONTROL DE DETENCIÓN?

3.10 ¿SE PUEDE ALEGAR LA EXISTENCIA DE PRUEBA ILÍCITA EN LA AUDIENCIA DE CONTROL DE DETENCIÓN?

3.11 ¿CUÁL ES LA DOBLE REALIDAD DE LA AUDIENCIA EN CUANTO AL CONTENIDO DE LA CARPETA Y LO MANIFESTADO VERBALMENTE POR LAS PARTES?


Capítulo cuatro


¿CÓMO DEFENDER LA FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN Y LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES?



4.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN?: Artículo 316: requisitos para dictar el auto de vinculación a proceso. Artículo 311: Procedimiento para formular la imputación

4.2 ¿QUÉ DEBE CONTENER LA FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN?

4.3 ¿CUÁL ES LA DOBLE REALIDAD DE LA AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN?

4.4 ¿QUÉ HACER ANTE UNA ERRÓNEA FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN?

4.5 ¿EL IMPUTADO SIEMPRE DEBE GUARDAR SILENCIO?

4.6 ¿QUÉ PASA SI EL MINISTERIO PÚBLICO NO LE INDICA AL IMPUTADO EN QUÉ CONSISTIÓ SU INTERVENCIÓN EN EL HECHO CRIMINAL?

4.7 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES? Artículos 155: Tipos de medidas cautelares. Artículo 19: CPEUM Artículo 156: Proporcionalidad del Código nacional de Procedimientos Penales CNPP. Artículo 157: Imposición de medidas cautelares. Artículos 167: causas de procedencia

4.8 ¿QUÉ FIN TIENEN LAS MEDIDAS CAUTELARES?

4.9 ¿LAS MEDIDAS CAUTELARES SIRVEN PARA GARANTIZAR LA REPARACIÓN DEL DAÑO?: Artículo 172: Presentación de la garantía. Artículo 138: Providencias precautorias para la restitución de derechos de la víctima
4.10 ¿EL ROBO ES UN DELITO DE IMPOSICIÓN OFICIOSA DE LA PRISIÓN PREVENTIVA?: Artículo 167: Causas de procedencia


CAPÍTULO CINCO


¿CÓMO DEFENDER LA VINCULACIÓN A PROCESO?


5.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA RESOLUCIÓN DE TÉRMINO CONSTITUCIONAL?

5.2 ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA VINCULAR A PROCESO A UNA PERSONA?: Artículo 316: Requisitos para dictar el auto de vinculación a proceso

5.3 ¿SIEMPRE HAY QUE SOLICITAR LA DUPLICIDAD O EL TÉRMINO CONSTITUCIONAL?

5.4 ¿CÓMO MANEJAR A LOS TESTIGOS DÉBILES?: Artículo 366: testimonios especiales

5.5 ¿SE PUEDE OFRECER PRUEBA EN LA AUDIENCIA DE TÉRMINO CONSTITUCIONAL? Artículo 314: Incorporación de medios de prueba en el plazo constitucional o su ampliación

5.6 ¿CUÁLES SON LAS OPCIONES DE DEFENSA PARA LA AUDIENCIA DE VINCULACIÓN O NO A PROCESO?

5.7 ¿QUÉ MEDIOS DE DEFENSA EXISTEN EN CONTRA DE UN AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO?

5.8 ¿CÓMO SE HACE UN AGRAVIO?


CAPÍTULO SEIS

¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA INTERMEDIA?



6.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA?

6.2 ¿QUÉ SON LOS ACUERDOS PROBATORIOS?

6.3 ¿CUÁNDO ES RECOMENDABLE LLEVAR A CABO ACUERDOS PROBATORIOS?

6.4 ¿CÓMO OFRECER MEDIOS DE PRUEBA EN LA AUDIENCIA INTERMEDIA? Artículo 335: contenido de la acusación. Artículo 346: Exclusión de medios de prueba para la audiencia del debate

6.5 ¿CÓMO OFRECER LA PRUEBA TESTIMONIAL?

6.6 ¿CÓMO OFRECER EXPERTICIAS EN LA AUDIENCIA INTERMEDIA? Artículo 368: Prueba pericial. Artículo 369: Título oficial

6.7 ¿CÓMO OFRECER LA PRUEBA DOCUMENTAL? Artículo 380: Concepto de documento. Comentario

6.8 ¿CÓMO OFRECER LA PRUEBA DOCUMENTADA? Artículo 380: Concepto de documento. Comentario

6.9 LA DECLARACIÓN DEL IMPUTADO COMO MEDIO DE PRUEBA:

6.10 LA EVIDENCIA MATERIAL, LA CADENA DE CUSTODIA Y SU ANÁLISIS PARA LA DEFENSA:

6.11 ¿CÓMO INTERVENIR EN EL DEBATE SOBRE LA PERTINENCIA, SUPERABUNDANCIA O ILICITUD DE LOS MEDIOS DE PRUEBA OFERTADOS POR LAS PARTES? Artículo 346: exclusión de medios de prueba para la audiencia del debate

6.12 ¿HASTA QUÉ MOMENTO SE PUEDE ACCEDER A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO?

6.13 ¿SE PUEDE DESAHOGAR PRUEBA EN LA AUDIENCIA INTERMEDIA?


Capítulo siete

¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA DE DEBATE EN JUICIO ORAL?


7.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA AUDIENCIA DE DEBATE EN JUICIO ORAL?

7.2 ¿CÓMO REALIZAR UN ALEGATO DE APERTURA?

7.3 ¿CÓMO ENUMERAR LA PRUEBA A DESAHOGAR?

7.4 ¿CÓMO ES EL DESAHOGO DE LA PRUEBA EN EL JUICIO ORAL?

7.5 LA PRUEBA EN EL JUICIO ORAL: 7.5.1 Testimonial: Artículo 372: Desarrollo de interrogatorio. Artículo 373: Reglas para formular preguntas en juicio artículo 374: Objeciones. Artículo 375: testigo hostil. 7.5.2 Pericial: Artículo 136: Consultores técnicos. Artículo 368: Prueba pericial. Artículo 369: Título oficial. 7.5.3 El refresco de memoria. 7.5.4 Técnica para refrescar la memoria a un testigo. Técnica para refrescar la memoria. 7.5.5 la evidencia de contradicciones. 7.5.6 Técnica para evidenciar contradicciones en lo declarado por un testigo.  7.5.7 Técnica de incorporación de la evidencia material: Artículo 383: Incorporación de prueba 7.5.8 Técnica para objetar las preguntas del ministerio Público

7.6 ¿PARA QUÉ SIRVE LA DECLARACIÓN DE UN TESTIGO O UN PERITO?

7.7 ¿PARA QUÉ SIRVE UN CONSULTOR TÉCNICO?

7.8 ¿CÓMO HAY QUE PREPARAR ÉTICAMENTE AL TESTIGO?
7.9 ¿QUIÉNES SON LOS TESTIGOS EXPERTOS?

7.10 ¿CUÁNDO CONTRAINTERROGAR?

7.11 ¿CUÁNDO NO CONTRAINTERROGAR?

7.12 ¿QUÉ HACER ANTE LA RECLASIFICACIÓN JURÍDICA EN LOS ALEGATOS DE APERTURA O DE CLAUSURA EN VIRTUD DEL RESULTADO ARROJADO POR LA PRUEBA? Artículo 398: Reclasificación jurídica

7.13 ¿CÓMO ANALIZAR UNA SENTENCIA DE JUICIO ORAL? Artículo 403: requisitos de la sentencia. Artículo 359: valoración de la prueba


Capítulo ocho

¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO?


8.1 ¿QUÉ ES UN PROCEDIMIENTO ABREVIADO?

8.2 ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA DE UN JUICIO ABREVIADO?: Artículo 201: Requisitos de procedencia y verificación del Juez

8.3 ¿QUÉ PASA EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO CUANDO SON VARIOS ACUSADOS Y SOLO UNO DE ELLOS LO ACEPTA? Artículo 201: Reglas generales

8.4 ¿QUÉ CONLLEVA LA FACULTAD DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA MODIFICAR SU ACUSACIÓN ASÍ COMO LA PENA REQUERIDA?

8.5 ¿CUÁL ES EL ALCANCE DE LA REDUCCIÓN QUE OTORGA EL MINISTERIO PÚBLICO AL ACUSADO? Artículo 202: Oportunidad


8.6 ¿QUÉ HACER ANTE UNA DEFICIENTE EXPOSICIÓN DE LOS DATOS DE PRUEBA POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO?


FICHA TÉCNICA:
1 libro
432 páginas
Pasta delgada en color plastificado
Edición 2015
Primera edición
ISBN 9786076102312
Autor Manuel Valadez Díaz, Carlos Enrique Guzmán González y Guillermo Díaz Hernández Editor Flores
Editor Flores



DISTRIBUIDOR: ABC Ediciones


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1 Libro. Autor Manuel Valadez Díaz, Carlos Enrique Guzmán González y Guillermo Díaz Hernández Editor Flores

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Entre: Bahía de Agiabampo y Bahía de San Ignacio

Sin representantes dentro; o, fuera de nuestro País

ALFONSO JAVIER MONÁRREZ RÍOS

Agradecemos a Google la oportunidad de publicar Gracias






 LA DEFENSA ADECUADA EN EL JUICIO ORAL actualizada al Código Nacional de Procedimientos Penales
1 Libro. Autor Manuel Valadez Díaz, Carlos Enrique Guzmán González y Guillermo Díaz Hernández Editor Flores



Quedo a sus órdenes; gracias

1 comentario:

  1. Libro DEFENSA ADECUADA EN EL JUICIO ORAL

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