martes

PRINCIPIOS RECTORES DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTIAS



PRINCIPIOS RECTORES DE LOS
DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS

1 Libro Autor Eliceo Muñoz Mena Editor Flores

SEGUNDA EDICIÓN



Artículo primero de la Constitución Política
Mexicana Comentado


En los últimos tiempos del mundo contemporáneo,
el reclamo de los derechos humanos se ha convertido
en un tema toral; su constante violación y laceración
en manos del Estado apremian día a día su debido
cumplimiento, las personas aclaman su
reconocimiento y materialización

Los esfuerzos se suman, por una parte, pero por
otra, parece interminable su quebrantamiento;
no obstante, hay que insistir y persistir

En tal sentido, a través de esta obra:
PRINCIPIOS RECTORES DE LOS DERECHOS HUMANOS
Y SUS GARANTÍAS; aportamos un grano de arena
para la construcción de una nueva cultura en materia
de derechos humanos y de sus garantías

Además, a través de este trabajo de investigación
se brinda al lector una explicación amplia y detallada,
con perspectiva teórica y práctica, de las principales
instituciones jurídicas y contenidos; surgidos y que
se han ido desarrollando del artículo primero de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
con posterioridad a la reforma constitucional en
materia de derechos humanos, publicada en el
Diario Oficial de la Federación el día 10 de junio
del 2011, abordándose, además, sus principales
efectos y alcances de carácter
doctrinario y jurisprudencial

Por lo anterior, estudiaremos aspectos relacionados
con el cambio en la denominación del capítulo primero,
del título primero de nuestra Carta Magna que, con
anterioridad a la reforma, se titulaba “De las Garantías
Individuales”, y que, en la actualidad, se denomina
“De los Derechos Humanos y sus Garantías”

Respecto a la reforma constitucional que nos ocupa,
consideramos que su corazón y motor descansa
en el artículo que motiva esta investigación,
sin que ello implique, por supuesto, restarle
importancia a los demás preceptos constitucionales
que fueron reformados e indudablemente refuerzan
y consolidan la reforma constitucional en estudio

En el primer párrafo del artículo primero constitucional,
por citar a priori, se afirma el reconocimiento de los
derechos humanos, ya no el otorgamiento de garantías
individuales; se incorpora el concepto de personas,
en substitución del término individuo; se establece
que la fuente de los derechos humanos no es
únicamente la Constitución, deben sumarse los
derechos humanos previstos en los tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano
es parte; expresión en la que se comprenden los
tratados internacionales de los sistemas universal
e interamericano de Derechos Humanos (dentro de
los que destacan, la Declaración
Universal de los
Derechos Humanos, la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto
Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales)

Lo anterior trae aparejada la institución conocida
como bloque de constitucionalidad y bloque
de convencionalidad que conlleva, entonces,
la observancia de ordenamientos internaciones,
así como la jurisprudencia, sentencias y opiniones
consultivas, emitidas por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos, en su carácter de máximo
intérprete de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos

Se precisa, además, a las garantías como instrumentos
de protección de los derechos humanos en la parte
dogmática de la Constitución; al respecto, expondremos
las garantías previstas en los numerales 14, párrafos
primero y segundo; 16, párrafo primero; 17, párrafos
segundo, tercero y quinto, y 20, apartados B y C de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
distinguiendo los conceptos de garantías individuales,
garantías, garantías procesales constitucionales,
los derechos fundamentales y los
derechos humanos

Se incorpora también, en el párrafo primero del
artículo primero constitucional, que los derechos
humanos y sus garantías no podrán suspenderse
ni restringirse, salvo en los casos y condiciones
que la misma Constitución establece; de tal enunciado
ha surgido, por interpretación de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, lo que se conoce como
parámetro de regularidad de la Constitución
y restricción expresa, ésta última derivada de la
contradicción de tesis 293/2011, relativo al
estudio constitucional del arraigo

En el párrafo segundo, además, apreciamos
verdaderas instituciones para la salvaguarda y
protección de los derechos humanos, como la
interpretación conforme al principio pro persona
y el control de convencionalidad de naturaleza
difusa ex officio; ésta última institución debidamente
consolidada en la resolución emitida por la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, dentro del expediente
Varios 912/2012, relativo al estudio realizado por
nuestro máximo tribunal judicial, del caso
Rosenda Radilla Pacheco vs. México


También abordaremos el tenor del parágrafo tercero,
la obligación que deben asumir todas las autoridades
de promover, respetar, proteger y garantizar los
derechos humanos a la luz de los principios de
universalidad, interdependencia, indivisibilidad
y progresividad

Asimismo, se determina el deber del Estado de
prevenir, investigar, sancionar y reparar la
violación a los derechos humanos

Instituciones antes descritas que
examinaremos ampliamente

En los párrafos subsecuentes se establece la
prohibición de la esclavitud y actos de discriminación;
apreciamos en este tenor que existen formas modernas
de esclavitud y el hecho de que la discriminación por
temas relacionados con identidad de género
continúa lacerando nuestra sociedad

En tal sentido cobra importancia la Opinión
consultiva OC-24/17, sobre identidad de género
y no discriminación a parejas del mismo sexo,
emitida por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos en noviembre de 2017

En términos generales, los temas antes descritos
resultan, a nuestro juicio, los más trascendentes
respecto del numeral constitucional en estudio,
mismos que abordaremos desde la perspectiva de
nuestro derecho interno y del derecho
internacional de los derechos humanos

Invitamos, entonces, a disfrutar esta obra que,
para su mejor comprensión, se desarrollará
mediante la explicación de cada uno de los párrafos
y enunciados que conforman el artículo primero
constitucional, mediante un desglose de las
instituciones en él comprendidas y con apoyo
de referencias de índole etimológica,
doctrinal, legal y jurisprudencial, para la
explicación de estas novedosas instituciones,
sin pasar por alto la jurisprudencia de la Corte
Interamericana, así como los tratados
internacionales aplicables


ÍNDICE:


 — REFERENTE HISTÓRICO DE LOS DERECHOS HUMANOS


— ANÁLISIS DEL PÁRRAFO PRIMERO
DEL ARTÍCULO PRIMERO DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


— ANÁLISIS DEL PÁRRAFO SEGUNDO
DEL ARTÍCULO PRIMERO DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


— ANÁLISIS DEL PÁRRAFO TERCERO
DEL ARTÍCULO PRIMERO DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


— ANÁLISIS DE LOS PÁRRAFOS CUARTO Y QUINTO
DEL ARTÍCULO PRIMERO DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


FICHA TÉCNICA:

1 Libro
280 Páginas
Pasta delgada en color plastificada
Segunda edición 2018
ISBN 9786076106808
Autor Eliceo Muñoz Mena
Editorial Flores




NOVEDAD

DISTRIBUIDOR ABC Ediciones



Si es de su agrado está espléndida obra:

PRINCIPIOS RECTORES DE LOS
DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS
1 Libro Autor Eliceo Muñoz Mena Editor Flores
SEGUNDA EDICIÓN

Se puede comunicar al Teléfono: 7146961 aquí en Culiacán, Sinaloa, México
 Teléfono 01-6677-146961 Solo en México

Teléfono celular: 044 (Culiacán, Sinaloa, México) o 045 (México) -6671-985765

Tenemos entrega a domicilio

Para envíos internacionales favor de pedir su cotización

Anotando el título de su interés, el código postal o el nombre de la
Ciudad en donde llegaría su petición

Versión en PDF no se maneja

Tenemos asistencia telefónica desde las 10:00 A.M, hasta las 10:00 P.M.
En horario del Pacífico

Puede comunicarse gratis en el siguiente Teléfono:
01-800-832-7697



Mayor información:






Aquí en la Ciudad de Culiacán, Sinaloa, México

Avenida Jesús Terán número: 1747; Fraccionamiento Nuevo Culiacán
Código Postal 80170

Entre: Bahía de Agiabampo y Bahía de San Ignacio

Sin representantes dentro; o, fuera de nuestro País

ALFONSO JAVIER MONÁRREZ RÍOS

Agradecemos a Google la oportunidad de publicar Gracias




PRINCIPIOS RECTORES DE LOS
DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS
1 Libro Autor Eliceo Muñoz Mena Editor Flores
SEGUNDA EDICIÓN






Quedo a sus órdenes; gracias

No hay comentarios:

Publicar un comentario