EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO
UNA VISIÓN PRÁCTICA AL PRINCIPAL DERECHO
FUNDAMENTAL DE TODO IMPUTADO
1 Libro Autor Jesús Alejandro Peña
EDITOR FLORES
PRIMERA EDICIÓN 2026
LIBRO RECOMENDADO Y POR
ENCARGO
COMENTARIO:
Toda
persona; tiene derecho a una buena defensa, primero señalada e imputada según
el proceso a que se someta de carácter civil, mercantil, penal, laboral y
demás; consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política De Los Estados
Unidos Mexicanos para el logro de una buena representación ante Ministerios Públicos
y/o demás instancias, para que la persona sea asistida con prontitud, con
conocimiento de causa, debidamente acreditada, con personalidad jurídica, esto
es que sea un profesional en el derecho certificado con su cedula profesional
activa y al corriente de sus pagos fiscales
Cumpliendo
así con la llamada dimensión formal y dimensión material y en esta, la Suprema
Corte de Justicia de la Nación SCJN a petición de parte deberá de evaluar la
actuación del abogado cumpliendo ciertos criterios de suma relevancia y entre
ellos se señalan: como el de alargar el proceso indebidamente persiguiendo
objetivos no sanos para el proceso; el de presentar una defensa inadecuada no
acorde con lo que debiera de ser para perseguir objetivos distintas a la plena
conveniencia del defendido, o si en plena actuación del defensor incurre en
fallos técnicos como en el desconocimiento del articulado, el de confundir
pasos en el proceso, el no saber usar la terminología adecuada confundiendo
frases o palabras y que plena ubicación y análisis el mismo juez en el mismo
acto de la audiencia puede hacer a un lado al abogado por incompetente, o bien
por ejemplo, no presentarse a las audiencias, el no saber interrogar, el no
exponer los motivos de su defendido adecuadamente y oportunamente o de
presentarse en estado inconveniente y otros más
Claro
que el juez puede amonestar, señalar, alertar, apercibir, y si el abogado
defensor continua con la postura el juez puede comunicarse con el defendido
informando y preguntado si este quiere seguir que el abogado siga representándolo,
acto seguido ocurre la remoción y la sustitución dando otra fecha para reanudar
el proceso, lo anterior señalado en el artículo 121 del Código Nacional de
Procedimientos Penales CNPP
Y;
aprovecho, el tema, para anotar ciertas situaciones en otros ámbitos en materia
civil y demás, mismo que no aborda el autor, por tratar solo el aspecto de
litigio en materia penal
En materia civil solo puede desconocer al
abogado en muy pocos casos, y estos son; claro, el que este tenga un
comportamiento lejano a la ética, buenas costumbres, buenos modales y la
disciplina que debe tener el defensor en su comportamiento -por ejemplo:
insultos, ofende, agravia, agrede, además de que, desde luego, no esté debidamente
acreditado para ejercer la profesión de abogado, o el poder otorgado por el defendido
en el juicio para su representación en el juicio, en materia familiar cuando
este incurre en palabras altisonantes en presencia de niños y niñas o conductas
lejanas al estatus del momento por la presencia en el juicio, como por ejemplo
establecer preguntas no muy propias, muy vulgares que sean muy crudas y que a
juicio del juez, estas sean no propias para decirlas frente a niños y niñas en
materia laboral se le conoce como: estándar mínimo de diligencia y capacidad
técnica en donde el juez debe evaluar la competencia del abogado defensor
En
materia mercantil es difícil que el juez determine que la actuación del abogado
es incompetente porque se señala la igualdad de las partes o el estricto
derecho, estos es que las partes actúan bajo su propio riesgo y consecuencias;
solo que, el abogado incurra en conductas violentas, la falta de registro o el
vencimiento de su cedula profesional, o por ejemplo que se demuestre que tiene
un interés en presentar una buena batalla derivada de un conflicto de interés que
se descubra en pleno juicio
Por
lo tanto; en este breve comentario, aquí
expuesto, he de recomendar ampliamente, este magnífico trabajo, que el autor ha
dispuesto, para una lectura aleccionadora y que sirva para el gremio de
abogados litigantes
Además
de que en el futuro se agreguen más situaciones en que intervengan en el
proceso por la conducta del abogado defensor
PRESENTACIÓN
“Un
defensor ´simbólico´ que apenas cumpla un
cometido
´ornamental´… no serviría en absoluto
a
la causa de la justicia, solo concurriría a
disimular
la injusticia”
César Esquinca Muñoa
Un
proceso penal justo es aquel y solo aquel que garantiza al imputado una defensa
técnica, pero aquel proceso que además de asegurar esto, sanciona, vigila y
obliga a los abogados defensores a que brinden de manera pública o privada al
imputado una defensa adecuada es un proceso penal exitoso
El
principal derecho fundamental de todo imputado es la defensa técnica y
adecuada, cuya obligación tangible de proporcionarla radica en nosotros los
abogados defensores, quienes como prestadores de un servicio debemos brindarle
a nuestro cliente o representado una asistencia de calidad diligente cuyo
objetivo siempre tiene que ser el de actuar diligentemente con el fin de
proteger sus garantías procesales y evitar que sus derechos se vean lesionados
por el Estado
De
lo contrario, solo seremos un mobiliario más en la sala de audiencia, unos
simples espectadores con asiento en primera fila de la obra de teatro llamada
injusticia
CAPÍTULO I
La
defensa como garantía judicial mínima
de
toda persona imputada
CAPÍTULO II
La
libertad y las formas legales
de
detención en México
CAPÍTULO III
El
actual aspecto negativo
de
la defensa adecuada
CAPÍTULO IV
La
defensa técnica y adecuada
en
la audiencia inicial
CAPÍTULO V
La
defensa técnica y adecuada
en
la fase escrita de la etapa intermedia
CAPÍTULO VI
La
defensa técnica y adecuada en la
fase
oral de la etapa intermedia
CAPÍTULO VII
La
defensa técnica y adecuada
en
la etapa de juicio oral
FICHA TÉCNICA:
1
libro
216
páginas
En
formato de 14 por 21 cm
Pasta
delgada en color plastificada
Primera
edición 2026
País
de origen México
ISBN
9786075732121
Autor
Jesús Alejandro Peña
EDITOR
FLORES
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POR EXISTENCIAS EN:
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electrónico:
Celular
y WhatsApp:
6671-9857-65
Gracias
a Google por publicarnos
Quedamos
a sus órdenes
LA DEFENSA TÉCNICA Y ADECUADA
EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO
UNA VISIÓN PRÁCTICA AL
PRINCIPAL DERECHO
FUNDAMENTAL DE TODO
IMPUTADO
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