EL NUEVO RÉGIMEN CONSTITUCIONAL DEL JUICIO DE AMPARO Y LOS DERECHOS
HUMANOS
1 Libro Autor Francisco Antonio Lembo Rosales Editor Flores
A la luz de la
reforma constitucional del 2011 y con base en la nueva Ley de Amparo
Dos importantes
reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se
publicaron el 6 y 10 de junio del 2011, mismas que impactan directamente en la
protección de los derechos humanos, las “otrora” llamadas “garantías
individuales”
La primera atañe fundamentalmente al juicio de
amparo, institución protectora de los derechos fundamentales, ampliando la
procedencia de este juicio respecto de cualquier norma general, al preverse su
procedencia por violaciones a los derechos humanos plasmados en los tratados
internacionales de los que el Estado mexicano sea parte
Se introducen
nuevas figuras tales como el amparo adhesivo y los intereses legítimos
individual y colectivo; la adopción de nuevos conceptos en torno a la violación
de derechos por omisión de las autoridades; la declaratoria general de
inconstitucionalidad, cuyos alcances y condiciones se determinarán en la ley
reglamentaria; la creación de los plenos de circuito; y una nueva forma de
integrar jurisprudencia “por sustitución”; entre otras
Con relación a lo
anterior, la segunda reforma evidencia el reconocimiento de la progresividad de
los derechos humanos, mediante la expresión clara del principio pro persona
como rector de la interpretación y aplicación de las normas jurídicas en aquellas
que favorezcan y brinden mayor protección a las personas, cambiando el
paradigma constitucional de resolución de antinomias, por medio de una simple
pirámide jerárquica, como lo fue en el pasado
Los derechos
humanos que significan la concreción de algunas cláusulas constitucionales,
como las relativa a los migrantes o a la suspensión de garantías, junto con la
obligación difusa de observar y respetar los derechos humanos derivados de los
tratados internacionales firmados por el Estado mexicano, tienden hacia la
positividad de tales derechos, que en un futuro deberán mejorar las condiciones
de vida de la sociedad y al desarrollo de cada persona en lo individual
EN EL PROLOGO:
El principio
fundamental sobre el que descansa nuestro régimen constitucional, es la supremacía
de la Constitución
La norma suprema
no es un acto, sino en un principio limite, es decir, una norma sobre la que no
existe ningún precepto de superior categoría, la base de todo orden jurídico
Esta norma
suprema es la Constitución Política de un país, la cual se encuentra en el
vértice o cúspide de la pirámide jurídica y a partir de ella surge la
jerarquización de las normas
La supremacía
constitucional consiste en que nada puede estar por encima de ella, refiriéndose
a ordenamientos jurídicos
Jerárquicamente se
establece su prioridad jurídica frente a los demás ordenamientos legislativos,
ya que como producto originario de la soberanía del pueblo es la expresión
misma de dicha voluntad popular
Así es como la supremacía
de la Constitución, se ha dicho, responde no sólo a que ésta es la expresión de
la soberanía, sino también a que por serlo está por encima de todas las leyes y
de todas las autoridades
La carta magna es
la ley que rige las leyes y que autoriza a las autoridades a realizar su
actividad
Para los
gobernados, la ciudadanía lo que llamamos más comúnmente: “el pueblo”, aplica
el aforismo que reza: “lo que no está prohibido está permitido”, este es el espíritu
de las garantías individuales, llamadas más correctamente; derechos subjetivos
públicos; sin embargo para las autoridades del gobierno, que es el elemento de
poder del estado, la formula aplica a contario sensu, es decir: lo que no les
está permitido les está vedado o prohibido”
Diremos que la
norma constitucional tiene la calidad de suprema, por ser emanación de la más
alta fuente de autoridad, la voluntad del pueblo mexicano y por ello denota el
primer lugar en la jerarquía de normas y es la fuente de todas garantías
constitucionales que gozamos los mexicanos, hoy llamadas más recientemente por
la norma suprema: derechos humanos y sus garantías, para ajustarla al marco
constitucional más internacionalizado de la actualidad
El juicio de
amparo es un medio procesal constitucional del ordenamiento jurídico mexicano
que tiene por objeto especifico hacer reales, eficaces y prácticos los derechos
humanos establecidos en la Constitución, buscando proteger de los actos de
todas las autoridades sin distinción de rango, inclusive las más elevadas,
cuando violen dichos derechos
Está regulado por
los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los estados Unidos
Mexicanos y la Ley de amparo
Se basa en la
idea de limitación del poder de las autoridades gubernamentales, la cual
jurídica y lógicamente resulta de la decisión de la soberanía que en los
primeros artículos de la constitución garantiza los derechos fundamentales
Tan solo los
actos emitidos por la Suprema Corte de Justicia y así como actos relacionados
con materia electoral quedan fuera de su acción
Ahora bien, el
juicio de amparo es un juicio impugnativo autónomo, es decir, no consiste en un
recurso o apelación que meramente constituya otra instancia, sino que implica
iniciar un proceso completamente nuevo; no es parte del mismo juicio, sino que
es otro juicio
Es un juicio de
constitucionalidad, es decir, no obstante que se trata de un juicio, el
juzgador no se limita a ver si existieron violaciones constitucionales, sino
que puede incluso dejarlas insubsistentes, siempre que se demuestre que nadie resultó
afectado en sus derechos fundamentales
Asimismo, puede
exigir la suspensión de un acto que, no obstante ser constitucional, viole las
garantías individuales
En otras
palabras, no se ocupa de cualquier violación a la Constitución, sino de
aquellas cuyo resultado es el menoscabo de un derecho humano o garantía
constitucional, que resulta en daño personal y directo a una o varias personas
concretas
La reciente
reforma constitucional al juicio de amparo, sin duda alguna, establece un
cambio en la cultura jurídica mexicana sin precedente, pues no sólo renueva
aspectos estructurales indispensables en la eficacia procesal de este
instrumento de tutela, sino que ponen al sistema jurídico mexicano en la
vanguardia y síntoma internacional, en lo relativo a la salvaguarda de los Derechos
Humanos
Hay puntos que
resultan ser los más sustanciales para la estructura constitucional del país, y
que conllevan en sí, un cambio material e integral de la Constitución
Los derechos humanos
previstos en la Constitución y en los tratados internacionales serán objeto de
protección directa
Si evidencia la supremacía
de los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, ya que, como
consecuencia de la reforma, la autoridad no sólo estará obligada a respetar los
derechos humanos garantizados en el texto constitucional, sino también aquellos
que se encuentren reconocidos por estos tratados
El resultado de
este bloque de constitucionalidad, es la ampliación de la esfera de protección
de las personas, poseyendo un espacio lo suficientemente dúctil, grande y
efectivo, para hacer valer cualquier posible violación de derechos humanos
ÍNDICE:
CONCEPTOS GENERALES:
Mapa conceptual.
Concepto de derecho. El derecho y el régimen constitucional. Derechos deberes y
seguridades constitucionales. Derechos civiles y políticos. Limitaciones al
ejercicio de los derechos individuales. Generales. Específicos
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
DEL JUICIO DE AMPARO:
Mapa conceptual. Antecedentes
generales: Grecia, Roma, Edad Media, Colonias inglesas en América. Antecedentes
en México: etapa colonial, etapa del México independiente
DERECHOS
CONSTITUCIONALES Y SUS GARANTÍAS:
Mapa conceptual. Concepto.
Elementos. Fuente de los derechos constitucionales. Sujeto de los derechos
constitucionales: activo, pasivo, objeto, clasificación, clasificación de los
derechos constitucionales
DERECHOS SOCIALES:
Mapa conceptual. Concepto.
Elementos. Fuentes de las garantías sociales. Artículos constitucionales que la
contemplan: artículo primero, artículo segundo, artículo doce, artículo trece
DERECHOS DE LIBERTAD:
Mapa conceptual. Concepto.
Elementos. Fuentes de los derechos de libertad. Artículos constitucionales que
los contemplan: artículo quinto, artículo 6, artículo 7, artículo nueve,
articulo diez, artículo once, artículo 24, artículo 28
DERECHOS DE SEGURIDAD
JURÍDICA:
Mapa conceptual,
concepto, elementos, fuentes de los derechos de seguridad jurídica, artículos
constitucionales que la contemplan: artículo catorce, artículo quince
SUSPENSIÓN DE DERECHOS
INDIVIDUALES Y GARANTÍAS:
Mapa conceptual. Suspensión
de derechos individuales. Concepto. Tipos de suspensión: total, parcial. Derechos
susceptibles de suspensión. Sujetos de suspensión
CONCEPTOS GENERALES DE
CONTROL CONSTITUCIONAL:
Mapa conceptual. Control
constitucional. Control legal. Sistemas de control constitucional: por órganos
neutro, por órgano mixto. Diferencia entre los tipos de órganos judiciales. Concepto
genérico del juicio de amparo. Concepto de autoridad. Ley reguladora
PRINCIPIOS
FUNDAMENTALES DEL JUICIO DE AMPARO:
Mapa conceptual. Principios
de instancia de parte. Principio de existencia de agravio: concepto de agravio,
elementos, estimación, sanción. Principio de prosecución judicial. Principio de
relatividad. Principio de definitividad
FIGURAS PROCESALES EN
EL JUICIO DE AMPARO:
Mapa conceptual. Términos
pre judiciales. Notificaciones: amparo directo. Amparo indirecto. Incidentes. Impedimentos.
Sobreseimiento. Jurisprudencia
AMPARO INDIRECTO:
Concepto. Elementos.
Procedimiento: demanda, auto inicial en el juicio de amparo indirecto, informe
justificado. Intervención del Ministerio Público. Tercero perjudicado. Audiencia
constitucional. Sentencia
AMPARO DIRECTO:
Mapa conceptual. Concepto.
Elementos. Procedimiento: demanda, auto inicial en el juicio de amparo directo,
informe justificado, intervención del ministerio Público, tercero perjudicado,
audiencia constitucional, sentencia
SUSPENSIÓN DEL ACTO
RECLAMADO:
Mapa conceptual. Concepto.
Elementos procedimiento: demanda, auto inicial en el juicio de amparo directo. Informe
justificado. Intervención del Ministerio Público. Tercero perjudicado. Audiencia
constitucional. Sentencia. AMPARO DIRECTO ANTE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA: Materia penal. Materia administrativa. Materia
civil. Materia laboral. AMPARO DIRECTO ANTE LOS
TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO: Materia penal. Materia administrativa.
Materia civil. Materia laboral
SUSPENSIÓN DEL ACTO
RECLAMADO:
Mapa conceptual. Suspensión
de oficio y a petición de parte. Incidente de suspensión. Revocación del acto
reclamado. Modificación del acto reclamado
FUENTES DE
CONSULTA
FICHA TÉCNICA:
1 Libro
276 páginas
En formato de
16.8 por 23.2 por 1.8 cm
Pasta delgada en
color plastificada
Primera edición
2016
ISBN
9786076103104
Autor Francisco
Antonio Lembo Rosales
Editor Flores
NOVEDAD
DISTRIBUIDOR ABC Ediciones
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