domingo, marzo 03, 2019

ESTUDIO INTEGRAL DE LAS PENSIONES QUE OTORGA EL IMSS


ESTUDIO INTEGRAL DE LAS
PENSIONES QUE OTORGA EL IMSS

1 Libro Autor Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social Editorial Instituto Mexicano de Contadores Públicos

SEGUNDA EDICIÓN





¿Cómo obtengo mi pensión y cuál es el
trámite para adquirirla?

¿Cómo reactivo mis semanas de cotización en el IMSS?

¿Cuánto dinero voy a recibir?

¿Cómo consigo una pensión mínima garantizada
y la atención médica de por vida?



Estas y otras preguntas más encontrarán
respuesta en este trabajo que la Comisión
Represen­tativa ante Organismos de Seguridad
Social (CROSS) del Instituto Mexicano de Contadores
Públicos (IMCP) ha puesto a disposición de todos
los asegurados, ya que quienes estén interesados
en pensionarse contarán con un valioso
instrumento de consulta, pues se explica de manera
sencilla la diferencia y conveniencia de
elegir la Ley 73 o la Ley 97

En México, el organismo encargado de otorgar la
seguridad social de los trabajadores es el Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS)

En materia de pensiones, y hablando de la pensión
por Retiro, Cesantía en edad Avanzada y Vejez
—que es parte del tema de este libro—,
actualmente conviven dos regímenes de pensionarios:
los que se derivan de la ley vigente hasta el 30
de junio de 1997 (también llamada Ley 73 o Régimen
de pensión en transición), y la ley que entró en vigor
a partir del 1 de julio de 1997

El régimen de la Ley 73 incluyó un cálculo de pensiones
basado en el salario promedio base de cotización
de los últimos cinco años, tomando en consideración
el número de semanas cotizadas ante el IMSS

Con el nacimiento de la Ley 97, se cambió al
“Sistema de capitalización individual o contribución
definida”, surgiendo las AFORES y SIFORES

Con la entrada en vigor de esta ley, son los depósitos
hechos a estas cuentas los que determinarán el monto
que acumule el trabajador para obtener
su pensión al momento del retiro

Por lo anterior, para no afectar los derechos
de los trabajadores inscritos hasta el 30 de
junio de 1997 se estableció un régimen de opción
(llamado Régimen de transición) para
garantizar sus beneficios y derechos,
considerando la mecánica de determinación
establecida en la Ley 73 o en la Ley 97, en la cual
el trabajador decidirá y optará por el régimen que
mejor le convenga (por obvias razones será la ley anterior)


EN SU INTRODUCCIÓN SEÑALAN QUE:



Aún en nuestros días persiste el desinterés o
la falta de cultura sobre la necesidad de establecer
algún esquema de ahorro para el caso de quedarse
sin fuente de ingreso por falta de trabajo, ya sea
por imposibilidad física (de salud o por la edad),
es decir, no se piensa en la constitución de un fondo
o una pensión para estos casos

Tal pensamiento se atribuye a diversos motivos,
entre ellos, la juventud de los trabajadores, ya que
se considera lejano el momento en el cual se podría
perder el empleo y con ello el ingreso, pues se
cree que siempre se estará en la posibilidad
de contar con la habilidad de tener acceso a un
trabajo, y lo más significativo en el tema que
abordaremos, mantener la salud, condición física
o edad suficiente, llegando al punto de rechazar
el estar cubiertos por las instituciones de seguridad
social, en este caso por el Instituto Mexicano
del Seguro Social (IMSS)

Otros elementos que se suman a este contexto es
el no pensar en la pensión, que se basa en
rumores y desconocimiento, de las autoridades
y de trámites lentos, pero lo más importante,
una posible baja cuantía, porque habíamos sido
una población preponderantemente joven,
que ante la existencia de oferta de empleo,
no valoraba o no veía la razón de pensar
en una pensión, consideraciones o pensamientos
que el estado precario de nuestra economía y la
composición demográfica de nuestra población
no se ha interesado en este tema

La tendencia a la baja de nuestra economía y la mundial,
durante varios años, la falta de seguridad y de
oportunidades de acceso a un empleo,
así como la pérdida del valor de nuestro dinero,
el alza en la expectativa de vida y la disminución
del bono demográfico (menos jóvenes), han ido
generando una conciencia e interés por la pensión,
de ahí que cada día, con mayor proporción existan
preguntas sobre este tema, como ¿cuándo es el
momento de la pensión y su cuantía?, o la más
recurrida en reciente época, en los casos
en que se ha perdido el trabajo, ¿existe la posibilidad
de perder o no mis derechos y cuáles son
los esquemas para preservarlos?

También se presentan cuestionamientos para
aquellos trabajadores que han tenido una
actividad laboral discontinua, con periodos
de desempleo, debido a la problemática económica
que se ha padecido en las últimas décadas y a los
despidos generados, motivando que una
persona esté cotizando ante el IMSS en distintos
momentos y por diversos periodos

Por lo anterior, es importante que cada uno
de los trabajadores y empleadores en nuestro
país tomen consciencia de la importancia que
representa el que los trabajadores estén registrados
y tengan acceso a la seguridad social

En nuestro país, la economía informal representa
60%, por lo tanto existe una enorme cifra de
trabajadores sin seguridad social, quienes una
vez llegado al término de su vida laboral no
contarán con una pensión que les permita mantener
cierto nivel de consumo, por lo cual constituirán
una carga para la sociedad en general y un
enorme problema para las próximas generaciones

El mundo de las pensiones y de seguridad
social en su conjunto, es de vital importancia
para los países del mundo, pues sin seguridad
social, cualquiera de estos puede enfrentar
problemas muy serios de carácter social

De ahí la importancia que los gobiernos de los
países estén en una búsqueda continúa de
encontrar fórmulas que sean sustentables
para proporcionar a su población los mecanismos
para lograr la seguridad social universal

En México el organismo encargado, por mandato
constitucional, de otorgar la seguridad social de
los trabajadores del Apartado A del Artículo
123 Constitucional, es el Instituto Mexicano de
Seguro Social, y lo realiza desde el año 1943,
siendo la columna vertebral del
sistema de seguridad social

En materia de pensiones y hablando
específicamente de la pensión por Retiro Cesantía
en Edad Avanzada y Vejez —que es parte del
tema de este libro—, es importante señalar
que en la actualidad conviven dos regímenes de
pensionarios: los que derivan de la ley vigente
hasta el 30 de junio de 1997 (también llamada
Ley 73 o Régimen de pensión en transición),
y la ley que entró en vigor a partir del
1 de julio de 1997 (hace 20 años)

El llamado Régimen de pensión en transición
es donde se encuentran incluidos los trabajadores
que fueron inscritos por primera vez bajo la
existencia de La ley del Seguro Social, 1973-1997,
en la cual se establecía el sistema de pensiones
denominado “Sistema de reparto o beneficio definido”,
donde las aportaciones de los trabajadores
activos financiaban el pago de las pensiones
de la trabajadores cuando estos se retiraban,
ya fuera por cesantía en edad avanzada o vejez

En 1973 la Ley del Seguro Social se reformó
y se realizó una restructuración, implementando
un cálculo de pensiones basado en el salario
promedio base de cotización de los últimos
cinco años y tomando en consideración el número
de semanas cotizadas ante el IMSS

Este esquema vino a beneficiar a los
trabajadores que a partir de
esa fecha se pensionaran

Sin embargo, con el nacimiento de la nueva Ley
del Seguro Social (Ley 1997), este esquema
se sustituyó, debido a que no era sustentable para
el IMSS y se cambió por el “Sistema de
capitalización individual o contribución
definida”, con lo cual surgen las AFORES
(Administradoras de los Fondos para el Retiro)
y SIFORES (Sociedades de Inversión
de Fondos para el Retiro)

Con esto cambios, el IMSS convierte el Ramo
del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada
y Vejez, dando sustentabilidad y permanencia
a la pensión, ya que a partir de la entrada en
vigor de Ley de 1997, ahora son los depósitos
que hagan a estas cuentas las que determinarán
el monto que acumule el trabajador para obtener
su pensión, al momento del retiro

El afectado por este cambio fue el trabajador,
ya que los trabajadores que fueron inscritos
por primera vez ante el IMSS con este esquema,
obtendrán su pensión inferior a la que
resultaría con la Ley 73

Podemos decir que, de manera general en
el pasado, el IMSS cubría el monto de las
pensiones de los trabajadores, de los recursos
del fondo global; ahora, conforme al nuevo
esquema, la pensión se cubrirá para cada
trabajador con los montos que existan
en cada cuenta individual

Por lo anterior, a fin de no afectar los derechos
de los trabajadores inscritos hasta el 30 de junio
de 1997, se estableció un régimen de opción
(llamado Régimen de transición) para
garantizar sus beneficios y derechos

En resumen, este régimen de transición
consiste en que una vez llegada la edad y
cumplidos los requisitos para acceder
a una pensión, el IMSS deberá realizar los
cálculos del importe de la pensión, considerando
la mecánica de determinación establecida
en la Ley 73 o en la Ley 97, ..


Debo de anotar que los autores

en este magnífico trabajo

consultaron:



Desde amparo directo, los diversos apartados, los artículos o el artículo que atañe a lo expuesto, el Código fiscal de la Federación, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Penal Federal, de lo expuesto en la comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, del Diario oficial de la Federación, de las fracciones pertinentes, de lo escrito por el IMSS, del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores, del índice Nacional de Precios al Consumidor, de lo referente a la Incapacidad Permanente Parcial, de la Incapacidad Permanente Total, de la Jurisprudencia del Poder Judicial Federal, de lo expuesto en la Ley de Amparo reglamentario de los artículos 103 y 107 de la Constitución política de los estados Unidos Mexicanos, de la Ley de Asistencia Social, de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, en la Ley Federal de Entidades Paraestatales, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, de lo dispuesto en la Ley Federal del trabajo, en lo tratado por la Ley del instituto de Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores, Ley del instituto de Seguridad Social para las Fuerzas armadas mexicanas, en la Ley del instituto de seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, de la Ley del Seguro Social, Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, del Reglamento de Prestaciones Médicas, en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación Clasificación de Empresas Recaudación y Fiscalización, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, del Reglamento del Recurso de Inconformidad, del Reglamento para la Prestación de Servicios de Guardería, en el semanario Judicial de la Federación, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Sistema Único de audoterminación, del tribunal Colegiado de Circuito, Tesis del poder Judicial Federal


ÍNDICE:


1. 1 La seguridad social en México

1. 2 Antecedentes del sistema pensionario
en México

1.2. 1 Instituto Mexicano del Seguro Social
(IMSS)

1.2. 2 Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)

1.2. 3 Instituto de Seguridad Social para las
Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM)

1.2. 4 Otros sistemas


2. 1 Definición de salario

2. 2 Tipos de salario

2. 3 Periodo de pago del salario

2. 4 Elementos básicos de integración salarial

2.4. 1 Elementos básicos de la integración salarial

2.4. 2 Conceptos excluidos del salario base de cotización

2. 5 Otros conceptos de integración relativos
a prestaciones superiores a los límites establecidos
en las disposiciones fiscales

2. 6 Tratamiento en la las de las prestaciones más frecuentes

2. 7 Determinación del salario base de cotización (sbc)

2.7. 1 Determinación sobre la base del importe

2.7. 2 Determinación sobre la base del factor de integración

2. 8 Límites superior e inferior del salario base de cotización


3
GENERALIDADES DE LOS SEGUROS QUE
ADMINISTRA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

3.1 Riesgos de trabajo

3.1.1 Prestaciones en dinero

CÁLCULO DE PENSIONS EN EL IMSS
DE ACUERDO A LA LEY ACTUAL

4. 1 Inextinguibilidad y prescripción

4.2. Cálculo de pensiones que derivan del
seguro de riesgos de trabajo

4.2. 1 Incapacidad temporal

4.2. 2 Incapacidad permanente parcial

4.2. 3 Incapacidad permanente total

4. 3 Cálculo de pensiones que derivan del
seguro de invalidez y vida

4. 4 Cálculo de pensiones que derivan del seguro
de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez


5. 1 Cuándo procede y fundamento legal

5. 2 Requisitos en la 1973 (vigente hasta
el 30 de junio de 1997 y derogada por la lss 1997)
5.2. 1 Pensión de vejez

5.2. 2 Pensión de cesantía en edad avanzada

5. 3 Datos básicos para calcular la pensión

5.3. 1 Semanas cotizadas

5.3. 2 Salario promedio

5. 4 Beneficios adicionales de las pensiones
de vejez o de cesantía, derivados de la lss 1973

5.4. 1 Incremento general

5.4. 2 Incremento periódico de la pensión de vejez o de cesantía

5. 5 Cálculo del valor de la pensión

5. 5 Cálculo del valor de la pensión

5.5. 1 Semanas cotizadas

5.5. 2 Salario promedio

5.5. 3 Determinar el número de veces el salario mínimo del D. F.

5.5. 4 Ubicar el rango para cálculo de la cuantía básica

5.5. 5 Cálculo de la cuantía básica

5.5. 6 Determinar los incrementos adicionales

5.5. 7 Determinar el número de incrementos a
que se tiene derecho en el ejemplo que se desarrolla

5.5. 8 Determinar la cuantía de los incrementos
a sumar a la cuantía básica

5.5. 9 Determinación del monto de la pensión mensual

5.5. 10 Determinación de la pensión de vejez más ayuda asistencial

5.5. 11 Determinación de la pensión por cesantía en edad avanzada

5. 6 De la continuación voluntaria en el régimen
obligatorio del seguro social (modalidad 40)

Anexo 1 Solicitud de constancia de semanas cotizadas

Anexo 2 Decreto Presidencial de 2001

Anexo 3
Cédula de cálculo del salario promedio

Anexo 4
Documentos para descargar de la red



FICHA TÉCNICA:


1 Libro
163 Páginas
Pasta blanda en color plastificado
ISBN 9786078552290
Segunda edición 2017
Autor Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social
Editorial Instituto Mexicano de Contadores Públicos




NOVEDAD

DISTRIBUIDOR A B C EDICIONES



Si es de su agrado está espléndida obra:

ESTUDIO INTEGRAL DE LAS
PENSIONES QUE OTORGA EL IMSS
1 Libro Autor Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social Editorial Instituto Mexicano de Contadores Públicos
SEGUNDA EDICIÓN

Se puede comunicar al Teléfono: 7146961 aquí en
Culiacán, Sinaloa, México

 Teléfono 01-6677-146961 Solo en México

Teléfono celular: 044 (Culiacán, Sinaloa, México)
O 045 (México) -6671-985765

Tenemos entrega a domicilio en México
por varias mensajerías; puede usted indicarnos
cuál sería la de sus deseos

Para envíos internacionales favor de
pedir su cotización

Anotando el título de su interés, el código
postal o el nombre de la
Ciudad en donde llegaría su petición

Versión en PDF no se maneja

Tenemos asistencia telefónica desde las
10:00 A.M, hasta las 10:00 P.M.
en horario del Pacífico

Puede comunicarse en el WhatsApp:
6671-98-57-65



Mayor información en:






Aquí en la Ciudad de Culiacán, Sinaloa, México

Avenida Jesús Terán número: 1747;
Fraccionamiento Nuevo Culiacán
Código Postal 80170

Entre: Bahía de Agiabampo y Bahía de San Ignacio

Sin representantes dentro; o, fuera de nuestro País

ALFONSO JAVIER MONÁRREZ RÍOS

Agradecemos a Google la oportunidad de publicar Gracias




ESTUDIO INTEGRAL DE LAS
PENSIONES QUE OTORGA EL IMSS
1 Libro Autor Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social Editorial Instituto Mexicano de Contadores Públicos
SEGUNDA EDICIÓN






Quedo a sus órdenes; gracias

1 comentario:

  1. ESTUDIO INTEGRAL DE LAS PENSIONES QUE OTORGA EL IMSS
    1 Libro Autor Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social Editorial Instituto Mexicano de Contadores Públicos
    SEGUNDA EDICIÓN

    Gracias, estamos listos para atender su petición en el Teléfono: 01-6677-146-961. Teléfono: 01-800-832-7697 llamada gratis en nuestro país CELULAR: +6671-985-765
    En el correo: alfonsomonarrez@gmail.com

    ESTUDIO INTEGRAL DE LAS PENSIONES QUE OTORGA EL IMSS
    1 Libro Autor Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social Editorial Instituto Mexicano de Contadores Públicos
    SEGUNDA EDICIÓN

    ResponderEliminar