LA DEFENSA ADECUADA EN EL JUICIO ORAL actualizada al Código Nacional
de Procedimientos Penales
1 Libro.
Autor Manuel Valadez Díaz, Carlos Enrique Guzmán González y Guillermo Díaz
Hernández Editor Flores
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¿QUÉ CONTIENE ESTE GRATÍSIMO TRABAJO?
PARTE GENERAL
¿CÓMO DEBE ANALIZAR LA DEFENSA LOS MEDIOS DE INVESTIGACIÓN QUE REALIZA EL MINISTERIO PÚBLICO?
EL CONTROL DETENCIÓN DENTRO DE LA AUDIENCIA INICIAL
¿CÓMO DEFENDER LA FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN Y LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES?
¿CÓMO DEFENDER LA VINCULACIÓN A PROCESO?
¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA INTERMEDIA?
¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA DE DEBATE EN JUICIO ORAL?
¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO?
Doctrina Casos prácticos
Jurisprudencia Nacional y Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos
Con prólogo del Dr. J. Apolonio
Betancourt Ruiz
El sistema penal acusatorio se ha
consolidado de forma significativa en el estado de Durango, en virtud de que
dicha entidad fue la primera en nuestro país que lo implementó al tener como
base la reforma constitucional que en materia de seguridad y justicia se
realizó el 18 de junio de 2008 a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73,
115 y 123 de nuestra Carta Magna, lo cual le permitió generar una legislación
congruente con el sistema de corte acusatorio y adversarial que la misma
estableció y, por ende, convertirse en un ícono nacional en cuanto a la
operación adecuada de esta nueva forma de procurar e impartir justicia
La obtención de lo anterior se debió
de forma primordial a la voluntad de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial del Estado de Durango para implementar un ambicioso programa de
capacitación que de forma particular permitió que el Poder Judicial se
consolidara como un punto de referencia a nivel nacional e incluso
internacional en cuanto a la generación de opinión jurídica calificada para el
desarrollo de los alcances, retos y perspectivas que de forma natural provocan
las figuras procesales que aparecen con los coloquialmente llamados “juicios
orales”
Como un resultado palpable de lo
acertada que fue la capacitación de los operadores del nuevo sistema de
justicia penal para el Estado de Durango, se logró la publicación y difusión a
nivel nacional e internacional de una excelente obra jurídica denominada
Diccionario Práctico del Juicio Oral, misma que fue elaborada por tres distinguidos
jueces de control y oralidad, y que por primera vez en la historia del Poder
Judicial de la entidad logró romper las barreras del Estado, y así, se presentó
con gran éxito en espacios como el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la
Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Nacional de Ciencias
Penales, en donde fue elogiada por juristas de la talla de Miguel Carbonell,
Hugo Concha y Michael Champo, quienes coincidieron en lo valioso de la obra,
así como en la importante contribución del Poder Judicial de Durango al
fortalecimiento de los juicios orales en México
De tal forma, el Diccionario Práctico
del Juicio Oral se ha convertido en una obra creada por jueces duranguenses,
misma que ahora se utiliza como libro de texto a nivel licenciatura, y de
consulta obligatoria para agentes del Ministerio Público, Defensores y Jueces
del sistema acusatorio y oral
Dentro del contexto anterior, los
autores de dicha obra, bajo la exclusiva visión de sus labor como jueces de
control y oralidad de Durango, presenten una nueva contribución a la ciencia
jurídica aplicable a los juicios orales como una muestra más del compromiso que
tiene el Poder Judicial de Durango para impulsar el establecimiento de la
oralidad en materia penal en nuestro país
Esta obra está dirigida para los
defensores, ya sean públicos o privados, mediante la explicación clara y
sencilla de las principales audiencias a las que se deberán enfrentar en el
ejercicio de su labor y para lo cual se acompañan bajo un método evidentemente cercano
a la Mayéutica de Sócrates , una serie de preguntas que buscan dar respuestas a
las principales dificultades con las que se enfrenta un defensor, esto,
buscando generar en el lector un conocimiento experto sobre la litigación oral
Este objetivo es claro que fue
alcanzado por sus autores, ya que quien de lectura a esta obra podrá entender
en palabras sencillas y en un lenguaje amigable y cargado de muchos ejemplos
prácticos, no solamente qué hacer para llevar una defensa adecuada, sino cómo
hacerla
Es en fin, un libro de lectura
obligada para todo operador del nuevo sistema de justicia penal, que le
permitirá acceder al conocimiento que los autores han obtenido en virtud de su
excelente capacitación y desempeño diario de su labor
Lo anterior reitera el compromiso del
Poder Judicial del Estado de Durango para la difusión de la cultura jurídica,
así como su colaboración para la socialización y mejor entendimiento del
alcance y contenido de la reforma constitucional en materia de seguridad y
justicia, ya que solo teniendo defensores altamente capacitados en estrategias
de litigación se podrá sostener que existirá una defensa adecuada y, por ende,
una protección eficaz de los derechos un delito
Por último, mi reconocimiento y
felicitación para los autores del libro La Defensa Adecuada en Juicio Oral”,
los jueces de Control y Oralidad, Dr. Manuel Valadez Díaz, M.D. Car los Enrique
Guzmán González y Lic. Guillermo Díaz Hernández quienes, de nueva cuenta,
generan una obra jurídica que coadyuvará de forma significativa a fortalecer
los juicios orales en México, y a seguir ubicando al sistema de justicia penal
duranguense como un punto de referencia en cuanto a la creación de opinión
jurídica. Sin lugar a dudas los autores se distinguen por su brillante labor en
la jurisdicción, así como por su compromiso con la sociedad en general, por
ello, son un orgullo del Poder Judicial y dignos impartidores de justicia
ÍNDICE:
LA DEFENSA
ADECUADA EN EL JUICIO ORAL
CONTENIDO:
PARTE
GENERAL
1.1INTRODUCCIÓN:
1.2EL
SIGNIFICADO DE LA DEFENSA ADECUADA: artículo
121. Garantía de la defensa técnica. Artículo 117. Obligaciones del defensor
1.3LA
DEFENSA MATERIAL: Artículo 311.
Procedimiento para formular la imputación
1.4LA
DEFENSA TÉCNICA: Artículo 17.
Derecho a una defensa y asesoría jurídica adecuada e inmediata
1.5¿EN QUÉ
CONSISTEN LAS DEFENSAS ACTIVA Y PASIVA?: Artículo
126. Entrevista con otras personas. Artículo 130 Carga de la prueba
1.6¿CÓMO
HACER UNA DEFENSA ACTIVA? Artículo 126.
Entrevista con otras personas
1.7¿CÓMO
HACER UNA DEFENSA PASIVA?
1.8LA
DEFENSA Y EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Artículo
265 Valoración de los datos y prueba. Artículo 353. Motivación. Artículo 359:
Valoración de la prueba
1.9LOS
DERECHOS DE LA DEFENSA: Artículo 11.
Principio de igualdad entre las partes. Artículo 6: Principio de contradicción
1.10
LOS DERECHOS DEL
IMPUTADO: Artículo 113.
Derechos del imputado. Artículo 114. Declaración del imputado: Artículo 151.
Asistencia consular. Artículo 36. Comunicación con los nacionales del estado
que envía
1.11
EL OBJETO DEL PROCESO
PENAL BAJO UN SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL:
1.12
PRINCIPIOS RECTORES
DEL SISTEMA: 1.12.1 Publicidad
Artículo 5. Principio de publicidad 1.12.2 Contradicción: Artículo 6. Principio
de contradicción 1.12.3 Concentración: Artículo 8. Principio de concentración
1.12.4 Igualdad: Artículo 11. Principio de igualdad entre las partes 1.12.5
Inmediación. Artículo 9. Principio de inmediación 1.12.6 Continuidad. Artículo
7. Principio de continuidad
1.13
OTROS PRINCIPIOS
APLICABLES AL SISTEMA ACUSATORIO Y ORAL: 1.13.1
Oralidad: Artículo 44. Oralidad de las actuaciones procesales 1.13.2 Presunción
de inocencia: Artículo 13: Principio de presunción de inocencia Artículo 55:
Restricciones de acceso a las audiencias 1.13.3 Interpretación informe 1.13.4
Pro Persona 1.13.5 Iura Novit Curia 1.13.6 Prohibición de prueba ilícita:
Artículo 264. Nulidad de la prueba 1.13.7 Onus Probandi o de carga Probatoria.
Artículo 130: carga de la prueba 1.13.8
Justicia restaurativa: Artículo 184 Soluciones alternas 1.13.9 Legalidad de los
actos del juez de Control: Artículo 133: Competencia jurisdiccional Artículo
134: deberes comunes de los jueces Artículo 107: Probidad
1.14
CLASIFICACIÓN DE LA ACCIÓN PENAL: Artículo 221: Formas de inicio
1.15
EL ARCHIVO TEMPORAL: Artículo 254. Archivo temporal
1.16
EL NO EJERCICIO DE LA
ACCIÓN: Artículo 255. No
ejercicio de la acción
1.17
¿QUÉ ES LA TEORÍA DEL
CASO?
1.18
¿CÓMO ACTUAR ANTE UNA
DECLARATORIA DE SUSTRACCIÓN A LA ACCIÓN DE JUSTICIA?
1.19
¿QUÉ ES UNA ORDEN DE
COMPARECENCIA? Artículo 141.
Citatorio, orden de comparecencia y aprehensión
1.20
¿QUÉ UTILIDAD TIENEN
UNA ORDEN DE APREHENSIÓN O DE PRESENTACIÓN YA EJECUTADAS?
1.21
¿SE PUEDE IMPUGNAR
UNA ORDEN DE APREHENSIÓN O DE PRESENTACIÓN YA EJECUTADAS?
1.22
DIFERENCIA ENTRE UN
AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO Y UN AUTO DE FORMAL PRISIÓN: Artículo 316: Requisitos para dictar el auto de vinculación a
proceso
1.23
EL SANEAMIENTO DE
DEFECTOS ABSOLUTOS Y FORMALES: Artículo 97:
principio general. Artículo 98: Solicitud de declaración de nulidad sobre actos
ejecutados en contravención de las formalidades. Artículo 99: Saneamiento.
Artículo 100: Convalidación. Artículo 101: Declaración de nulidad
1.24
¿CÓMO SE VALORA LA
PRUEBA A TRAVÉS DE LA LÓGICA?: Artículo 265:
valoración de los datos y las pruebas. Artículo 359: Valoración de las pruebas
1.25
EL CONTROL DIFUSO
CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL:
1.26
EL DERECHO A LA
INFORMACIÓN DEL PROCESO: Artículo 18:
Garantía de ser informado de sus derechos
1.27
EL DERECHO A LA
INTIMIDAD DE LAS PARTES: Artículo 15:
Derecho a la intimidad y a la privacidad
1.28
¿QUÉ SON LOS MEDIOS
DE APREMIO? Artículo 104.
Imposición de medios de apremio
1.29
1
1.30
¿QUÉ SON LOS
CRITERIOS DE OPORTUNIDAD? Artículo 256:
Casos en que operan los criterios de oportunidad. Artículo 258: Notificaciones
y control judicial
1.31
¿QUÉ ES LA
ACUMULACIÓN DE JUICIOS? Artículo 30:
Causas de acumulación y conexidad. Artículo 410: Criterios para la
individualización de la sanción penal o medida de seguridad
CAPÍTULO 2
¿CÓMO DEBE ANALIZAR
LA DEFENSA LOS MEDIOS DE INVESTIGACIÓN
QUE REALIZA EL MINISTERIO PÚBLICO?
2.1 INTRODUCCIÓN:
2.2 LA DECLARACIÓN DEL IMPUTADO: Artículo
309: Oportunidades para formular la imputación a personas detenidas. Artículo
320: Declaración del imputado. Artículo 378: Ausencia del acusado en juicio
2.3 LA DECLARACIÓN DE TESTIGOS QUE TIENEN DERECHO A GUARDAR
SILENCIO POR RAZÓN DEL PARENTESCO O POR LA EXISTENCIA DEL SECRETO PROFESIONAL: Artículo 222: Deber de denunciar. Artículo 361: Facultad
de abstención. Artículo 362: Deber de guardar secreto
2.4 LA ORDEN DE CATEO: Artículo
282: Solicitud de orden de cateo. Artículo 17: Comentarios. Artículo 283:
resolución que ordena el cateo. Artículo 290: Ingreso de una autoridad a lugar
sin autorización judicial
2.5 LA INSPECCIÓN DE PERSONAS: Artículo
266: Actos de molestia. Artículo 268: Inspección de personas
2.6 EL ASEGURAMIENTO DE OBJETOS Y LA CADENA DE CUSTODIA: Artículo 227: cadena de custodia. Artículo 228:
Responsables de cadena de custodia
2.7 LA
CLAUSURA TEMPORAL:
2.8 LA INTERCEPCIÓN Y ASEGURAMIENTO DE COMUNICACIONES: Artículo 291: intervenciones de las comunicaciones
privadas
2.9 LA INSPECCIÓN DEL LUGAR DE LOS HECHOS Y LEVANTAMIENTO DE
CADÁVERES:
2.10 LA EXHUMACIÓN DE CADÁVERES: Artículo
271: levantamiento e identificación de cadáveres
2.11 LOS EXÁMENES Y PRUEBAS EN LAS PERSONAS: Comentarios. Artículo 270: Toma de muestras cuando la
persona requerida se niegue a proporcionarlas
2.12 LA RECONSTRUCCIÓN DE HECHOS:
2.13 EL RECONOCIMIENTO DE PERSONAS DE MANERA PRESENCIAL Y A TRAVÉS
DE FOTOGRAFÍA: Artículo 277: Procedimiento
para reconocer personas. Artículo 278: Pluralidad de reconocimientos. Artículo
279: Identificación por fotografía. Artículo 280: Reconocimiento de objeto
2.14 LA PRUEBA ANTICIPADA: Artículo
304: Prueba anticipada
2.15 LOS REGISTROS DE TODOS LOS ACTOS DE INVESTIGACIÓN POR EL
MINISTERIO PÚBLICO: Artículo 217: Registro
de los actos de investigación
CAPÍTULO
TRES
EL CONTROL DE
DETENCIÓN DENTRO DE LA AUDIENCIA INICIAL:
3.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DEL CONTROL DE DETENCIÓN?: Artículo 16 CPEUM. Artículo 146: Supuestos de flagrancia.
Artículo 16, párrafo sexto de la CPEUM. Artículo 150: Supuesto de caso urgente
3.2 ¿CUÁNTO ES EL TIEMPO NECESARIO PARA QUE LA DEFENSA TENGA
ACCESO A LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN? Artículo
219: Acceso a los registros y la audiencia inicial. Artículo 211: etapas del
procedimiento penal
3.3 ¿QUÉ SUCEDE SI EL MINISTERIO PÚBLICO SE EXCEDE DEL PLAZO DE
48 HORAS PARA PRESENTAR A UN DETENIDO ANTE EL JUEZ DE CONTROL?: Artículo 308: Control de legalidad de la detención
3.4 ¿CUÁNDO SE INICIA EL PLAZO DE 48 HORAS PARA EL MINISTERIO
PÚBLICO?
3.5 ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN DELITO DE INVESTIGACIÓN
OFICIOSA Y DE QUERELLA?: Artículo 148: Detención en flagrancia por
delitos que requieran querella
3.6 ¿PUEDE UN POLICÍA ENTREVISTAR A UN DETENIDO? Artículo 114: declaración del imputado
3.7 ¿QUÉ HACER ANTE UNA MALA REPOSICIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO EN
CUANTO A LAS CIRCUNSTANCIAS DE DETENCIÓN?
3.8 ¿QUÉ MEDIO DE DEFENSA SE PUEDE INTERPONER ANTE LA RESOLUCIÓN
DE RATIFICACIÓN DE LEGAL DETENCIÓN?
3.9 ¿SE PUEDE OFRECER PRUEBA EN LA AUDIENCIA DE CONTROL DE
DETENCIÓN?
3.10 ¿SE PUEDE ALEGAR LA EXISTENCIA DE PRUEBA ILÍCITA EN LA
AUDIENCIA DE CONTROL DE DETENCIÓN?
3.11 ¿CUÁL ES LA DOBLE REALIDAD DE LA AUDIENCIA EN CUANTO AL
CONTENIDO DE LA CARPETA Y LO MANIFESTADO VERBALMENTE POR LAS PARTES?
Capítulo cuatro
¿CÓMO DEFENDER LA
FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN Y LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES?
4.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN?: Artículo 316: requisitos para dictar el auto de
vinculación a proceso. Artículo 311: Procedimiento para formular la imputación
4.2 ¿QUÉ DEBE CONTENER LA FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN?
4.3 ¿CUÁL ES LA DOBLE REALIDAD DE LA AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE
IMPUTACIÓN?
4.4 ¿QUÉ HACER ANTE UNA ERRÓNEA FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN?
4.5 ¿EL IMPUTADO SIEMPRE DEBE GUARDAR SILENCIO?
4.6 ¿QUÉ PASA SI EL MINISTERIO PÚBLICO NO LE INDICA AL IMPUTADO
EN QUÉ CONSISTIÓ SU INTERVENCIÓN EN EL HECHO CRIMINAL?
4.7 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES? Artículos 155: Tipos de medidas cautelares. Artículo 19:
CPEUM Artículo 156: Proporcionalidad del Código nacional de Procedimientos
Penales CNPP. Artículo 157: Imposición de medidas cautelares. Artículos 167:
causas de procedencia
4.8 ¿QUÉ FIN TIENEN LAS MEDIDAS CAUTELARES?
4.9 ¿LAS MEDIDAS CAUTELARES SIRVEN PARA GARANTIZAR LA REPARACIÓN
DEL DAÑO?: Artículo 172: Presentación de la
garantía. Artículo 138: Providencias precautorias para la restitución de
derechos de la víctima
4.10 ¿EL ROBO ES UN DELITO DE IMPOSICIÓN OFICIOSA DE LA PRISIÓN
PREVENTIVA?: Artículo 167: Causas de
procedencia
CAPÍTULO
CINCO
¿CÓMO DEFENDER LA
VINCULACIÓN A PROCESO?
5.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA RESOLUCIÓN DE TÉRMINO
CONSTITUCIONAL?
5.2 ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA VINCULAR A PROCESO A UNA
PERSONA?: Artículo 316: Requisitos para
dictar el auto de vinculación a proceso
5.3 ¿SIEMPRE HAY QUE SOLICITAR LA DUPLICIDAD O EL TÉRMINO
CONSTITUCIONAL?
5.4 ¿CÓMO MANEJAR A LOS TESTIGOS DÉBILES?: Artículo 366: testimonios especiales
5.5 ¿SE PUEDE OFRECER PRUEBA EN LA AUDIENCIA DE TÉRMINO
CONSTITUCIONAL? Artículo 314: Incorporación
de medios de prueba en el plazo constitucional o su ampliación
5.6 ¿CUÁLES SON LAS OPCIONES DE DEFENSA PARA LA AUDIENCIA DE
VINCULACIÓN O NO A PROCESO?
5.7 ¿QUÉ MEDIOS DE DEFENSA EXISTEN EN CONTRA DE UN AUTO DE
VINCULACIÓN A PROCESO?
5.8 ¿CÓMO SE HACE UN AGRAVIO?
CAPÍTULO
SEIS
¿CÓMO DEFENDER LA
AUDIENCIA INTERMEDIA?
6.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA?
6.2 ¿QUÉ SON LOS ACUERDOS PROBATORIOS?
6.3 ¿CUÁNDO ES RECOMENDABLE LLEVAR A CABO ACUERDOS PROBATORIOS?
6.4 ¿CÓMO OFRECER MEDIOS DE PRUEBA EN LA AUDIENCIA INTERMEDIA?
Artículo 335: contenido de la acusación. Artículo
346: Exclusión de medios de prueba para la audiencia del debate
6.5 ¿CÓMO OFRECER LA PRUEBA TESTIMONIAL?
6.6 ¿CÓMO OFRECER EXPERTICIAS EN LA AUDIENCIA INTERMEDIA? Artículo 368: Prueba pericial. Artículo 369: Título
oficial
6.7 ¿CÓMO OFRECER LA PRUEBA DOCUMENTAL? Artículo 380: Concepto de documento. Comentario
6.8 ¿CÓMO OFRECER LA PRUEBA DOCUMENTADA? Artículo 380: Concepto de documento. Comentario
6.9 LA DECLARACIÓN DEL IMPUTADO COMO MEDIO DE PRUEBA:
6.10 LA EVIDENCIA MATERIAL, LA CADENA DE CUSTODIA Y SU ANÁLISIS
PARA LA DEFENSA:
6.11 ¿CÓMO INTERVENIR EN EL DEBATE SOBRE LA PERTINENCIA,
SUPERABUNDANCIA O ILICITUD DE LOS MEDIOS DE PRUEBA OFERTADOS POR LAS PARTES? Artículo 346: exclusión de medios de prueba para la
audiencia del debate
6.12 ¿HASTA QUÉ MOMENTO SE PUEDE ACCEDER A LA TERMINACIÓN
ANTICIPADA DEL PROCESO?
6.13 ¿SE PUEDE DESAHOGAR PRUEBA EN LA AUDIENCIA INTERMEDIA?
Capítulo
siete
¿CÓMO DEFENDER LA AUDIENCIA DE DEBATE EN JUICIO ORAL?
7.1 ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA AUDIENCIA DE DEBATE EN JUICIO ORAL?
7.2 ¿CÓMO REALIZAR UN ALEGATO DE APERTURA?
7.3 ¿CÓMO ENUMERAR LA PRUEBA A DESAHOGAR?
7.4 ¿CÓMO ES EL DESAHOGO DE LA PRUEBA EN EL JUICIO ORAL?
7.5 LA PRUEBA EN EL JUICIO ORAL: 7.5.1
Testimonial: Artículo 372: Desarrollo de interrogatorio. Artículo 373: Reglas
para formular preguntas en juicio artículo 374: Objeciones. Artículo 375:
testigo hostil. 7.5.2 Pericial: Artículo 136: Consultores técnicos. Artículo
368: Prueba pericial. Artículo 369: Título oficial. 7.5.3 El refresco de
memoria. 7.5.4 Técnica para refrescar la memoria a un testigo. Técnica para
refrescar la memoria. 7.5.5 la evidencia de contradicciones. 7.5.6 Técnica para
evidenciar contradicciones en lo declarado por un testigo. 7.5.7 Técnica de incorporación de la
evidencia material: Artículo 383: Incorporación de prueba 7.5.8 Técnica para
objetar las preguntas del ministerio Público
7.6 ¿PARA QUÉ SIRVE LA DECLARACIÓN DE UN TESTIGO O UN PERITO?
7.7 ¿PARA QUÉ SIRVE UN CONSULTOR TÉCNICO?
7.8 ¿CÓMO HAY QUE PREPARAR ÉTICAMENTE AL TESTIGO?
7.9 ¿QUIÉNES SON LOS TESTIGOS EXPERTOS?
7.10 ¿CUÁNDO CONTRAINTERROGAR?
7.11 ¿CUÁNDO NO CONTRAINTERROGAR?
7.12 ¿QUÉ HACER ANTE LA RECLASIFICACIÓN JURÍDICA EN LOS ALEGATOS
DE APERTURA O DE CLAUSURA EN VIRTUD DEL RESULTADO ARROJADO POR LA PRUEBA? Artículo 398: Reclasificación jurídica
7.13 ¿CÓMO ANALIZAR UNA SENTENCIA DE JUICIO ORAL? Artículo 403: requisitos de la sentencia. Artículo 359:
valoración de la prueba
Capítulo
ocho
¿CÓMO DEFENDER LA
AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO?
8.1 ¿QUÉ ES UN PROCEDIMIENTO ABREVIADO?
8.2 ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA DE UN JUICIO
ABREVIADO?: Artículo 201: Requisitos de
procedencia y verificación del Juez
8.3 ¿QUÉ PASA EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO CUANDO SON VARIOS
ACUSADOS Y SOLO UNO DE ELLOS LO ACEPTA? Artículo
201: Reglas generales
8.4 ¿QUÉ CONLLEVA LA FACULTAD DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA
MODIFICAR SU ACUSACIÓN ASÍ COMO LA PENA REQUERIDA?
8.5 ¿CUÁL ES EL ALCANCE DE LA REDUCCIÓN QUE OTORGA EL MINISTERIO
PÚBLICO AL ACUSADO? Artículo 202:
Oportunidad
8.6 ¿QUÉ HACER ANTE UNA DEFICIENTE EXPOSICIÓN DE LOS DATOS DE
PRUEBA POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO?
FICHA
TÉCNICA:
1 libro
432 páginas
Pasta delgada en
color plastificado
Edición 2015
Primera edición
ISBN 9786076102312
Autor Manuel Valadez
Díaz, Carlos Enrique Guzmán González y Guillermo Díaz Hernández Editor Flores
Editor Flores
DISTRIBUIDOR: ABC Ediciones
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obra:
LA DEFENSA ADECUADA EN EL JUICIO ORAL actualizada al Código Nacional de Procedimientos Penales.
1 Libro. Autor Manuel Valadez Díaz, Carlos Enrique Guzmán González y Guillermo Díaz Hernández Editor Flores
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ALFONSO JAVIER MONÁRREZ RÍOS
Agradecemos a Google la oportunidad de publicar Gracias
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