jueves, agosto 10, 2017

CÓDIGO DE COMERCIO COMENTADO ANOTADO Y COMPARADO JURISPRUDENCIA SUPLETORIEDAD ANÁLISIS COMPARATIVO ESTUDIO DEL JUICIO ORAL MERCANTIL A LA LUZ DE SU ÚLTIMA REFORMA

CÓDIGO DE COMERCIO COMENTADO Y COMPARADO 2024
Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero
CÓDIGO DE COMERCIO COMENTADO Y COMPARADO 2023
Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero
CÓDIGO DE COMERCIO COMENTADO Y COMPARADO 2022
Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero
CÓDIGO DE COMERCIO COMENTADO Y COMPARADO 2021
Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero

CÓDIGO DE COMERCIO COMENTADO Y CORRELACIONADO 2024

1 Libro Honorable Congreso de la Unión

Comentado Correlacionado por:

Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero

Director del Seminario de Derecho Mercantil

De la Facultad de Derecho de la UNAM

EDITOR GALLARDO EDICIONES “SIEMPRE ACTUALIZADOS”

TERCERA EDICIÓN 2024

NUEVO FORMATO TAMAÑO CARTA

 

CONTIENE:

Código de Comercio con Comentarios, Fundamento

Constitucional, Correlaciones y Jurisprudencia

Guía Práctica de Términos, Plazos, Apercibimientos del Código de Comercio

Actualización de Montos

Diagramas Procesales

Bibliografía

Acceso a Aplicación Web para consulta del Código de

Comercio y legislación complementaria en materia mercantil

CONTIENE EN IMPRESO:

Código de Comercio

Guía Práctica de Términos, Plazos y Apercibimientos del Código de Comercio

Presentación

Índice tematizado

Bibliografía

Introducción

Síntesis Curricular

Formularios

Demanda Ejecutiva Mercantil. Acción Derivada de un Pagaré

Demanda Ejecutiva Mercantil. Acción de Cobro de Cheque no Pagado e Indemnización de Daños y Perjuicios

Demanda Ordinaria Mercantil. Acción Derivada de Contrato de Publicidad

Demanda Ordinaria Mercantil. Acción Promovida en Jurisdicción Concurrente

Demanda Oral Mercantil. Acción de Nulidad Absoluta por Falsedad de Firma Impresa en un Pagaré (Voucher) Derivada de una Compra a Través de una Tarjeta de Crédito

Demanda Oral Mercantil. Acción de Rescisión de Contrato, Pago de Pesos, de Pena Convencional e Intereses Moratorios

Demanda Especial Mercantil. Acción en la que se Exige el Pago de un Crédito Garantizado por un Contrato de Prenda sin Transmisión de la Posesión, Solicitando la Entrega de los Bienes que lo Garantizan

Demanda Especial Mercantil. Acción de Cancelación y Reposición de un Título de Crédito

Demanda Ejecutiva Mercantil Oral. Acción Cambiaria Directa

por Concepto de Capital Vencido, Proveniente de un Pagaré

Diagramas Procesales del Juicio Mercantil

SUMARIO

GUÍA PRÁCTICA DE TÉRMINOS, PLAZOS Y

APERCIBIMIENTOS DEL CÓDIGO DE COMERCIO

PRESENTACIÓN

INTRODUCCIÓN

Síntesis curricular

ÍNDICE TEMATIZADO

CÓDIGO DE COMERCIO

BIBLIOGRAFÍA

FORMULARIOS

DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL:

Acción derivada de un pagaré

DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL:

Acción de cobro de cheque no pagado

e indemnización de daños y perjuicios

DEMANDA ORDINARIA MERCANTIL:

Acción derivada de contrato de publicidad

DEMANDA ORDINARIA MERCANTIL

Acción promovida en jurisdicción concurrente

DEMANDA ORAL MERCANTIL

Acción de nulidad absoluta por falsedad de firma impresa en un pagaré (volcher) derivada de una compra a través de una tarjeta de crédito

DEMANDA ORAL MERCANTIL

Acción de rescisión de contrato, pago de pesos, de pena convencional e intereses moratorios

DEMANDA ESPECIAL MERCANTIL:

Acción en la que se exige el pago de un crédito garantizado por un contrato de prenda sin trasmisión de la posesión solicitando la entrega de los bienes que lo garantizan

DEMANDA ESPECIAL MERCANTIL

Acción de cancelación y reposición de un título de crédito

DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL ORAL:

Acción cambiaria directa por concepto de

capital vencido, proveniente de un pagaré

DIAGRAMAS PROCESALES DEL JUICIO MERCANTIL

EN APLICACIÓN WEB

CÓDIGO DE COMERCIO

LEGISLACIÓN COMPLEMENTARIA:

=      GUÍA PARA CIUDADANOS – SISTEMA ELECTRÓNICO

DE SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS (SAS)

=      ACUERDO PARA TRÁMITES EN LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA

=      CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

=      REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE COMERCIO

EN MATERIA DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN

=      LEY DE CONCURSOS MERCANTILES

=      LEY FEDERAL DE CORREDURÍA PÚBLICA

=      REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL

DE CORREDURÍA PÚBLICA

=      LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD

=      REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL

SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN

=      LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

=      LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

=      LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

=      REGLAMENTO DE ARBITRAJE DE LA CNUDMI

=      REGLAMENTO DE CONCILIACIÓN DE LA CNUDMI

=      LEY DE COMERCIO EXTERIOR

=      REGLAMENTO DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR

=      LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO

=      LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

=      REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL

DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

=      PROTOCOLO SOBRE UNIFORMIDAD DEL

RÉGIMEN LEGAL DE LOS PODERES

=      CONVENCIÓN POR LA QUE SE SUPRIME EL REQUISITO

DE LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS

=      GUÍA PRÁCTICA DE TÉRMINOS, PLAZOS, APERCIBIMIENTOS

=      DE SS CONTRATOS MERCANTILES Y LAS

FORMALIDADES EN EL PROCEDIMIENTO

=      UBICADO EN LA TABLA POR TEMA; POR PLAZO;

POR ARTÍCULO; POR CONCEPTO / ACCIÓN

=      DE LAS GENERALIDADES

=      PRESCRIPCIONES

GENERALIDADES:

=      DE SU FUNDAMENTO; POR SU COMPUTO Y DE SU PROCEDENCIA

PLAZO, CÓMPUTO, FUNDAMENTO Y TIPO DE ACCIÓN

POR SUS TÉRMINOS

=      DE SUS GENERALIDADES

=      DE SU PROCEDIMIENTOS MERCANTILES:

=      POR TIPO; POR TERMINO / PLAZO; POR SU FUNDAMENTO

y CONCEPTO / ACCIÓN

=      EN SU PROCEDIMIENTO ORDINARIO

=      PROCEDIMIENTO ORAL

=      PROCEDIMIENTO EJECUTIVO MERCANTIL ORAL

POR SU APELACIÓN

=      EN SU EJECUCIÓN DE SENTENCIAS:

=      EN SUS TÉRMINOS; FUNDAMENTO

Y POR ACTIVO / ACTUACIÓN JUDICIAL

INCIDENTES:

=      POR SU TÉRMINOS; POR SU FUNDAMENTO Y POR

SU ACTO / ACTUACIÓN JUDICIAL

POR SUS APERCIBIMIENTOS:

=      EN LA SANCIÓN, DE SU FUNDAMENTO

Y POR EL CONCEPTO

 

PRESENTACIÓN:

DISTINGUIDO LECTOR

¿CÓMO USAR TU CÓDIGO?

=      Buscando practicidad, ponemos a su disposición un sistema de consulta amigable que consta de los siguientes elementos:

VALORES AGREGADOS:

=      En algunas publicaciones se incluyen tablas, éstas las

podrá localizar fácilmente porque son las únicas fojas a color

SUMARIO:

=      Está dividido en dos partes apartados, el primero enlista el contenido impreso en el ejemplar que tiene en sus manos; el segundo comienza a partir de la leyenda EN APLICACIÓN WEB, y subsecuentemente encontrará leyes complementarias, apartado de declaraciones de invalidez, sentencias de la Corte Internacional de Derechos Humanos IDH, Acuerdos del CIF y del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, Tratados Internacionales y en algunos, recursos audiovisuales, etc…

=      Adicionalmente, estos elementos están respaldados con nuestro servicio de actualización, el que tiene una vigencia anual contada del 1 de enero al 31 de diciembre. Por lo que, consultando la fecha de edición establecida en la hoja legal ubicada en la página 2 de este libro, encontrará la anualidad a la que corresponde la unidad que posee y si aún está vigente. Para acceder a este beneficio, solo debe escanear el código QR o ingresar la liga que se comparte en la portadilla de este libro: CÓDIGO DE COMERCIO COMENTADO Y CORRELACIONADO, en caso de duda en nuestro sitio web https://gallardo ediciones.com/ encontrará apoyo para ingresar y en la misma web app encontrará un breve tutorial para facilitar su uso

ÍNDICE:

=      Cada norma impresa en los interiores cuenta con su propio índice, pensado principalmente para el uso en audiencias

PROEMIO:

=      Nombre oficial, fecha de promulgación, y la última fecha del decreto de reforma y declaratorias de invalidez aplicables con sus datos de publicación en el DOF

DECLARATORIAS DE INVALIDEZ:

=      Nota al pie de página, en aquellos preceptos sobre los que se haya declarado invalidez. Apartado de declaraciones de invalidez, donde se resume un extracto de los artículos invalidados, con los resolutivos de dicha sentencia y versión digital publicada en el DOF en nuestra aplicación móvil

DIAGRAMA INVALIDEZ DE LA NORMA:

=      Gráfica que resume el proceso de declaración de invalidez de la norma, sus efectos y el procedimiento a seguir en caso de que se aplique una norma invalida

NEGRITAS:

Resaltado de las últimas reformas aplicados seguidos de su estatus: reforma, adición o derogación, secundados de la fecha de publicación misma que coincide en el proemio y en el historial de reforma

TRANSITORIOS:

Artículos transitorios originales del decreto de promulgación de la norma; en el apartado Historial de reformas, se transcriben los últimos años de decretos, después un extracto de los artículos afectados por ese decreto, así como sus respectivos transitorios

Sin más que agregar, este Comité Editorial queda a sus órdenes esperando que su experiencia con nuestros productos y servicios sea por demás excelsa, pues son creados para tal propósito

ESCRITO POR:

COMITÉ EDITORIAL

EN LA INTRODUCCIÓN:

SUMARIO. I. Aspectos generales. II. Principios Doctrinales de la Codificación III. La codificación mercantil en México IV. El Proceso de Decodificación V. Bibliografía

I.            ASPECTOS GENERALES:

El código de Comercio como muchos otros ordenamientos se componen de diversas legislaciones especializadas según las Instituciones de derecho que regulan en particular la amplitud y diversidad de supuestos que la legislación mercantil abarca generaban un desconocimiento tanto en las partes como en los juzgadores del marco jurídico aplicable para la solución de controversias. De tal forma surgió la corriente codificadora como alternativa para tal disyuntiva, consistente en reunir en un solo cuerpo normativo toda la legislación aplicable a una materia en particular facilitando su consulta y aplicación en las casos concretos a solucionar

II.          PRINCIPIOS DOCTRINALES DE LA CODIFICACIÓN:

Al respecto la teoría codificadora se fundamenta en los principios establecidos por el jurista inglés Jeremías Bentham que a continuación se enuncian:

1.

EVITAR EL CAUSISMO:

Todo Código debe contener definiciones breves de sus Instituciones, así como la cantidad mínima necesaria de las reglas concisas para su funcionamiento, de tal forma que los casos previstos sean en la medida de lo posible enunciativos más no limitativos

2.

ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA:

Todo buen Código debe abarcar alguna de las ramas del derecho trascendentes para la vida civil, pública o social: claramente es referible que las instituciones que integran un ordenamiento de esta naturaleza compartan las mismas fuentes, principios, usos y costumbres para su homogéneo tratamiento. No obstante ello no limita la posible codificación de diferentes ramas como fue el caso prusiano de 1794 donde inclusive el derecho constitucional y eclesiástico formaron parte de su cuerpo normativo

3.

GENERALIDAD:

Debe ser de igual aplicación en toda su jurisdicción

y no admitir excepciones regionales

4.

ESTRICTO DERECHO:

No debe dejar cabida a la discrecionalidad de los jueces que los aplican, no obstante ello implica limitar la interpretación del derecho, para ello los códigos deben señalar los métodos sobre los cuales puede interpretarse la ley según la naturaleza de cada materia

5.

SUPLETORIEDAD:

Los códigos deben evitar la referencia otros ordenamientos para llenar sus propias lagunas, pues éstas deben resolverse mediante los principios generales que su mismo ordenamiento contenga. No obstante es evidente en nuestro sistema jurídico como la supletoriedad resulta común entre la legislación procesal mercantil y de amparo con la procesal civil, sin embargo para explicar este fenómeno la Jurisprudencia ha determinado que la supletoriedad en la legislación es una cuestión de aplicación para dar debida coherencia al sistema jurídico, sus mecanismos observan generalmente la aplicación de los principios de las leyes de contenido general en aquellas de contenido especializado con algunas a otros textos legislativos generales que fijen los principios aplicables a la regulación de la ley suplida; implica pues un principio de economía e integración legislativas para evitar la reiteración de tales principios por una parte, así como la posibilidad de consagración de los preceptos especiales en la ley suplida

III.

LA CODIFICACIÓN MERCANTIL EN MÉXICO

Todo este fenómeno alcanzó la legislación mexicana y para 1854 bajo el Imperio de Antonio López de Santa Ana  se expidió el primer Código de comercio, conocido también como: “Código Lares”, después del plan de Ayutla y la caída del sistema centralista en 1855, este Código perdió vigencia y con la promulgación de la Constitución de 1857, su artículo 24 estableciendo el principio de que la Federación solo estaba autorizada para actuar respecto de aquello que la Constitución expresamente le permita y por lo tanto aquello que no le estaba concedido le correspondía a los Estados, fue que la legislación mercantil pasó a ser de jurisdicción local

No fue hasta el gobierno de Porfirio Díaz en 1883 que se reformó tal precepto y se concedió la facultad expresa al Poder legislativo Federal de legislar en materia de comercio, así en 1884 se expidió el segundo Código de comercio que pronto fue abrogado por el de 1889 tercer y último Código de Comercio aún vigente en México

IV.

EL PROCESO DE DECODIFICACIÓN:

No obstante a todo lo anterior muy recientemente pondera en una tendencia decodificadora que poco a poco privilegian la exigencia de normas especializadas que si bien no resultan ajenas a los Códigos de sus materias, no forman parte de su articulado, pues poco a poco los códigos resultan insuficientes para regular la compleja convivencia social y esto ha creado el ambiente perfecto para la proliferación de normas especiales portadoras de principio propio y autónomas que se fundamentan directamente en la Constitución

Así pues el proceso de decodificación que vive la legislación mercantil en nada contraviene con el principio de certeza y congruencia jurídica, pues al final guaran relación estrecha con la Constitución que desde un punto de vista estricto nuestra principal norma codificada en la que se aterrizan los principios generales de todas las materias del derecho a demás de las propias de la constitución del estado, la forma de gobierno, los derechos fundamentales y las garantías constitucionales. De tal forma no se resta importancia a las codificaciones aún vigentes ni a las normas especiales encaminadas a solucionar la problemática social actual que exige su existencia a pesar de la tendencia unificadora que durante años ha tenido la legislación mexicana

ESCRITO LO ANTERIOR POR:

COMITÉ EDITORIAL GALLARDO EDICIONES

FICHA TÉCNICA:

1 Libro

712 Páginas

En formato de 21.5 por 28 por 3 cm

Pasta delgada en color plastificada

Tercera edición 2024

Peso .700 Kilogramos

Código EAN 13 7503039066595

Honorable Congreso de la Unión

Comentado y Correlacionado por:

Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero

Director del Seminario de Derecho Mercantil

De la Facultad de Derecho de la UNAM

Editor Gallardo

 

FAVOR DE PREGUNTAR

POR EXISTENCIAS EN:

Correo electrónico:

alfonsomonarrez@gmail.com

Celular:

6671-9857-65 

Gracias a Google por publicarnos

Quedamos a sus órdenes

CÓDIGO DE COMERCIO

Comentada y Correlacionad

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CÓDIGO DE COMERCIO COMENTADO Y COMPARADO 2024
Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero
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CÓDIGO DE COMERCIO COMENTADO Y COMPARADO 2021
Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero

EL AUTOR CURRÍCULO


El Doctor Guillermo Siordia Romero, es abogado
por la universidad de Guadalajara, trabajó en
diversos litigios civiles y mercantiles, antes de
comenzar su carrera judicial en el Supremo
Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco;
en la honorable Tercera Sala Civil, fungiendo como
Notificador, así como Secretario de Acuerdos

Ha sido además Secretario de Estudio y
Cuenta adscrito a la Presidencia en el Tribunal
Federal Electoral y ocupó cargos en los
Tribunales electorales tanto del Poder Judicial
de la federación, como del Estado de Jalisco

En la Procuraduría General de Justicia
del Estado de Jalisco, tuvo el cargo de
Subdirector de Averiguaciones Previas

Es Juez por oposición especializado en materia
civil, familiar y mercantil desde 1999; ocupó la
titularidad de la Secretaria General del Consejo
General del Poder Judicial, ahora
Consejo de la Judicatura

Es miembro de la Barra Mexicana Colegio de
Abogados, del Foro Federalista “Alberto Orozco
Romero” y otros Colegios de Abogados

Docente por más de 15 años en el Instituto
Tecnológico y de Estudios Jurídicos superiores
de Occidente, en diferentes materias como
Teoría General del Proceso, Derecho Mercantil,
Derecho Civil, Derecho Electoral entre otras…

Ha sido Profesor adscrito al Departamento de
Estudios Jurídicos, en la Universidad de
Guadalajara en la materia de Derecho Procesal Mercantil

Maestro de Posgrados y de asignatura en la
Universidad Panamericana Campus Guadalajara

Es instructor en la Escuela de Capacitación
del Poder Judicial del Estado del Jalisco y
fungió como Director de la Carrera de Derecho
en la Universidad Cuauhtémoc Campus Guadalajara

Cuenta con múltiples reconocimientos y diplomas
por asistencia y participación en diversos cursos
de actualización, destacándose sus especializaciones
en materia de amparo y derecho procesal civil,
en la Universidad Panamericana en donde obtuvo
su grado de Maestría, los posgrados en materia civil
y constitucional en la Universidad de Salamanca
en España y el Doctorado por la Universidad
Autónoma de Nuevo León, en donde obtuvo
Magna Cum Laude, contando con diversas
publicaciones entre las que se destaca “El cumplimiento
sustituto de las sentencias de amparo”

La Tasación de las costas en materia civil
y mercantil en el sistema jurídico mexicano,
su desproporción en juicios de cuantía determinada
ante la aplicación de criterios subjetivos y el
“Código de Comercio Comentado”


INTRODUCCIÓN:


Gracias al contacto que ha tenido con el derecho
mercantil desde que comencé mi licenciatura en
derecho, y realizaba mis primeros trabajos, he
advertido las reformas desde hace más de veinte años

Al iniciar mi carrera judicial en el año de 1989;
tuve la oportunidad de presenciar en mi calidad
de notificador, la relativa con las incompetencias
que por razón de la materia se tramitaban,
quedando como está actualmente el artículo 1050
del Código de Comercio, en cuanto a que los conflictos
suscitados en los actos mixtos entre comerciantes
y particulares, se resuelvan de acuerdo a las leyes
mercantiles; siendo después reformada la actuación
de los abogados autorizados en los amplios términos
en 1996; cambio que estimamos varios estudiosos
del derecho, era una copia de la figura de abogado
patrono establecida en la Ley Procesal Civil de
nuestro en nuestro Estado de Jalisco

Luego de mi acercamiento tanto con la docencia
en diferentes universidades y a su vez con mi
trabajo en principio como secretario relator
o proyectista de resoluciones en segunda instancia
y luego como juez especializado en materia
mercantil, he venido presenciando las transformaciones
que realizan en esta materia; teniendo que aplicar
en su momento cada reforma con el cuidado respectivo
en cada litigio que se ventila, en cuanto a su temporalidad;
pues como ejemplo, existen juicios en que se aplica
la ley mercantil valida en 1987 y la ley procesal civil
local vigente en el año 2001; en otros se aplican
las reformas mercantiles del año 1996 junto con
el Código Procesal Civil del Estado actual; mientras
que en otros la ley mercantil vigente al año 2003
y el Código Procesal Civil Federal

Ahora tendremos que aplicar las leyes procesales
civiles, tanto federales como locales, debido
a las reformas acontecidas en abril y diciembre
del año 2008; cuidando realizar la tramitación
de recursos de acuerdo a la vigencia del
juicio, sus contratos y su inicio

Además es importante destacar, que en la reforma
del año 2006, se ordenó como transitorio:

Y más…
CONTIENE:
SUMARIO GENERAL:
Enlista el contenido impreso y digital en el ejemplar
DECLARATORIAS DE INVALIDEZ:
Encontrará una nota al pie en un recuadro punteado, en aquellos preceptos sobre los que se haya declarado invalidez por una sentencia de acción de inconstitucionalidad, controversia constitucional o declaratoria general de inconstitucionalidad
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL:
Consta de la relación entre el contenido de la ley local con el Bloque de Constitucionalidad aplicable en México
CORRELACIÓN:
Está destinada a brindar un parámetro particularizado de consulta entre los demás dispositivos de la norma relacionadas con el tópico en estudio
CONCEPTOS:
Breves definiciones de aquellos términos legales o latinismos propios de la materia que permitan comprender el alcance de los dicho en el comentario y la selección de tesis aisladas o jurisprudencia
PROEMIO:
Con la fecha de promulgación, y la ultima fecha del decreto
de reforma publicada en la fuente oficial que corresponda
NEGRITAS:
Para facilitar a nuestros lectores verificar que la unidad adquirida está al día, resaltamos. los ultimos cambios aplicados seguidos de su estatus, es decir, si se trata de una reforma, adicción o derogación, secundados de la fecha de publicación que corresponde a la misma inscrita en el proemio y en el historial de reforma
COMENTARIO:
están basados en la interpretación que al respecto han dado las diferentes instancias del Poder Judicial de la Federación, consultables en fuentes oficiales y con vinculación jurídica
JURISPRUDENCIA:
Abundamos la consulta agregando íntegramente aquellas
tesis relacionadas con el tópico en estudio
TRANSITORIOS:
Incluyen datos de publicación de la fuente oficial que corresponda, con una referencia a la temática de la ultima reforma, misma que se extrae de la Gaceta Parlamentaria,, después un extracto de los artículos afectados por ese decreto, así como sus respectivos transitorios
BIBLIOGRAFÍA:
Información bibliográfica de los documentos consultados y empleados
en la elaboración del ejemplar que acaba de adquirir
FORMULARIOS:
Del Juicio Ejecutivo Mercantil Oral, juicio ordinario mercantil,
juicio oral mercantil y juicio ejecutivo mercantil
DIAGRAMAS:
Diagramas procesales del juicio mercantil oral, juicio ordinario
mercantil, juicio oral mercantil y juicio ejecutivo mercantil


NOVEDAD
DISTRIBUIDOR ABC Ediciones 

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