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MATRIMONIO CONCUBINATO DIVORCIO INCAUSADO



MATRIMONIO CONCUBINATO
Y DIVORCIO INCAUSADO
1 Libro Responsable Autor y Editor Emiliano
Martínez Coronado Editor alLímite Jurídica

PRIMERA EDICIÓN 2020




Anota el Lic. Javier G. Canales

Méndez  en su presentación:



Durante los últimos años, Editores Libros
Técnicos ha realizado una importante labor
editorial que ha logrado reconocimiento en
el medio jurídico mexicano con esta serie en
materia familiar cuyos títulos denominados
“MATRIMONIO CONCUBINATO Y DIVORCIO
INCAUSADO”, su clasificación, requisitos
de procedencia, sustanción, sus efectos,
marco jurídico en el derecho nacional
e internacional de los juicios familiares y procedimiento


Así los EDITORES LIBROS TÉCNICOS y su Grupo Técnico
Consultivo Jurídico en estas recopilaciones
consolida sus novedosas colecciones de libros
sobre información jurídica por materia


Esta serie de publicaciones “MATRIMONIO
CONCUBINATO Y DIVORCIO
INCAUSADO”, de investigación
profesional especializada en el ámbito jurídico
– legal, busca promover un oportuno conocimiento
de la legislación mexicana en sus diversas especialidades


El “MATRIMONIO”, desde sus primitivos comienzos
hasta nuestro tiempo, es el resultado de una larga
evolución de la sociedad, hasta llegar a ser
una institución universalmente reconocida


No obstante que la noción del matrimonio como unión
entre un hombre y una mujer contiene elementos
que son comunes a todas las culturas del mundo,
cada uno de ellos ha adoptado formas concretas
que son peculiares de cada cultura en particular,
y que pone de manifiesto el grado evolutivo de
las costumbres de la sociedad en la cual se realiza


El matrimonio se ha ido adecuando los contextos
sociopolíticos, lo que se manifiesta en la legislación


Como se observa, la conceptualización
del matrimonio continúa modificándose, transformándose,
de manera acorde y paralela con los cambios tanto
sociales como políticos y económicos, así
como con las formas de poder


Este proceso inició con el impacto de la Revolución
Francesa y su difusión, que hizo surgir nuevas
corrientes de pensamiento y nuevas actitudes
colectivas que rompieron con el orden antiguo,
modificando profundamente las relaciones que
la sociedad mantenía con la iglesia o con el poder


Dicho proceso se acompañó de una progresiva
descristianización, que puede considerarse
como el símbolo de la distancia tomada
respecto de los modelos de comportamiento
y las creencias propuestos por la reforma católica,
y que se traduciría en una independencia de
comportamiento en cuanto a las reglas y
prescripciones tradicionales de la Iglesia
en materia matrimonial


La transformación de los modos de vida y las
costumbres matrimoniales propias de cada
país explican, en parte, esta adecuación,
la cual también se traduce en un menor
control social de la iglesia; aunque puede
advertirse la innegable influencia que ha
tenido la concepción del matrimonio
cristiano en la reglamentación del
matrimonio en el derecho occidental


Tras la reforma protestante, y más
significativamente después de la Revolución
francesa, el modelo tradicional de matrimonio
construido con elementos tomados del derecho
romano y del canónico fue recibido en las
legislaciones civiles modernas cuando la regulación
canónica del matrimonio dejó de ser la única aplicable


Durante el siglo XIX el matrimonio experimentó
un movimiento jurídico, creando
del mismo una institución


Las partes se adhieren libremente
a un estado civil, a un conjunto sistematizado
e imperativo de derechos y obligaciones
señalados por la ley


Tradicionalmente el diseño jurídico del matrimonio
se ha fundamentado en los principios de la monogamia,
la heterosexualidad y la exogamia, agrupados
en torno al punto del consentimiento


Esta concepción se halla sólidamente establecida
desde los orígenes de la institución, aunque
el contenido conceptual de cada uno de esos
elementos haya variado en función de las
concepciones sociales y jurídicas de
cada periodo histórico


Con la laicización del matrimonio y la regulación
del mismo por el Estado, se transformó
el modelo tradicional del matrimonio


Durante el siglo XX se produjo una transformación
en el modelo tradicional del matrimonio,
transformación que se refleja en los
ordenamientos jurídicos, que experimentan
un fuerte proceso de laicización


Como resultado de ese proceso el
derecho matrimonial pierde paulatinamente
su tradicional carácter imperativo, permitiendo
a los interesados autorregular
sus relaciones privadas


Puede observarse la tendencia a abandonar
el modelo del matrimonio como institución,
con derechos y deberes perfectamente regulados,
de modo imperativo, ya que el modelo del
matrimonio – alianza está siendo sustituido
por el modelo de matrimonio – fusión,
basado en la afinidad y complementariedad
de los cónyuges y orientado a la mutua
felicidad de los mismos, en el que todas las
demás consideraciones son secundarias


Tendencia que podemos claramente visualizar
en el contenido tanto de los fines del
matrimonio como de los derechos
y deberes que nacen del mismo, establecidos
en la legislación mexicana


En el matrimonio actual lo importante no es el
estado de las personas, sino de las relaciones
libremente creadas entre los conyugues


Por otra parte, el efecto más importante
del matrimonio sobre el estado de las personas
se concretaba en la limitación que ha desaparecido
de la mayor parte de las legislaciones, puesto
que la aplicación de una norma que contuviera
estas restricciones resultaría contraria al
orden público de los países que han suscrito
tratados internacionales que consagran
principios de no discriminación


En prácticamente todas las sociedades conocidas,
el establecimiento del vínculo matrimonial
adopta la forma de un acuerdo de convivencia
cobijada bajo el manto del derecho


El matrimonio está regulado en cuanto a las
personas que pueden contraerlo, el tiempo
en que puede hacerse, la forma de celebración,
el tipo de cohabitación, las reglas de residencia,
el tipo de sociedad económica que se establece
entre los cónyuges, el carácter disoluble
del vínculo, etcétera…


En todas estas cuestiones generales, las sociedades
varían en el tipo de solución que dan a cada
uno de los temas mencionados


Del mismo modo, difieren las regulaciones
del lugar en el cual debe cohabitar el matrimonio
recién constituido, siendo la llamada neo local
la regla de las sociedades modernas, en las
cuales la pareja tiene una residencia nueva y propia


El matrimonio, en su versión actual, es resultado
de una larga evolución que, partiendo de una
promiscuidad animal primitiva y pasando
por el matrimonio de grupo, el matriarcado
y el patriarcado polígamos, ha desembocado
en el matrimonio independiente,
monógamo y disoluble


La legislación experimenta modificaciones
para adecuarse a la realidad de la sociedad,
si bien el devenir social experimenta cambios
a un ritmo más precipitado


Ejemplos de ello lo son: la indisolubilidad
original del matrimonio de grupo, el matriarcado
y el patriarcado polígamos, ha desembocado
en el matrimonio independiente,
monógamo y disoluble


La legislación experimenta modificaciones para
adecuarse a la realidad de la sociedad, si bien
el devenir social experimenta cambios
a un ritmo más precipitado


Ejemplos de ello lo son: la indisolubilidad
original del matrimonio, la implementación
posterior de la separación de cuerpos, y en
la actualidad la existencia del divorcio, así
como también el reconocimiento de
derechos a los miembros de configuraciones
familiares no convencionales


En la mayoría de las legislaciones se acepta
la disolubilidad del vínculo matrimonial


El concepto del vínculo matrimonial disoluble,
aunque polémico, ha ganado terreno,
favorecido principalmente por la liberalización
del modelo tradicional del matrimonio y por la
laicización del derecho, causas que trajeron
como consecuencia que en la mayoría de los
países las legislaciones admitan su disolución,
privatizado, incluso, su finalidad al
separarla de la procreación


Algunos autores opinan que vivimos
en una sociedad “posmatrimonial”, puesto
que los sistemas jurídicos de casi todos los
países, que contemplaban la idea tradicional
del matrimonio, la han modificado, el divorcio
se concede fácilmente, son aceptadas socialmente
las relaciones sexuales fuera del matrimonio,
a la vez que nuevas tecnologías facilitan
la anticoncepción y el aborto


Además, el rito matrimonial cada vez tiene más
variantes de acuerdo con el gusto y estilo de vida


Hay quienes se casan sólo por el civil, aquellos
que se casan únicamente por la iglesia, y algunos
más que ni siquiera se casan y prefieren
vivir en unión libre


En México, el “CONCUBINATO”, es decir,
la unión entre un hombre y una mujer con
la intención de permanecer juntos y
compartir sus vidas como marido y mujer,
ha existido desde hace mucho tiempo
y la legislación ha intentado “adaptarse”
a los procesos que modifican la concepción
tradicional de familia


La familia entendida en sentido estricto
como el organismo social conformado por
los cónyuges y los hijos generados en ese
matrimonio, o bien por ellos adoptados,
ha sido objeto de múltiples transformaciones
que la los “tradicionalistas” observan
con malos ojos


La realidad familiar nos muestra que es imposible
percibir a la familia como aquella que
solamente tiene su origen en el matrimonio,
en virtud de que existen núcleos familiares
que son creados a través de voluntades
particulares, en las que no tiene injerencia
un representante del estado, y sin embargo,
requieren de protección legislativa por
formar parte de la sociedad


Esta necesidad de tutela jurídica, de protección
del ordenamiento jurídico, constituye la
preocupación central, que la ha llevado
a ocuparse del estudio del concubinato


“DIVORCIO INCAUSADO”, Diccionario de la
Lengua española lo define como “la acción
y efecto de divorciar o divorciarse”


Mientras que divorciar significa:


“1. Dicho de un juez competente: Disolver
o separar, por sentencia, el matrimonio, con
cese efectivo de la convivencia conyugal”


“2. Separar, apartar personas que vivían
en estrecha relación, o cosas que
estaban o debían estar juntas


“3. Dicho de una persona: Obtener
el divorcio legal de su cónyuge”


La palabra “divorcio” deriva del latín
divortium; expresa el punto de intersección
de dos caminos que se alejan en dirección opuesta


Jurídicamente representa la ruptura del
vínculo matrimonial que une a los cónyuges;
después de haber seguido el mismo camino,
cada cual se marcha por su lado y ya no queda
nada común, recoge todos los medios que
permiten romper de modo definitivo
la unión matrimonial


La Enciclopedia Jurídico Mexicana lo define
como “la forma legal de extinguir un matrimonio
válido en vida de los cónyuges, fundada
en las causales previstas por la ley y decretada
por autoridad competente, la cual permite
a los divorciados volverse a casar”


Se trata de la ruptura del vínculo matrimonial
pronunciada por decisión judicial como
consecuencia de la demanda interpuesta
por uno de los esposos o por ambos, fundada
en las causales que la ley determina y en
virtud de la cual los cónyuges quedan
en aptitud de contraer otro


El maestro Eduardo pallares lo describe
como “un acto jurisdiccional o administrativo
por virtud del cual se disuelve el vínculo
conyugal y el contrato de matrimonio deja
de producir sus efectos tanto con relación
a los cónyuges como respecto de terceros”,
concepto que ha sido adoptado por la primera
Sala de este Alto Tribunal


En general, el divorcio puede definirse
como “la disolución del vínculo matrimonial,
decretada por autoridad administrativa
o jurisdiccional en virtud de la cual se da por
terminada la vida en común de los cónyuges
y algunos de los derechos y obligaciones
derivados de aquel quedando éstos en aptitud
legal de contraer un nuevo matrimonio”


La primera parte del artículo 266 del Código
Civil para Distrito Federal establece
que el “divorcio disuelve el vínculo matrimonial
y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro”


De lo anterior se advierten dos efectos:


1.   Se extingue el vínculo jurídico que obliga
a los cónyuges (negativo) y,

2.   Se les otorga plena capacidad para volverla
contraer matrimonio (positivo)


Así, el matrimonio, como pilar familiar,
ha sido jurídicamente protegido, aunque
se ha debido reconocer que, en ocasiones,
la convivencia entre los cónyuges ya no
es posible, cualquiera que sea la causa


De tal suerte, que se torna necesario
regular la separación y sus consecuencias


En este tenor, el divorcio es el reconocimiento
por parte del estado de una situación de
hecho o, como lo ha manifestado la primera
Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,”…
la expresión legal y final de una ruptura
de hecho preexistente, así como la manifestación
jurídica de una situación conyugal irregular…”


Por mucho tiempo fueron dos los tipos de
divorcio que se previeron en nuestra legislación
sustantiva civil, tanto federal como local:
el voluntario o por mutuo consentimiento
judicial o administrativo, y el necesario
o contencioso


Sin embargo, como consecuencia de las
reformas al Código Civil para el Distrito Federal,
vigentes a partir del 4 de octubre de 2008,
se ha implementado una nueva forma de
disolución del matrimonio: el divorcio incausado


Este, también conocido como divorcio sin
expresión de causa, por declaración unilateral
o exprés, hasta el momento ha sido poco estudiado


Es por tal motivo esta recopilación que se
presenta y que constituye la Serie “C”
Familiar, se dedica al análisis de esta vía
de disolución del vínculo conyugal


Con apoyo en la legislación, en los criterios
de interpretación emitidos por los Tribunales
de la Federación y en la doctrina, se abordan
aspectos como el concepto, antecedentes,
marco jurídico, requisitos de procedencia,
sustanciación y efectos del divorcio incausado,
en espera de que con ello se contribuya
a su mayor conocimiento por parte de los
estudiosos del derecho del público en general


El artículo 4º. De la Constitución Política
de los estados Unidos Mexicanos establece
que la ley debe proteger la organización
y el desarrollo de la familia, deber que no
se constriñe a la protección de la familia
como institución, sino que se amplía hacia
las personas que la conforman, ya que
en la medida en que éstas mantengan un
nivel satisfactorio de bienestar, también
lo tendrá el núcleo del que forman parte
y, por ende, la sociedad en su conjunto


ÍNDICE:


MATRIMONIO

El matrimonio y la constitución de la familia

Antecedentes históricos y evolución:

Orígenes del matrimonio

Evolución del matrimonio en el Derecho Mexicano


MATRIMONIO:

1.   CONCEPTO:

Naturaleza jurídica del matrimonio

2.   MARCO JURÍDICO:

a.   Derecho internacional
b.   Derecho interno

3.   LOS ESPONSALES:

4.   REQUISITOS PARA SU CELEBRACIÓN

a.   Requisitos de existencia
b.   Requisitos de validez
c.   Otros

5.   IMPEDIMENTOS:

a.   Supuestos
b.   Clasificación
c.   Sustanciación

6.   FORMA EN QUE SE CELEBRA:

7.   MATRIMONIO ENTRE MEXICANOS CELEBRADO
EN EL EXTRANJERO

8.   MATRIMONIO DE EXTRANJEROS Y DE EXTRANJEROS
CON MEXICANOS CELEBRADO EN MÉXICO

9.   DERECHOS – DEBERES DE LOS CÓNYUGES

10.EFECTOS DEL MATRIMONIO EN RELACIÓN CON LOS HIJOS

11.EFECTOS DEL MATRIMONIO EN RELACIÓN CON LOS BIENES

a.   Capitulaciones matrimoniales
b.   Regímenes patrimoniales
I.             Sociedad conyugal
II.            Separación de bienes

12.EFECTOS DEL MATRIMONIO EN OTRAS MATERIAS

13.FORMAS EN QUE SE CONCLUYE


a.   Divorcio
b.   Nulidad
c.   Muerte de uno de los cónyuges
d.   Declaración de ausencia
e.   Presunción de muerte de uno de
cónyuges decretada judicialmente

CONCUBINATO:

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

LA FAMILIA Y SUS FUENTES

EL CONCUBINATO – CONCEPTO

ELEMENTOS SUBJETIVOS:

Ausencia de formalidad y solemnidad
Relaciones sexuales
Affectio Maritalis
Ausencia de impedimentos para contraer matrimonio:
Unicidad

MARCO JURÍDICO:

a.   Derecho Internacional
b.   Derecho interno

OBJETO:

NATURALEZA JURÍDICA:

CARACTERÍSTICAS:

ELEMENTOS DE EXISTENCIA:

FORMAS DE ACREDITARSE:

EFECTOS:
a.   En relación con los concubinos
b.   En relación con los hijos
c.   En relación con los bienes
d.   En relación con terceros

CAUSAS DE TERMINACIÓN:

Epilogo


DIVORCIO INCAUSADO:

1.   CONCEPTO DE MATRIMONIO
2.   REQUISITOS PARA SU CELEBRACIÓN
3.   DERECHOS – DEBERES DE LOS CÓNYUGES
4.   REGIMENES PATRIMONIALES:

DIVORCIO INCAUSADO – CONCEPTO:

1.   MARCO JURÍDICO:

a.   Derecho Internacional
b.   Derecho Interno

2.   CLASIFICACIÓN:

a.   Divorcio necesario
b.   Divorcio por mutuo consentimiento
c.   Divorcio incausado

3.   ANTECEDENTES

4.   MARCO JURÍDICO


5.   REQUISITOS DE PROCEDENCIA

6.   SUSTANCIACIÓN


7.   EFECTOS:

a.   Efectos
b.   Efectos definitivos
Epilogo

EL DIVORCIO INCAUSADO EN MÉXICO

El divorcio incausado y sus costos implícitos


FICHA TÉCNICA:


1 Libro
328 Páginas
En formato de 17 por 23 por 2 cm
Pasta gruesa en color plastificado
Primera edición 2020
Responsable Autor y Editor Emiliano
Martínez Coronado
Editor alLímite Jurídica




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Si es de su agrado está espléndida obra:

MATRIMONIO CONCUBINATO
Y DIVORCIO INCAUSADO

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ALFONSO JAVIER MONÁRREZ RÍOS

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MATRIMONIO CONCUBINATO
Y DIVORCIO INCAUSADO

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Quedo a sus órdenes; gracias

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    Serie A

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    Serie D

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