12 FIGURAS PARA COMBATIR
A LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
DESAPARICIÓN
FORZADA
DE PERSONAS
1 Libro Autor Carlos Quintino Zepeda Editor Flores
Primera edición
Este libro muy polémico se divide en 4 temas
En el tema número 1, con
una perspectiva histórica de varias delaciones,
se muestra: cómo la palabra
“delación” evolucionó hasta
configurar la acción delatora
En el tema número 2, se
regula la figura de la delación a
partir de la hipótesis típica de una ley
federal
En el tema número 3, se
traza una perspectiva internacional
cuando se es víctima de un crimen por la
desaparición forzada de personas
En el tema número cuatro, se
emerge la figura del
imputado colaborador con la verdad en tratándose de
un
crimen de lesa humanidad como lo es la desaparición
forzada de seres humanos
En
este libro: 12 FIGURAS PARA COMBATIR A LA
DELINCUENCIA
ORGANIZADA DESAPARICIÓN FORZADA
DE PERSONAS; se usan 12 figuras para COMBATIR A
LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
Asimismo,
el lector podrá examinar su propio perfil:
abogado victimal, asesor jurídico,
juez de control,
defensor común o agente del
Ministerio Público Federal
Desde
el perfil del defensor común, se comienza por
saber si dos o más figuras son
o
no son compatibles
Al
examinar la función y la utilidad de las figuras siguientes;
figura del
imputado arrepentido y la figura del no-imputado
colaborador en la persecución
de la delincuencia organizada
No
existe ninguna duda
Ambas
figuras son compatibles entre sí
La
regla es simple y eficaz cuando se busca la función
y la utilidad de las
figuras
De
modo que algunas figuras son más compatibles en
su función e incompatibles en
su uso
Así
por ejemplo, la figura del testigo protegido y la
figura del agente encubierto,
respectivamente, se usan
para combatir a los otros integrantes de la delincuencia
organizada y, por tal motivo, la ley lo exime
de su responsabilidad penal
En
atención a lo anterior, el artículo 124 del
CÓDIGO
NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES (2014 y en su
última edición 2018 que sigue
igual), contiene la advertencia
siguiente: “la defensa de varios
imputados en un mismo
proceso por un defensor común no será admisible, a menos
que se acredite que no existe incompatibilidad ni conflicto
de intereses de las
defensas de los imputados
Si se autoriza al defensor común y la incompatibilidad
se advierte en el curso del proceso, será corregida
de oficio y se proveerá lo
necesario
para remplazar al defensor”
Se
puede anticipar la compatibilidad de las figuras
que combaten a la delincuencia
organizada, sobre
todo, si uno o varios imputados manifiestan
su interés en la
defensa común
La
defensa técnica del defensor común consiste en
usar las figuras que sean
compatibles entre sí
La
técnica consiste en probar que el imputado X seleccionó
la figura “A” la cual
es compatible con la figura “B”
que ha seleccionado el coimputado “X”
De
acuerdo con esto, el perfil de un defensor común,
es más comprensible
No
quisiera terminar con estas líneas, sin decir que la
verdad es relevante en el
crimen de lesa humanidad
como lo es la desaparición forzada de personas
De
lo escrito en la contraportada del libro: 12 FIGURAS
PARA COMBATIR A LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS
En su prólogo se anota:
Los
supuestos simples están construidos por una sola hipótesis
Por
ahora, elijo la figura del imputado informante
contenida en el artículo 256,
fracción V, del CÓDIGO
NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS
PENALES (2014 y reformada
–precisada- el 17 de junio 2016)
Entre
el supuesto y su realización se establece
una relación contingente
La
relación entre hecho y realidad debe contener los
elementos que componen el
supuesto normativo
Por
lo tanto, cuando se habla de la figura del imputado
informante se debe tomar en
cuenta que una cosa es
el individuo considerado autor del delito sea aquel que
lo ha cometido realmente, y otra que el individuo
presente en el proceso sea
aquel
ue se considera autor del delito
Este
supuesto se compone de los siguientes elementos:
1.
La
detención de un imputado diverso, siempre que
el imputado informante aporte información
esencial
para la persecución de un delito más graves del que se
le imputa y se
comprometa a un comparecer en juicio, y…
2.-
La acción defensiva del imputado informante se
ajusta a los verbos rectores:
“aportar”
y “proporcionar”
Los
supuestos complejos conceptúan vario hechos
como condiciones de las
consecuencias
No
debe olvidarse que varios imputados tienen
un interés diferente en el proceso
Por
esta razón, el defensor común no podrá defender a
varios imputados que tengan
un conflicto de intereses
en la defensa de un imputado informante
Al
valorar la acción defensiva de varios imputados,
el juez de control debe tener
en cuenta la advertencia
del artículo 124 del CÓDIGO
NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS
PENALES, que se lee como sigue:
“La
defensa de varios imputados en un mismo proceso
por un defensor común no será
admisible, a menos
que se acredite que no existe compatibilidad ni conflicto
de
intereses de las defensas de los imputados
Si se autoriza el defensor común y
la incompatibilidad se advierte
en el curso del proceso será corregida de
oficio y se
proveerá lo necesario para reemplazar al defensor”
-La
cual no sido modificada hasta la edición del 2018
anotación personal-
El
defensor común podrá asegurar podrá asegurar la defensa
técnica de un imputado
informante cuando:
1. Aporte información esencial para
la persecución
de un delito más grave
2. Proporcione información para la
detención de
un imputado diverso, y
3. Cuando el imputado informante
comparezca
en la audiencia de juicio
Así
las cosas, el Ministerio Público aplicará el criterio de oportunidad a favor
del imputado informante
De
este modo, la acción defensiva, de varios imputados
se ajustará a lo dispuesto
por el artículo 20,
párrafo primero, de la CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS (2017), el cual se lee como
sigue: “El
proceso penal será acusatorio y oral
Se regirá por los principios de
publicidad, contradicción,
continuidad e inmediación”
Dicho
brevemente, no es posible asumir una defensa común
cuando se presente una
incompatibilidad o conflicto de
intereses en la defensa de varios imputados
FIGURA DEL IMPUTADO
COLABORADOR EN LA PERSECUCIÓN DE LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
La
figura del imputado colaborador en la persecución de la
delincuencia organizada
se encuentra prevista en cinco
hipótesis típicas, contenidas en el artículo 35
de la
LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,
bajo
la hipótesis típica, marcada en la fracción II,
se desprenden los siguientes
elementos:
1. Que exista una averiguación
previa en la que el
colaborador esté implicado
2. Que el colaborador aporte
indicios para la consignación
de otros miembros de la delincuencia organizada
3. Que el colaborador reciba un
beneficio punitivo consistente
en reducir la pena que le correspondería por los
delitos po
él cometidos, hasta dos terceras partes
En
esta figura, no se aplica un criterio de oportunidad sino
un principio de
oportunidad, dado que, el beneficio es punitivo
FIGURA DEL COIMPUTADO
COLABORADOR CON LA VERDAD POR CRIMEN DE LESA HUMANIDAD
Como
era posible prever, se trata de incorporar la figura del
coimputado colaborador
con la verdad
por un crimen de lesa humanidad
El
verbo rector es “aportar” datos de prueba de los hechos
típicos cometidos por
los otros integrantes de la
delincuencia organizada, tales como:
1. Hallazgo de una fosa
2. Hallazgo de un cadáver
3. Hallazgo de un campo de
concentración
4. Hallazgo de una cámara de gas
5. Hallazgo de un crematorio de
cadáveres
Lo
anterior, después de localizar el cuerpo, es decir, la
evidencia de la muerte,
que dé fin a la prolongada búsqueda
En
efecto, el acceso a la información respecto de una persona
desaparecida es un
derecho humano
Y
más…
ÍNDICE:
Prologo
Sinopsis
Introducción
TEMA 1
PERSPECTIVA HISTÓRICA DE LA ACCIÓN DELATORIA:
1.1
Egipto
1.2
Grecia
1.3
Roma
1.4
Edad
media
1.5
Edad
moderna
1.6
Época
actual
TEMA 2
MARCO JURÍDICO EN TORNO A LAS FIGURAS JURÍDICAS: TESTIGO PROTEGIDO,
AGENTE ENCUBIERTO, DELEGACIÓN E IMPUTADO ARREPENTIDO
2.1
Testigo protegido
2.2
Agente encubierto
2.3
Imputado arrepentido
2.4
Imputado colaborador
2.5
Denuncia anónima
2.6
Diferencia entre el derecho penal del acto y el derecho
penal de autor
2.7
Datos de prueba
2.8
Derecho penal del acto
2.9
El principio de reserva
TEMA 3
CÓMO SE REGULA LA FIGURA DE LA DELACIÓN
3.1
Breve
interrogatorio en torno a la
figura de la delegación
3.2
Principio
de presunción de inocencia
3.3
Principio
de oportunidad
3.4
Diferencia
entre el principio de oportunidad y el
criterio de oportunidad
3.5
Excepción
a los principios penales
3.6
Hipótesis
típica de una ley federal
3.7
Perspectiva
internacional sobre el crimen de
desaparición forzada de personas
TEMA 4
PROPUESTA PARA QUE EL CONGRESO REGULE
LA FIGURA DE LA DELEGACIÓN
DESDE LA HIPÓTESIS
TÍPICA DE UNA LEY FEDERAL
4.1
México
4.2
Venezuela: del principio de oportunidad
4.3
argentina
4.4
Estados Unidos de América
4.5
Alemania
4.6
España
4.7
China
4.8
Principio de economía procesal
4.9
propuesta. Inclusión de la figura de un coimputado que
coopere con la verdad en
un crimen de lesa humanidad
4.10
Breve análisis de siete supuestos que combaten
a la delincuencia organizada
Primer
supuesto
Segundo
supuesto
Tercer
supuesto
Cuarto
supuesto
Quinto
supuesto
Sexto
supuesto
Séptimo
supuesto
4.11
Figura (juez sin rostro)
CONCLUSIONES
Tema 1
La perspectiva histórica de la acción delatora
Tema 2
Cómo se regula la delación
Tema 3
Marco jurídico en torno a las figuras jurídicas. Testigo protegido,
agente encubierto, delación e imputado arrepentido
Tema 4
Regulación de la figura de la delación desde la hipótesis típica
de una Ley Federal
CONCLUSIÓN
GENERAL
BIBLIOGRAFÍA
Hemerografía
Legislación
comparada
FICHA TÉCNICA:
1
Libro
144
páginas
En
formato de 7.2 por 23.2 por 8 cm
Pasta
delgada en color plastificada
Primera
edición 2017
ISBN
978-607-610-485-9
Autor
Carlos Quintino Zepeda
Editor
Flores
NOVEDAD
DISTRIBUIDOR
ABC Ediciones
Si es de su
agrado está espléndida obra:
12 FIGURAS PARA COMBATIR
A LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
DESAPARICIÓN
FORZADA
DE PERSONAS
1 Libro Autor Carlos Quintino Zepeda Editor
Flores
Primera edición
Se puede
comunicar al Teléfono: 7146961
aquí en Culiacán, Sinaloa, México
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ALFONSO
JAVIER MONÁRREZ RÍOS
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12 FIGURAS PARA COMBATIR
A LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
DESAPARICIÓN
FORZADA
DE PERSONAS
1 Libro Autor Carlos Quintino Zepeda Editor
Flores
Primera edición
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órdenes; gracias
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