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AMPARO INDIRECTO CONTRA ACTOS DE IMPOSIBLE REPARACIÓN PERSPECTIVA JURISPRUDENCIAL


AMPARO INDIRECTO CONTRA ACTOS DE IMPOSIBLE REPARACIÓN PERSPECTIVA JURISPRUDENCIAL
1 Libro más un libro Electrónico Incluido Gratis Autor Fernando Sánchez Calderón Editor Tirant lo Blanch
PRIMERA EDICIÓN 2019





En México, el juicio de amparo es el medio
extraordinario de defensa previsto constitucionalmente,
cuyo objeto radica en proteger a los gobernados
en el disfrute de sus derechos humanos
reconocidos en la Constitución y en los
Tratados Internacionales en los que el Estado
Mexicano es parte; ello, frente a todo acto
de autoridad que pretende vulnerar tales
prerrogativas. En específico, cuando se
sigue un juicio ante los tribunales civiles,
penales, administrativos, agrarios o del trabajo,
y durante ese procedimiento la autoridad
dicta resoluciones contrarias a nuestros
intereses, ello puede remediarse con
la interposición de los recursos ordinarios
que la ley prevé, pero cuando subsiste esa
afectación, la última opción radica en
promover una demanda de amparo en
contra de esos actos procesales; sin embargo,
en la mayoría de los casos, es desechada o, en
su momento, se sobresee en el amparo; la razón
consiste, en muchos casos, en que el acto reclamado
no resulta de imposible reparación. ¿Qué es eso?
¿desde cuándo surgió tal exigencia?
¿cómo ha evolucionado legal e interpretativamente?
¿cómo definir cuándo los actos procesales
sí reúnen esa trascendencia? ¿Existe un catálogo?
jurisprudencialmente ¿qué actos resultan
de imposible reparación?

Estos son una parte de los cuestionamientos
que se van resolviendo a través de la lectura
de esta obra, en donde el lector encontrará
de forma práctica las herramientas eficaces que
le permitirán identificar cuáles son esos elementos
esenciales para calificar a un acto procesal como
de imposible reparación, y así diferenciar fácilmente
qué actos en específico, en todas las materias,
cumplen o no con tal grado de afectación




El juicio de amparo representa una institución
angular del orden jurídico mexicano,
en tanto que su principal objeto constituye
la protección de los derechos fundamentales
de los individuos

A través de este medio los gobernados
pueden impugnar las normas generales,
actos u omisiones que estimen violatorios
de su esfera jurídica; por lo que se erige
como una de las herramientas jurídicas más
utilizadas para la defensa pacifica
de los derechos humanos

Tal es la trascendencia de este mecanismo
que no es posible delimitarlo exclusivamente
a un ámbito doméstico, sino que su relevancia
ha rebasado fronteras, tan es así que su
instrumentación ha servido como modelo
para la redacción del artículo 8 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos,
y también como inspiración para que en
diversas latitudes globales se reproduzcan
dispositivos similares, a través de los cuales
se persigue una misma finalidad, la protección
jurisdiccional de los derechos fundamentales

No obstante, pese a su histórica previsión
dentro el orden jurídico mexicano, en tanto
que el juicio de amparo más de ciento
cincuenta años de existencia en nuestro
sistema legal, y que al respeto se han escrito
una enorme cantidad de obras relacionadas
con su estudio, ya sea desde la docencia
o en las trincheras de los juzgados y tribunales
federales, - como es el caso de quien escribió
con gran claridad y madurez jurídica el
presente libro -, sabemos de la complejidad
que envuelve a esta institución, cuyas reglas
de tramitación continúan siendo objeto de
reformas legales e interpretación judicial

La complicación que reviste el juicio de amparo
mexicano se debe en gran medida a la
existencia de la figura de la improcedencia

En ocasiones hemos escuchado por parte
de los litigantes que el juicio de amparo
resulta ser “muy técnico”, precisamente ante
la dificultad de poder discernir en qué momento
se sitúan en alguna de las hipótesis comprendidas
en el artículo 61 de la Ley Reglamentaria
de los artículos 103 y 107 de la Constitución
Federal; mientras que en tratándose de la
Judicatura a menudo se esbozan dentro
del texto de las resoluciones jurisdiccionales
palabras sacramentales como “atendiendo
a la correcta técnica del juicio de amparo”,
para que posteriormente los operadores
jurídicos tengan por actualizada alguna
de las causales de mérito

La trascendencia de la figura de la improcedencia
se genera especialmente a partir de dos
circunstancias íntimamente vinculadas

La primera como consecuencia del constante
abuso del proceso de amparo y, la segunda,
porque derivado de esta promoción arbitraria,
se generan cantidades desmedidas de trabajo,
por lo que la improcedencia se torna en
un mecanismos muy atractivo mediante el
cual se posibilita a los juzgadores abatir
el posible rezago que tengan que enfrentar
ante el cumulo de asuntos turnados

Lo anterior ha propiciado el levantamiento
de voces en el sentido de que la práctica
predomina una cultura que privilegia la búsqueda
de razones para no abordar el estudio
de fondo de los asuntos, ante la falta de
oportunidades o pertinencia
de la acción intentada

Es justo por esta razón que el estudio
de la improcedencia resulta tan importante,
pues del dominio de esos tecnicismos dependerá
el éxito de las pretensiones del quejoso
dentro del juicio de amparo

De manera particular, en razón de la diversidad
de normas, actos u omisiones que pueden
combatirse por medio del juicio de amparo
en la vía indirecta, su tramitación y,
concretamente, los supuestos de procedencia
enfrentan constantes retos de diseño e interpretación

En la presente obra EL AMPARO INDIRECTO
CONTRA ACTOS DE IMPOSIBLE REPARACIÓN
PERSPECTIVA JURISPRUDENCIAL, el magistrado Fernando
Sánchez Calderón se avoca a la exposición
en que se ha ido delineando legislativa y
jurisprudencialmente la procedencia del
juicio de amparo indirecto cuando se reclamen
actos que se susciten durante la tramitación
de un procedimiento judicial o jurisdiccional

El autor refiere que una de las motivaciones
para escribir sobre particular temática,
se generó a partir de su actividad como
docente, específicamente de algunas
genuinas inquietudes de sus alumnos,
entre otras: ¿por qué en ocasiones procede,
y en otras no, el juicio de amparo indirecto
en contra actos que pudiera pensarse que son similares?
O ¿por qué en contra de un mismo acto antes
sí procedía el juicio de amparo indirecto, y ahora no?


Interrogantes que, si bien fueron esbozadas
por jóvenes que de cierta forma no han
culminado su formación profesional, lo
cierto es que también podrían hacerse
extensivas a los abogados en general, dado
que, como previamente mencioné, la técnica
del juicio de amparo no hace distinciones en
cuanto a títulos de grado, pues en la práctica
hasta el más docto abogado puede verse
derrotado ante la actualización de una
de las causales de improcedencia

Efectivamente, a los abogados, justiciables,
y operadores del derecho, en ocasiones
se les dificulta identificar con precisión,
cuáles son los actos que generan una
imposibilidad reparación, e incluso,
comúnmente son confundidos con
violaciones procesales, que deben
reservarse para ser reclamadas junto
con la resolución definitiva en amparo directo

Sin embargo, de la lectura de la presente
Obra AMPARO INDIRECTO, la respuesta a estas interrogantes
se encuentra en el dinamismo conceptual
sobre los actos que pueden vulnerar la esfera
jurídica de los gobernados, y cuya trascendencia
ha impactado en la propia procedencia del juicio
de amparo indirecto, ya sea por medio de
cambios legislativos, o por medio de la
interpretación a cargo de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación

Así el autor hace alusión a la acepción
que ha propiciado un próspero debate
en el ámbito judicial, que tienen
su origen en el texto constitucional aprobado
en 1917, en el cual se incluyó el concepto
de actos de imposible reparación, como
elemento de procedencia del
juicio de amparo indirecto

No obstante, previo al estudio en el que
se propone identificar las distintas lógicas
sobre las que se han construido los criterios
jurisprudenciales por el tribunal constitucional
a lo largo de sus épocas, el autor nos presenta
un puntual recorrido de la forma en que
se ha regulado constitucional y legalmente
la procedencia del llamado amparo judicial

De manera preliminar el supuesto de
procedencia al que se dedica la presente
obra, podemos mencionar que el autor,
con alarde de maestría histórica y destreza
jurisdiccional, resalta el hecho de que
el juicio de amparo, en su primer diseño
constitucional de 1824, no se concibió como
un medio para controvertir un procedimiento
judicial, sino para proteger a los individuos
de las violaciones cometidas por los
poderes Legislativo y ejecutivo

La inclusión de los actos jurisdiccionales
como objeto de impugnación, ciertamente
se incluirá a nivel constitucional hasta
el año de 1857, y en 1861 mediante
la llamada primera Ley de Amparo,
aspecto sobre el que se enfoca en específico
el contexto histórico de la obra, es decir,
de la procedencia del juicio de garantías en
contra de actos dictados dentro de juicio

Una vez dilucidado el marco histórico
y la evolución del juicio de amparo, el autor
nos lleva por un recorrido claro y sencillo
en el sendero de la procedencia del juicio
de amparo indirecto, y de manera
destacada nos permite conocer su naturaleza
excepcional en tratándose de actuaciones
intermedias dictadas en los procedimientos
seguidos en forma de juicio ante autoridad
distintas de los tribunales judiciales,
administrativos o del trabajo; así como actos
fuera de juicio o en ejecución de sentencia

De esta manera, luego de situar el
supuesto de procedencia al que se
dedica la presente obra, se desarrolla
el que constituye propiamente el objeto
de estudio, esto es, la interpretación por
la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
como ente rector de los criterios en el Poder
Judicial Federal; en relación con la
configuración de la noción de
actos de imposible reparación

Magistralmente, el autor nos explica
los diferentes momentos en que se ha
interpretado jurisprudencialmente esa
acepción, lo cual es fundamental para
entender cómo ha ido modificándose
el concepto hasta nuestros días, y la
motivación detrás de cada una de las
posturas, pues no debemos olvidar que
los fenómenos jurídicos son dinámicos
y ofrecen posibilidades infinitas de reflexión

Es aquí donde radica una de las mayores
virtudes de la presente obra, en tanto que
el autor detalla el entendimiento que
en su momento acompañaba a los
criterios adoptados por las diversas
integraciones que ha tenido el Tribunal
Constitucional a través de sus épocas
(a partir de la Quinta Época hasta la
presente Décima Época), lo que nos
permite apreciar la realidad cambiante del Derecho

Por mencionar algunas – y a manera de no
relevar el valioso contenido de la obra cuyo
análisis merita ser abordado en su
integridad -, brevemente podemos
destacar las referencias acerca de la
Quinta Época, en donde en un primer
momento se concluyó que por actos de
imposible restituir a su estado previo
si se llegaran a consumar, para luego
modificar ese concepto y hacer referencia
a aquellos que afectaban derechos procesales
de modo tal que no pudieran verse…





ÍNDICE


PRÓLOGO

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO 1

Antecedentes constitucionales y legales del juicio
de amparo contra actos en juicio que resulten
de imposible reparación

1.1.    Antecedentes constitucionales del juicio de amparo

1.1.1.    Constitución de 1824

1.1.2.    Constitución de 1857

a)    Primera Reforma al artículo 102 de la Constitución de 1857

b)    Segunda Reforma al artículo 102
de la Constitución de 1857

1.1.3.    Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos de 5 de febrero de 1917

a)    Reformas efectuadas a los artículos 103
y 107 hasta la actualidad

1.2.    Legislaciones Reglamentarias del Juicio de Amparo

1.2.1.    Ley Orgánica Reglamentaria de los Artículos
101 y 102 de la Constitución (del año 1861)

1.2.2.    Ley Orgánica Constitucional sobre el Recurso
de Amparo (del año 1869)

1.2.3.    Ley Orgánica de los Artículos 101 y 102 de
la Constitución Federal de 5 de febrero
de 1857 (del año 1882)

1.2.4.    Código de Procedimientos Civiles
(años 1895-1897)

1.2.5.    Código Federal de Procedimientos
Civiles (del año 1908)

1.2.6.    Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y
104 de la Constitución Federal (del año 1919)

1.2.7.    Ley de Amparo, Reglamentaria de los
Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos (del año 1936)

1.2.8.    Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos
103 y 107 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos (del año 2013)

CAPÍTULO 2


Hipótesis de procedencia del Juicio de Amparo Indirecto,
según dispone el artículo 107 de la Ley de Amparo

2.1.    Contra normas generales que por su sola
entrada en vigor o con motivo del primer acto de
su aplicación, causen perjuicio al quejoso

2.2.    Actos u omisiones que provengan de
autoridades distintas de los tribunales judiciales,
administrativas o del trabajo

2.2.1.    Cuando tales actos u omisiones formen
parte de un procedimiento administrativo seguido
en forma de juicio, procederá el juicio de amparo indirecto

a)    Contra la resolución definitiva por violaciones
contenidas en ella, pudiendo reclamar en la propia
demanda las transgresiones acontecidas durante
ese procedimiento, siempre que hubieren dejado
al quejoso sin defensa y trascendido al resultado del fallo

b)    Contra actos cometidos durante ese
procedimiento que sean de imposible reparación

c)    Contra actos cometidos durante ese
procedimiento que afecten a personas extrañas

2.3.    Contra actos de tribunales judiciales,
administrativos, agrarios o del trabajo realizados
fuera de juicio, después de concluido, en ejecución
de sentencia y en período de remate

2.3.1.    Actos fuera de juicio

2.3.2.    Actos después de concluido

2.3.3.    En la etapa de ejecución de sentencia

2.3.4.    En los procedimientos de remate

2.4.    Contra actos en juicio cuyos efectos
sean de imposible reparación

2.5.    Contra actos dentro o fuera de juicio
que afecten a personas extrañas

2.5.1.    Persona extraña típica, natural
o en estricto sentido

2.5.2.    Persona extraña a juicio equiparable
o por equiparación

2.6.    Contra las omisiones del Ministerio Público
en la investigación de los delitos, así como las resoluciones
de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción
penal, o por suspensión de procedimiento cuando
no esté satisfecha la reparación del daño

2.7.    Contra actos de autoridad que determinen inhibir
o declinar la competencia o el conocimiento de un asunto

2.8.    Contra normas generales, actos u omisiones
de la Comisión Federal de Competencia Económica
y del Instituto Federal de Telecomunicaciones

CAPÍTULO 3


Evolución jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, respecto a la procedencia del amparo
en contra de actos en juicio cuyos efectos
sean de imposible reparación

3.1.    Criterios de la Quinta a la Séptima Época

3.2.    Definición en la Octava Época

3.3.    Cambio de criterio en la Novena Época

3.4.    Criterio de la Décima Época (vigente)

CAPÍTULO 4

Actos concretos contra los cuales procede el juicio de amparo indirecto por ser de imposible reparación

4.1.    Puntualización previa o punto de partida

4.2.     Atendiendo a la materia de donde emana el acto reclamado

4.2.1.    Penal
a)    Auto de vinculación a proceso

b)    Conflicto competencial por razón de territorio, cuando tenga como consecuencia el traslado del quejoso, por razones de seguridad, de un centro penitenciario a otro, contra la resolución que lo dirime

c)    Incidente de libertad por desvanecimiento de datos,
contra la resolución que lo define

d)    Libertad provisional del quejoso en un proceso
penal, la resolución que fija el monto y la forma
de la garantía para obtenerla

e)    Reposición del proceso penal el que el imputado
se encuentra en reclusión preventiva, contra la
resolución del tribunal de alzada que la ordena oficiosamente

f)    Orden de arraigo domiciliario

4.2.2.    Administrativo

a)    Clausura provisional dictada en un procedimiento
administrativo seguido en forma de juicio, contra
la resolución intermedia que la decreta como
medida de seguridad o preventiva

b)    Embargo de cuentas bancarias decretado
en el procedimiento administrativo de ejecución

c)    Interventor con cargo a la caja, contra su
designación dentro del procedimiento
administrativo de ejecución

d)    Orden de visita domiciliaria

e)    Peritos designados por el tribunal agrario,
la resolución que impone a las partes la obligación
de pagar los honorarios de aquellos

f)    Procedimiento administrativo de separación
de los miembros del servicio profesional de carrera
ministerial, policial y pericial de la entonces
Procuraduría General de la República,
contra el acuerdo con el que se da inicio

g)    Procedimiento administrativo de separación
del cargo de los servidores públicos sujetos
al sistema de carrera ministerial, policial y pericial,
en los tres niveles de gobierno, contra
el acuerdo con el que se da inicio

4.2.3.    Civil

a)    Admisión de una demanda de acción colectiva
en sentido estricto o individual homogénea, contra
el auto que ordena la forma en que se notificará
tal admisión a los miembros que conforman la
colectividad afectada procede amparo indirecto

b)    Alimentos provisionales, contra la determinación
que los decreta y fija su monto

c)    Costas decretadas en un incidente dentro del juicio

Si por el tema a debate en el incidente, se trata de
un acto de imposible reparación, procederá el juicio
de amparo indirecto en contra de la interlocutoria
firme, pero si la materia de fondo del incidente implica
un acto intraprocesal, no procederá el amparo indirecto

d)    Custodia provisional de los menores, contra
la resolución que la determina

e)    Embargo sobre inmuebles del deudor en el registro
público de la propiedad, la negativa
del juez a ordenar su inscripción

f)    Inadmisión de la apelación interpuesta en contra
del auto que admite la demanda en un
juicio ejecutivo mercantil

g)    Perito tercero en discordia en juicio mercantil,
la resolución sin ulterior recurso que aprueba el monto
de sus honorarios y ordena a las partes su pago

h)    Prueba pericial en materia de genética, a efecto
de dilucidar la existencia o no de un vínculo
o parentesco por consanguinidad

La determinación por virtud de la cual
se admite y ordena su desahogo

i)    Prueba testimonial a cargo de los menores
hijos sobre los hechos materia del divorcio
necesario de sus padres, contra la determinación
que admite su desahogo

j)    Prueba psicológica a cargo de los menores,
contra la determinación que admite su desahogo

k)    Reconvención, contra la resolución que
confirma su desechamiento

l)    Reposición del procedimiento de remate en el
que ya se había adjudicado el bien objeto de la venta
judicial, contra la sentencia de apelación que la ordena

m)    Vía sumaria hipotecaria, la resolución que
confirma la interlocutoria que desestima
la excepción de improcedencia de esa vía

4.2.4.    Laboral o del trabajo

a)    Dilación procesal en juicios en materia del trabajo,
siempre que hubieren transcurrido más de cuarenta
y cinco días naturales contados a partir de la fecha
en la que concluyó el plazo en el que legalmente
debieron emitirse los proveídos, laudos
o celebrarse las diligencias

b)    Prueba pericial médica en materia laboral,
la determinación de la junta que condiciona al
trabajador a trasladarse a un lugar diverso al en
que reside a efecto de desahogarla

4.2.5.    Común

a)    Arresto como medida de apremio, la
determinación que apercibe con su imposición,
así como la que ordena hacerlo efectivo

b)    Dilación procesal en los juicios, procedencia
del amparo indirecto cuando se advierta que
existe una clara dilación del procedimiento
o su paralización total

c)    Ejecución de sentencia, contra los actos dictados
en ese procedimiento, cuando afecten de manera
directa derechos sustantivos del promovente

d)    Embargo de bienes

e)    Excepciones sustanciales y perentorias, así
como defensas u otros actos que tiendan a detener
o interrumpir la ejecución de la sentencia, contra
la interlocutoria firme dictada en la etapa de
ejecución de sentencia que las desestima

f)    Incidente de nulidad de la diligencia de embargo,
la resolución que confirma la interlocutoria que lo resuelve

g)    Jurisdicción voluntaria. Es dable la procedencia
del amparo indirecto contra actos dentro del procedimiento,
cuando sean de imposible reparación

h)    Multa en ejecución de sentencia, contra
la determinación que la impone

i)    Prueba pericial en materia de contabilidad
ofrecida por la contraparte del quejoso, la determinación
por virtud de la cual se admite y ordena su desahogo

j)    Restitución o embargo precautorio de un inmueble
con motivo de la comisión de un delito, la determinación
que dentro de juicio la decreta como medida provisional

4.3.    Atendiendo al derecho sustantivo tutelado en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
y en los Tratados Internacionales en los que
el Estado Mexicano es parte

4.3.1.    Libertad personal

a)    Arresto como medida de apremio, la
determinación que apercibe con su imposición,
así como la que ordena hacerlo efectivo

b)    Auto de vinculación a proceso

c)    Conflicto competencial por razón de territorio,
cuando tenga como consecuencia el traslado del quejoso
 por razones de seguridad, de un centro penitenciario
a otro, contra la resolución que lo dirime

d)    Incidente de libertad por desvanecimiento de datos,
contra la resolución que lo define

e)    Libertad provisional del quejoso en un proceso
penal, la resolución que fija el monto y la forma
de la garantía para obtenerla

f)    Orden de arraigo domiciliario

g)    Reposición del proceso penal el que el imputado
se encuentra en reclusión preventiva, contra la
resolución del tribunal de alzada que
la ordena oficiosamente

4.3.2.    Salud física o mental

a)    Alimentos provisionales, contra la determinación
que los decreta y fija su monto

b)    Custodia provisional de los menores, contra
la resolución que la determina

c)    Prueba pericial en materia de genética, a efecto
de dilucidar la existencia o no de un vínculo
o parentesco por consanguinidad

La determinación por virtud de la cual
se admite y ordena su desahogo

d)    Prueba pericial médica en materia laboral,
la determinación de la junta que condiciona
al trabajador a trasladarse a un lugar diverso al
en que reside a efecto de desahogarla

e)    Prueba psicológica a cargo de los menores,
contra la determinación que admite su desahogo

f)    Prueba testimonial a cargo de los menores hijos
sobre los hechos materia del divorcio necesario
de sus padres, contra la determinación
que admite su desahogo

4.3.3.    Patrimonio (posesión o propiedad)

a)    Admisión de una demanda de acción colectiva
en sentido estricto o individual homogénea, contra
el auto que ordena la forma en que se notificará
tal admisión a los miembros que conforman la colectividad
afectada procede amparo indirecto

b)    Auto de exequendo dictado en un juicio
ejecutivo mercantil

c)    Clausura provisional dictada en un procedimiento
administrativo seguido en forma de juicio, contra
la resolución intermedia que la decreta como
medida de seguridad o preventiva

d)    Embargo de bienes

e)    Embargo de cuentas bancarias decretado en
el procedimiento administrativo de ejecución

f)    Embargo sobre inmuebles del deudor en el
registro público de la propiedad, la negativa
del juez a ordenar su inscripción

g)    Excepciones sustanciales y perentorias, así
como defensas u otros actos que tiendan a detener
o interrumpir la ejecución de la sentencia, contra la
interlocutoria firme dictada en la etapa de ejecución
de sentencia que las desestima

h)    Inadmisión de la apelación interpuesta en contra
del auto que admite la demanda
en un juicio ejecutivo mercantil

i)    Incidente de nulidad de la diligencia de embargo,
la resolución que confirma la interlocutoria que lo resuelve

j)    Interventor con cargo a la caja, contra
su designación dentro del procedimiento
administrativo de ejecución

k)    Multa en ejecución de sentencia, contra
la determinación que la impone

l)    Perito tercero en discordia en juicio mercantil,
la resolución sin ulterior recurso que aprueba el
monto de sus honorarios y ordena a las partes su pago

m)    Peritos designados por el tribunal agrario,
la resolución que impone a las partes la obligación
de pagar los honorarios de aquellos

n)    Reposición del procedimiento de remate en el
que ya se había adjudicado el bien objeto de la venta
judicial, contra la sentencia de apelación que la ordena

o)    Restitución o embargo precautorio de un inmueble
con motivo de la comisión de un delito, la determinación
que dentro de juicio la decreta como medida provisional

p)    Vía sumaria hipotecaria, la resolución que
confirma la interlocutoria que desestima la excepción
de improcedencia de esa vía

4.3.4.    Invasión a la Privacidad o Intimidad
de la persona o del domicilio

a)    Orden de visita domiciliaria

b)    Prueba pericial en materia de contabilidad
ofrecida por la contraparte del quejoso, la determinación
por virtud de la cual se admite y ordena su desahogo

c)    Prueba pericial en materia de genética, a efecto
de dilucidar la existencia o no de un vínculo
o parentesco por consanguinidad

La determinación por virtud de la cual
se admite y ordena su desahogo

4.4. Actos en los que se justificó la procedencia
del amparo indirecto, atendiendo a un derecho
sustantivo diverso a los anteriores

4.4.1.    Dilación procesal en los juicios, procedencia
del amparo indirecto cuando se advierta que existe
una clara dilación del procedimiento
o su paralización total

4.4.2.    Dilación procesal en juicios en materia del
trabajo, siempre que hubieren transcurrido más
de cuarenta y cinco días naturales contados a partir
de la fecha en la que concluyó el plazo en el que
legalmente debieron emitirse los proveídos,
laudos o celebrarse las diligencias

4.4.3.    Procedimiento administrativo de separación
de los miembros del servicio profesional de carrera
ministerial, policial y pericial de la entonces Procuraduría
General de la República, contra el acuerdo
con el que se da inicio

4.4.4.    Procedimiento administrativo de separación
del cargo de los servidores públicos sujetos al sistema
de carrera ministerial, policial y pericial, en los tres
niveles de gobierno, contra el acuerdo
con el que se da inicio

4.4.5.    Reconvención, contra la resolución
que confirma su desechamiento

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Autor Fernando Sánchez Calderón
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ALFONSO JAVIER MONÁRREZ RÍOS

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