jueves, enero 02, 2020

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA comentada

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA comentada

1 Libro Comentarista Dr. Rodrigo Ozuna Solsona
y Dr. Luis Raymundo Massé Moreno
Editor Gallardo Ediciones Siempre Actualizados



Prologo Magistrado Roberto Durán DonLucas


LEY FEDERAL CONTRA

LA DELINCUENCIA ORGANIZADA


…para facilitar la comprensión de la misma
y de la razón por la que el constituyente
decidió establecer de manera genérica en
el párrafo noveno del artículo 16 de la
Constitución Política de los estados Unidos
Mexicanos, lo que se entiende o debe
entenderse por Delincuencia Organizada,
disponiendo: “que por delincuencia organizada
se entiende una organización de hecho
de tres o más personas, para comentar
delitos en forma permanente o reiterada,
en los términos de la ley de la materia”, que
no era otra, que revestirla de claridad para
hacerla asequible a todos y generar con ello
el entendimiento e importancia de su contenido,
para su implementación como se hizo
a partir de la misma

Uno de los objetivos que busca la obra LEY FEDERAL
CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA comentado no
es realizar una labor crítica, de censura, ni
de reproche a los redactores de la Ley
Federal contra la Delincuencia Organizada
publicada el 7 de noviembre de 1996,
que establece en su objetivo, los delitos
que comprende la delincuencia organizada
y la forma en que se cometen, la manera
en la que se investigan, persiguen, procesan
y se sancionan éstos, los plazos en los que
prescriben, las penas por su comisión
y la potestad para ejecutarlas

No, el objetivo que persiguen los autores
de la obra: LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA
ORGANIZADA, es hacer una crítica constructiva
y propositiva derivada de un análisis exhaustivo
artículo por artículo, así como de las reformas,
adiciones y supresiones de los mismos para
facilitar la interpretación o el entendimiento
de sus disposiciones y su correcta aplicación,
así como señalar las áreas de oportunidad
legislativa que se presentan del mismo análisis

Cierto, en algún comentario se ven precisados
a hacer observaciones a la redacción o contenido
normativo original o a la nueva redacción
ya modificada, pero estos señalamientos, se
hacen fundadamente de buena fe y con
argumentos válidos en cuanto a las garantías
de libertad, legalidad, seguridad, 
jurídica y debido proceso

Los comentarios y justificaciones legislativas,
que tienen sustento en ciento treinta y tres
jurisprudencias dictadas por los Tribunales
Colegiados de Circuito y por la Suprema Corte
de Justicia de la Nación, que los autores se
dieron a la tarea de estudiar y seleccionar por
su labor interpretativo, en la Convención de
las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada llamada coloquialmente como
la Convención de Palermo, en la Convención
Americana de Derechos Humanos en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
en el Código Federal de Procedimientos Penales,
en la Ley Nacional de Ejecución Penal
y apreciaciones de tratadistas nacionales
e internacionales, que se hacen a todos los
artículos de la ley vigente para desentrañar
su contenido, son apreciaciones pertinentes
encaminadas a servir como un referente importante
para poder entender y saber cómo este Sistema
Penal Normativo o Legislación Diferenciada,
ha evolucionado con el tiempo, sistematizando
de una manera ordenada y efectiva las herramientas
jurídicas o técnicas de investigación, que son
indispensables para el fortalecimiento del Estado,
en la lucha contra la delincuencia organizada o para
responder jurídicamente con nuevos instrumentos
de lucha ese fenómeno delictivo que ha seguido
creciendo exponencialmente en México, a grado
de provocar la inseguridad pública en la que estamos
inmersos y poner en riesgo la soberanía y la viabilidad
de los Municipios, Estados y la República,
pero sobre todo para que se convierta en guía
práctica de la materia para fiscales, juzgadores,
abogados y profesores que se involucren en el
procedimiento correspondiente

Otro de los aspectos importantes que nos muestra
la obra LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA
ORGANIZADA, es en particular, el estudio que hacen
de la introducción de las técnicas de investigación,
en virtud de que estas son esenciales y contribuyen
en forma eficaz para combatir la delincuencia
organizada, por razón de que permiten obtener
las pruebas directas e indiciarias más certeras,
para comprobar las conductas propias de la
delincuencia, sin violar los derechos constitucionales
de las personas investigadas o el principio del
debido proceso, puesto que están sometidas
a métodos rigurosamente controlados por el estado
y son herramientas o mecanismos útiles no
convencionales de investigación necesarios
y eficaces para combatir los delitos, sin afrontar
responsabilidad, por obrar en favor de la gente
o por actualizarse una causa de justificación
o inculpabilidad, amén de los beneficios
que se establecen para la persona o miembro
de la delincuencia organizada cuando
colabora eficientemente proporcionando
información en la investigación y persecución
de quien forme parte de la misma o de los
delitos vinculados a esta

Finalmente, cabe resaltar los interesantes
aspectos que abordan los autores, como
corolario de su obra, en los cuales plantean
en términos proyectivos la perspectiva de que
sean aplicados los principios de legalidad y
seguridad jurídica contemplados en los
artículos 14, párrafo segundo y 16 párrafo
primero de la Constitución Federal,
así como el primero del mismo Ordenamiento
Supremo, relativo a la regulación de los derechos
humanos, a efecto de clarificar las bases legales
aplicables a los sentenciados por delincuencia
organizada, en cuanto al acceso a los beneficios
de libertad anticipada a que se refiere el artículo
141 de la Ley Nacional de Ejecución Penal,
como el derecho de poder compurgar la pena
de prisión impuesta en el Centro de Reinserción
más cercano a su domicilio, cuando cumplan
los requisitos de procedencia que establece
dicha ley, ya que en verdad no es
aceptable que la autoridad siga conduciendo
sus actuaciones de manera discrecional sobre
esos tópicos a pesar de que se cumplan los parámetros
que condicionan su otorgamiento y a pesar de
que conforme al criterio de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos, si tiene el carácter de
derecho humano entonces debe tener acceso
a la posibilidad de que un juez de Ejecución
Penal se establecen, por tratarse de un derecho
sustantivo que salvaguarda la libertad bajo la
figura de la libertad anticipada, conforme
a la interpretación más favorable y atento
a los principios de igualdad, legalidad y debido
proceso, que permiten a la persona sujeta a
una pena de prisión, ejercer debidamente
sus derechos ante la instancia que
corresponda, sin que pueda hacer discriminada,
en razón de que todas las personas somos
iguales ante la ley y por ello, la misma, tendría
que proceder aunque no sea un informante
o colaborador como se establece en el
artículo 35 de la ley que se comenta

Escrito lo anterior por el Magistrado

Roberto Durán DonLucas

TEMARIO:


Antecedentes legislativos


Comentario


Jurisprudencia


Correlacionada con Tratados Internacionales


Bibliografía


FICHA TÉCNICA:

1 Libro
Más aplicación móvil incluida gratis
480 Páginas
En formato de 14.3 por 21.5 por 2.9 cm
Pasta delgada en color plastificado
Edición primero 2020
ISBN 7503027343318
Comentarista Dr. Rodrigo Ozuna Solsona
y Dr. Luis Raymundo Massé Moreno
Ediciones Gallardo Siempre Actualizados



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Si es de su agrado está espléndida obra:

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ALFONSO JAVIER MONÁRREZ RÍOS

Gracias a Google la oportunidad de publicar Gracias




 LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA comentada

1 Libro Comentarista Dr. Rodrigo Ozuna Solsona
y Dr. Luis Raymundo Massé Moreno
Editor Gallardo Ediciones Siempre Actualizados



Quedo a sus órdenes; gracias

2 comentarios:

  1. Libro LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA comentada

    Gracias, estamos listos para atender
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    Libro LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA comentada

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  2. Libro LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA comentada

    EN EL PROLOGO:

    Mis amigos, los Doctores: RODRIGO OZUNA SOLSONA y RAYMUNDO MASSÉ MORENO, me han solicitado que haga el prólogo de su obra: “LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, COMENTADA”, la cual tuve que leer en su totalidad para facilitar la comprensión de la misma y de la razón por la que el constituyente decidió establecer de manera genérica en el párrafo noveno del artículo 16 de la Constitución Política de los estados Unidos mexicanos, lo que se entiende o debe entenderse por delincuencia organizada, disponiendo: “que por delincuencia organizada se entiende una organización de hecho de tres o más personas, para acometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia” que no es otra, que revestirla de claridad para hacerla asequible a todos y generar con ello el entendimiento e importancia de su contenido, para su implementación como se hizo a partir de la misma
    Uno de los objetivos que busca la obra: LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA COMENTADA; que me honra prologar, no es realizar una labor crítica, de censura, ni de reproche a los redactores de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, publicada el 7 de noviembre de 1996, que establece su objeto, los delitos que comprende la delincuencia organizada y la forma en que se cometen; la manera en la que se investigan, persiguen, procesan y se sancionan éstos, los plazos en los que prescriben, las penas por su comisión y la potestad para ejecutarlas
    No, el objetivo que persiguen los autores de la obra: LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA COMENTADA; es hacer una crítica constructiva y propositiva derivada de un análisis exhaustivo artículo por artículo, así como de las reformas, adiciones y supresiones de los mismos para facilitar la interpretación o el entendimiento de sus disposiciones y su correcta aplicación, así como señalar las áreas de oportunidad legislativa y que se presentan del mismo análisis
    Cierto, en algún comentario se ven precisados a hacer observaciones a la redacción o contenido normativo original o a la nueva redacción ya modificada, pero estos señalamientos, se hacen fundadamente de buena fe y con argumentos válidos en cuanto a las garantías de libertad, legalidad, seguridad jurídica y debido proceso
    Los comentarios y justificaciones legislativas, que tienen sustento en ciento treinta y tres jurisprudencias dictadas por los Tribunales Colegiados de Circuito TCC y por la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, que los autores se dieron a la tarea de estudiar y seleccionar por su valor interpretativo, en la Convención de las Naciones Unidas CNU contra la Delincuencia Organizada llamada coloquialmente como la Convención de Palermo CP, en la Convención Americana de Derechos Humanos CADH, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos CPEUM, en el Código Federal de Procedimientos Penales, en el Código Nacional de Procedimientos Penales CNPP, en la Ley Nacional de Ejecución Penal LNEP y apreciaciones pertinentes encaminadas a servir como un referente importante para poder entender y saber cómo este Sistema Penal Normativo SPN o Legislación Diferenciada, ha evolucionado con el tiempo, sistematizando de una manera ordenada y efectiva las herramientas jurídicas o técnicas de investigación, que son indispensables para el fortalecimiento del Estado, en la lucha contra la delincuencia organizada o para responder jurídicamente con nuevos instrumentos de lucha a ese fenómeno delictivo que ha seguido creciendo exponencialmente en México, a grado de provocar la inseguridad pública en la que estamos inmersos y poner en riesgo la soberanía y la viabilidad de los…

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