domingo, octubre 03, 2021

CONCEPTO JURIDICO DE RENDICION DE CUENTAS

        

EL CONCEPTO JURÍDICO DE RENDICIÓN DE CUENTAS

1 Libro más un libro electrónico incluido gratis

Autor Ana Elena Fierro Ferráez

Editor Tirant lo Blanch

PRIMERA EDICIÓN 2021

 

LIBRO POR ENCARGO

Las pulsiones populistas que amenazan a los Estados democráticos y constitucionales han ido en aumento en este siglo XXI

Casos como el de Hungría o Venezuela son dramáticos, pero las tendencias son visibles incluso en los Estados Unidos, Ecuador, Brasil, Nicaragua y México

Estos gobiernos se caracterizan por reducir a un mero formalismos los procedimientos de control tales como la división de poderes, la rendición de cuentas o la transparencia del quehacer público

Además, ofrecen un líder que desdeña los frenos y contrapesos propios de una democracia y demanda una lealtad ciega, sin cuestionamientos

Dado este panorama resulta oportuno revalorar la importancia de los controles al poder, como la rendición de cuentas

Este libro: EL CONCEPTO JURÍDICO DE RENDICIÓN DE CUENTAS; hace un ejercicio de dogmática jurídica para precisar el concepto jurídico de rendición de cuentas, como un sistema normativo

Además analiza los retos que el sistema enfrenta respecto a la satisfacción del derecho a la reparación integral por los daños causados por violaciones a los derechos humanos, que recientemente ha cobrado auge en el orden jurídico mexicano y aborda el papel de las organizaciones de la sociedad civil para exigir cuentas al gobierno y preservar el orden constitucional que salvaguarda los principios bajos los que se crean los Estados Democráticos y se protegen los derechos humanos 

EN EL PRÓLOGO: 

En las últimas dos décadas han proliferado gobiernos denominados liberales cuando no francamente populistas en América

El caso más problemático es el de Venezuela pero las tendencias son visibles incluso en los estados Unidos, Ecuador, Brasil, Nicaragua y México

Estos gobiernos se caracterizan por reducir a un mero formalismo los procedimientos de control propios de los estados Constitucionales como la división de poderes, la rendición de cuentas, la transparencia del quehacer público

Los gobiernos populistas suelen intervenir en los poderes judiciales, muestran desdén por las instituciones que recaban información y evalúan el desempeño del gobierno como son: los órganos de transparencia, las auditorias o los tribunales de cuentas

Estos órganos suelen enfrentar embates a su autonomía y presiones políticas

Como muestra el estudio sobre 36 gobiernos populistas del siglo XXI de Kyle y Mounk, en este tipo de gobiernos hay un 23% de más probabilidad de que se dañen las instituciones democráticas; más del 50% de los líderes populistas reforman las constituciones para debilitar los frenos y contrapesos al ejecutivo

Ello conlleva la reducción de la democracia a su mínima expresión e incluso a su eliminación de facto a partir de la figura de un líder fuerte, que llama a la movilización del pueblo para que le brinde un apoyo incondicional desdeñando los controles propios de los sistemas constitucionales

Dado este panorama, resulta oportuno revalorar la importancia de los controles al poder

La rendición de cuentas es un elemento esencial de la democracia, como un modo de control del poder, dentro de los frenos y contrapesos propios de los Estados Constitucionales

Los órdenes jurídicos de estos Estados cuentan con mecanismos de rendición de cuentas de las autoridades establecidos desde el orden constitucional

La sociedad, desde diferentes foros y por

diversos medios exige su puesta en marcha

Sin embargo, cada vez enfrenta más resistencias en los gobiernos populistas que pretenden reducir la democracia a un ritual de votación más o menos periódico

De ahí la importancia de insistir en la consolidación de los procedimientos de control dentro de los estados Constitucionales, en particular a la rendición de cuentas pues se trata de un mecanismo que permite no sólo sancionar, sino corregir las actuaciones gubernamentales

A pesar de la importancia de estos procedimientos de control, la revisión de la forma en que la literatura especializada habla sobre rendición de cuentas muestra que uno de los obstáculos principales para estudiarla es la multiplicidad de significados que se dan al concepto rendición de cuentas

Como señalan Mulgan, Schedler y Bovens

Hoy en día la rendición de cuentas es considerada un elemento clave de un Estado Constitucional, sin embargo, el concepto no ha logrado una tradición sustancial que permita un uso uniforme y claro

Así tanto en la creación de nuevas leyes, en el desarrollo de planes y programas, como incluso en los documentos académicos se encuentra un uso ambiguo de la rendición de cuentas que igual significa el simple deber de informar sobre la actuación de una autoridad, llevar un control del gasto público, hasta exigir castigos para funcionarios corruptos

Schedler señala que rendición de cuentas es en realidad un concepto amplio, que abarca una multitud de estrategias y métodos para lograr el control del poder, tales como vigilancia, auditoria, fiscalización, sanción

El problema de la ambigüedad conceptual resulta de confundir a la rendición de cuentas con el control del poder

Incluso se identifica con el derecho de votar y ser votado, cuando en realidad la rendición de cuenta es un tipo particular de control del poder que está ligado al uso eficiente y eficaz de los recursos públicos para el logro de los fines del estado y que tiene características particulares

Sergio López Ayllón apunta que la expresión rendición de cuentas carece de un referente y un contenido jurídico preciso, a diferencia de otras de control del poder, generadas desde la arena política, que tienen un desarrollo jurídico consolidado como: división de poderes o federalismo, la rendición de cuentas no ha encontrado una “traducción” jurídica que permita darle un anclaje normativo especifico

Simplemente se le asimila con el control y se confunde con transparencia, evaluación del desempeño, responsabilidad y aún con persecución de delitos

La falta de anclaje normativo provoca que no se tenga claridad sobre quienes son dentro del orden jurídico los sujetos obligados por la rendición de cuentas, de qué se rinden cuentas, mediante qué procedimientos y quienes son las autoridades competentes para juzgar y sancionar

De ahí que este libro: EL CONCEPTO JURIDICO DE RENDICIÓN DE CUENTAS; busca desarrollar el concepto jurídico de rendición de cuentas que abone a eliminar la imprecisión y permita fortalecer la eficacia de tan importante institución democrática

Dada la ambigüedad de la expresión rendición de cuentas, el punto de partida de este trabajo es reconocer que, si bien es considerada un control del poder dentro de un Estado Constitucional, la multiplicidad de significados con que se utiliza tanto en la ciencia política, la administración pública como en el derecho, ha provocado que carezca de una conceptualización clara, que sus alcances sean inciertos y, por ende, como apunta Cass Sunstein genere resistencia a su cumplimiento

Para ello, parte del origen de la rendición de cuentas como la relación bilateral entre el soberano y el súbdito, donde este último debía entregare al rey resultados de la encomienda otorgada

Al transitar a un sistema democrático, donde la soberanía reside en el pueblo, la relación de rendición de cuentas también mutua

Ahora son los órganos del estado los que deben rendir cuentas a los representantes del pueblo soberano

Así, a partir de la distinción que hace Bovens entre rendición de cuentas como virtud de un servidor público, de la rendición de cuentas entendida como los procedimientos establecimientos, dentro de un orden jurídico, para lograr que los órganos públicos informen y justifiquen su actuación, los resultados de la misma y se sancionen, sea de forma positiva o negativa, se busca desarrollar el concepto jurídico de rendición de cuentas

Partimos de entender la actuación de acuerdo con Behn, como las competencias que conllevan el uso de recursos públicos conforme lo preceptuado en el orden jurídico, se delimitan los alcances de este concepto y se distingue de otros controles jurídicos con los que suele confundirse tales como el combate a la corrupción, los informes y comparecencias de servidores públicos o las auditorías internas

Esta distinción permite suponer que si la rendición de cuentas es un conjunto de procedimientos es posible conceptualizarla como un sistema normativo

Este trabajo parte de entender el sistema normativo de rendición de cuentas como el conjunto de normas que establecen los procedimientos de control, entre un órgano del estado obligado a informar, explicar y justificar sus actuaciones entendidas como competencias que implican el uso de recursos públicos, y otro órgano facultado para analizarlas, calificarlas y determinar su concordancia con la Constitución en tanto norma suprema

Ello con el fin de asegurar el respeto del orden jurídico, y el cumplimiento de los principios y derechos humanos propios de un Estado Constitucional

A través de la dogmática jurídica se desarrolla el concepto jurídico de rendición de cuentas

Como apunta el Dr. Fix Zamudio la dogmática jurídica establece los conceptos generales de la ciencia jurídica indispensable para la comprensión y desarrollo de las normas jurídicas como objeto de la ciencia

Para ello es necesario realizar una ordenación sistemática y generalizadora de las normas del orden jurídico a través de juicios lógicos

Las construcciones dogmáticas parten del examen del ordenamiento jurídico sistematizado mediante la experiencia sobre su uso para derivar los conceptos básicos de la disciplina a través de la deducción y la síntesis

Así se analiza el uso del concepto rendición de cuentas para identificar dentro del orden jurídico las normas que conforman el sistema de rendición de cuentas delimitando sus características distintivas

El primer capítulo aborda los diferentes significados de rendición de cuentas y la multiplicidad de formas de control del poder

Distingue el uso de rendición de cuentas como una virtud de quien ejerce el poder, de los procedimientos de rendición de cuentas como el conjunto de reglas a seguir para controlar a órganos del estado en su carácter de mandatarios del poder soberano

El capítulo segundo explora como la ciencia jurídica entiende a la rendición de cuentas y ubica dentro del orden jurídico a aquellas normas jurídicas que controlan la actuación de los órganos del estado

Una vez identificadas las normas que conforman el sistema normativo de rendición de cuentas es posible analizarlo desde sus ámbitos de validez personal, material, espacial y temporal

Para ello el capítulo tercero identifica a los sujetos, objeto, procedimientos y propósito del sistema normativo de rendición de cuentas

Se distingue a los sujetos del sistema de rendición de cuentas como órganos del Estado, entendidos como centros de imputación de competencias creados por el orden jurídico

Por un lado, todo órgano del Estado tiene la obligación de informar y justificar el ejercicio de sus competencias que implican el uso de recursos públicos

A la vez, dentro de un Estado Constitucional, el orden jurídico faculta a diversos órganos, como el Poder legislativo para el control del uso de los recursos públicos y los jueces para el control del ejercicio de competencias facultándolos para analizarlas, calificarlas y determinar sus consecuencias

El objeto del sistema normativo de rendición de cuentas queda entonces acotado a las actuaciones realizadas por los órganos del estado, respecto del ejercicio de sus competencias que implican el uso de recursos públicos

De manera que no se trata del control de cualquier acto, sino de un sistema que califica la actuación desde dos perspectivas

Primera la normativa que controla la concordancia de las competencias que implican el uso de recursos públicos con las normas del orden jurídico, a fin de que se respeten los derechos humanos y los principios contenidos en la constitución sobre todo el principio de legalidad

Segunda, califica la concordancia del resultado del uso de los recursos públicos con los fines establecidos en las normas presupuestales

Esta segunda perspectiva es la teleológica, donde el órgano del estado, generalmente parte del Poder legislativo, controla la concordancia de la actuación respecto de la obtención de los resultados planeados en programas sectoriales y el presupuesto y la conformidad con los principios constitucionales de eficiencia y eficacia

De modo que el sistema normativo de rendición de cuentas controla la actuación de los órganos del estado respecto de la concordancia normativa, es decir toda competencia que implica el uso de los recursos públicos debe de apegarse al orden jurídico y a la Constitución

Además, controla la concordancia teleológica, es decir que las actuaciones den los resultados esperados tanto conforme a los fines establecidos en las normas presupuestales, como respecto de los principios relativos al uso eficiente y eficaz de los recursos públicos

Para cada uno de estos controles el orden jurídico establece procedimientos que son parte del ámbito material de validez del sistema normativo de rendición de cuentas

El uso de los recursos públicos es el objeto original de la rendición de cuentas el procedimiento que califica la actuación respecto del uso de los recursos públicos es la cuenta publica

En este procedimiento el órgano del estado reporta el uso de los recursos públicos que le fueron asignados en el presupuesto, aprobado por el Poder Legislativo y esté, a través de órganos especializados de auditoría califica su concordancia con el presupuesto, planes y programas

A su vez estos órganos suelen tener competencia para evaluar los resultados obtenidos respecto de los fines propuestos y la eficiencia y eficacia de su aplicación

Por otro lado, dentro de un orden jurídico es posible identificar los procedimientos que controlan las competencias cuando implican el uso de recursos públicos y que conforman el sistema de rendición de cuentas

Así el control de la actuación de los órganos del Estado respecto de la concordancia normativa de las competencias se da a través de los juicios administrativos y constitucionales

En ellos el ciudadano juega un importante papel pues mediante su demanda alerta de una actuación que se aleja del orden jurídico y el juez la analiza y califica, determina si es conforme a las competencias preceptuadas por el orden jurídico, y los principios constitucionales o no y en su caso decreta que tal actuación no es valida

Idealmente además el juez debe ordenar las medidas necesarias para la reparación del daño ocasionado

De igual forma en los juicios de constitucionalidad el ciudadano desempeña la importante función de demandar aquellas actuaciones que estima contrarias a los derechos humanos o principios constitucionales ante el juez constitucional quién las califica y sanciona

Cabe precisar que si bien ambos tipos de juicios son procedimientos de control de cualquier acto de autoridad cuando su objeto es una actuación, entendida como una competencia que implica el uso de recursos públicos, son procedimientos propios del sistema de rendición de cuentas

Una vez definido el sistema normativo de rendición de cuentas resulta necesario diferenciarlo de otros medios de control dentro del orden jurídico con los que suele confundírsele, tal es el caso de los sistemas de transparencia y responsabilidad de servidores públicos

El cuarto capítulo muestra que, si bien estos tres sistemas están correlacionados, es importante comprender su distinción respecto de su objeto, sujeto, procedimientos y propósito de manera que se logre abatir la ambigüedad con que estos conceptos son utilizados

La transparencia tiene por objeto garantizar el acceso, a toda persona, a la información generada por el actuar de cualquier órgano del Estado para el ejercicio del derecho de acceso a la información

El objeto del sistema es entonces generación, administración y publicación de la información sobre el quehacer público

La mayoría de los órdenes jurídicos prevé dos procedimientos principales para ello: las solicitudes de acceso a la información, y la obligación del órgano del estado de hacer accesible cierta información pública, generalmente a través de Internet

Se trata de una obligación unilateral de todo órgano del estado

Así es posible concebir un estado en el que se informe del actuar de sus órganos, pero en el que no se califiquen los resultados de las competencias que impliquen el uso de recursos públicos, ni sean sancionados negativamente al no apegarse al orden jurídico o ser contrarios a los derechos humanos y principios constitucionales

En estos casos no existen controles mediante los cuales se pueda analizar la concordancia normativa y teleológica de la actuación

Por tanto, si bien contaría con un sistema de transparencia,

carecería de un sistema de rendición de cuentas

Un sistema de transparencia que haga accesible la información respecto de la actuación de los órganos del estado permite conocer el objeto de la rendición de cuentas, pero es necesario además tener procedimientos y órganos revisores competentes para el análisis, calificación y sanción de estas actuaciones para contar con un sistema de transparencia es una condición necesaria para el buen funcionamiento del sistema de rendición de cuentas pues hace accesible la información respecto de la actuación de los órganos del Estado, no es sinónimo de rendición de cuentas

Una de las confusiones más comunes es considerar que el castigo a actos de corrupción o ilícitos cometidos por funcionarios públicos es un mecanismo de rendición de cuentas

Un análisis de sus correspondientes ámbitos de validez, a saber: sujeto, objeto, procedimientos y propósito, muestra que divergen en todos

El sistema de responsabilidades tiene por objeto juzgar y sancionar conductas ilícitas de servidores públicos que materializan normas de tipicidad, con el propósito de incentivar el actuar virtuoso de los servidores públicos, mediante la amenaza de una sanción coactiva

Por tanto, el sistema de responsabilidad se distingue del de rendición de cuentas tanto por los sujetos, que son individuos y no órganos del estado, como por su objeto. Conductas ilícitas y no competencias que implican el uso de recursos públicos

De forma tal que, mientras que el sistema de rendición de cuentas es un procedimiento de control de los órganos del estado que se lleva a cabo a través de los juicios administrativos, de constitucionalidad y el procedimiento de cuenta pública, el de responsabilidad administrativa o incluso un proceso penal

Si bien se trata de sistemas normativos diferenciados, es importante tener en cuenta que dentro del análisis y calificación de la actuación de los órganos del estado es posible que se tenga conocimiento de conductas ilícitas cometidas por algún servidor publico

En ese caso, lo que corresponde es la denuncia de estos hechos, a fin de que se inicie el procedimiento de responsabilidades y se sanciones en su caso al funcionario responsable

La omisión de iniciar un nuevo procedimiento para el financiamiento para el fincamiento de responsabilidades que se apegue a las exigencias del debido proceso del derecho administrativo sancionador provoca violaciones a los derechos humanos del servidor público y la consecuente anulación del procedimiento y sus sanciones

De forma tal que transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad de funcionarios son tres sistemas normativos diferenciados cuyos sujetos, objetos, procedimientos y propósitos divergen

Po ello es necesario distinguirlos con precisión de manera que se clarifique cada uno de los conceptos y permita a la ve definir de manera diáfana sus alcances

La correcta definición y delimitación de sus alcances permite además garantizar su eficacia

Cabe aclarar que este trabajo propone un concepto jurídico de rendición de cuentas sin pretender pronunciarse sobre el funcionamiento de facto que tales procedimientos tienen dentro de determinado orden jurídico

Si bien se utilizan casos del orden jurídico mexicano para mostrar los ámbitos de validez del sistema normativo de rendición de cuentas y distinguirlo de otro tipo de controles, no se pretende hacer un análisis exhaustivo del funcionamiento del sistema mexicano

Sin embargo, sí se identifica el conjunto de normas que conforman el sistema normativo de rendición de cuentas del país, así como sus principales debilidades y fortalezas respecto de su diseño normativo

Así a partir de un ejercicio de dogmática jurídica se precisa el concepto jurídico de rendición de cuentas como un sistema normativo

Además, se busca la delimitación de sus ámbitos de validez y se distingue de otros sistemas que si bien relacionados no deben mezclarse

Finalmente se analiza los retos que el sistema de rendición de cuentas enfrenta respecto a la satisfacción del derecho a la reparación integral que recientemente ha cobrado auge en el orden jurídico mexicano y aborda el papel que juegan las organizaciones de la sociedad civil para exigir cuentas al gobierno, sobre todo ante la presencia de actitudes autoritarias con gran desdén por el derecho

Con ello se busca lograr una conceptualización jurídica de rendición de cuentas, su función y alcances dentro de un Estado Constitucional

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ÍNDICE

Introducción

Capítulo 1

DELIMITACIÓN DEL CONCEPTO RENDICIÓN DE CUENTAS

a)    El problema de la ambigüedad del concepto

rendición de cuentas

i.    Breve análisis del desarrollo histórico

sobre la rendición de cuentas

ii.    Diversidad de acepciones del concepto

rendición de cuentas

b)    Concepto de Rendición de cuentas como procedimiento

i.    Rendición de cuentas como procedimiento

de control dentro del Estado constitucional

ii.    Rendición de cuentas como procedimientos

de calificación de la calidad de la actuación

de los órganos del Estado

Capítulo 2

CONCEPTO JURÍDICO DE RENDICIÓN DE CUENTAS

a)    Estado de derecho y control del poder

b)    Rendición de cuentas como procedimiento

de control jurídico

Capítulo 3

SISTEMA NORMATIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS

a)    Ámbitos de validez del sistema de rendición de cuentas

b)    Ámbito personal de validez del sistema

de rendición de cuentas

i.    Órganos revisados como sujetos

del sistema de rendición de cuentas

ii)    Órganos revisores dentro del sistema

de rendición de cuentas

c)    El ámbito material de validez del sistema

de rendición de cuentas

i.    Uso de recursos públicos como ámbito material

de validez del sistema de rendición de cuentas

d)    Ejercicio de competencia como ámbito material

de validez del sistema de rendición de cuentas

i.    Procedimientos de rendición de cuentas

e)    Propósito de la rendición de cuentas

i.    El propósito del análisis del uso de los recursos públicos

f)    Equilibrio en el análisis de concordancia normativa

Capítulo 4

DIFERENCIAS E INTERRELACIONES ENTRE EL SISTEMA NORMATIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y LOS SISTEMAS DE TRANSPARENCIA Y RESPONSABILIDADES DE SERVIDORES PÚBLICOS

a)    El sistema de transparencia y el sistema

de rendición de cuentas

b)    El sistema de rendición de cuentas y el sistema

de responsabilidades de los servidores públicos

Capítulo 5

NUEVOS DERROTEROS DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS

a)    Rendición de cuentas y reparación integral

b)    Rendición de cuentas y ONG

Bibliografía

ÍNDICE

Introducción

Capítulo 1

DELIMITACIÓN DEL CONCEPTO

RENDICIÓN DE CUENTAS

a)    El problema de la ambigüedad del concepto rendición de cuentas

I.    Breve análisis del desarrollo histórico sobre la rendición de cuentas

II.    Diversidad de acepciones del concepto rendición de cuentas

b)    Concepto de Rendición de cuentas como procedimiento

I.    Rendición de cuentas como procedimiento

de control dentro del Estado constitucional

II.    Rendición de cuentas como procedimientos

de calificación de la calidad de la actuación

de los órganos del Estado

Capítulo 2

CONCEPTO JURÍDICO DE

RENDICIÓN DE CUENTAS

a)    Estado de derecho y control del poder

b)    Rendición de cuentas como procedimiento de control jurídico

Capítulo 3

SISTEMA NORMATIVO DE

RENDICIÓN DE CUENTAS

a)    Ámbitos de validez del sistema

de rendición de cuentas

b)    Ámbito personal de validez del

sistema de rendición de cuentas

I.    Órganos revisados como sujetos del

sistema de rendición de cuentas

II)    Órganos revisores dentro del

sistema de rendición de cuentas

c)    El ámbito material de validez del

sistema de rendición de cuentas

I.    Uso de recursos públicos como ámbito material

de validez del sistema de rendición de cuentas

d)    Ejercicio de competencia como ámbito material

de validez del sistema de rendición de cuentas

I.    Procedimientos de rendición de cuentas

e)    Propósito de la rendición de cuentas

I.    El propósito del análisis del uso de los recursos públicos

f)    Equilibrio en el análisis de concordancia normativa

Capítulo 4

DIFERENCIAS E INTERRELACIONES ENTRE EL SISTEMA NORMATIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y LOS SISTEMAS DE TRANSPARENCIA Y RESPONSABILIDADES DE SERVIDORES PÚBLICOS

a)    El sistema de transparencia y el sistema

de rendición de cuentas

b)    El sistema de rendición de cuentas y el sistema

de responsabilidades de los servidores públicos

Capítulo 5

NUEVOS DERROTEROS DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS

a)    Rendición de cuentas y reparación integral

b)    Rendición de cuentas y ONG

Bibliografía

FICHA TÉCNICA:

1 Libro

1 Libro electrónico incluido gratis

260 Páginas

Pasta delgada en color plastificada

Primera edición 2021

ISBN 9788413784946

Autor Ana Elena Fierro Ferráez

Editor Tirant lo Blanch

 

 NOVEDAD 2021 

DISTRIBUIDOR A B C EDICIONES 

 

Si es de su agrado está espléndida obra:

EL CONCEPTO JURIDICO DE RENDICION

DE CUENTAS

1 Libro Autor Ana Elena Fierro Ferráez

Editor Tirant lo Blanch

PRIMERA EDICIÓN 2021

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Teléfono celular -6671 – 985 - 765

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EL CONCEPTO JURIDICO DE RENDICION

DE CUENTAS

1 Libro Autor Ana Elena Fierro Ferráez

Editor Tirant lo Blanch

PRIMERA EDICIÓN 2021 

 

 

Quedo a sus órdenes; gracias

2 comentarios:

  1. EL CONCEPTO JURIDICO DE RENDICION DE CUENTAS

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    EL CONCEPTO JURIDICO DE RENDICION DE CUENTAS

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  2. Libro EL CONCEPTO JURÍDICO DE RENDICIÓN DE CUENTAS

    Puede ver la exposición de la presentación en you tube en la siguiente dirección:
    https://www.youtube.com/watch?v=cHvfWU3XfLI

    Libro EL CONCEPTO JURÍDICO DE RENDICIÓN DE CUENTAS

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