ESCRITOS POLÉMICOS
Diálogos sobre Derecho argumentación y Democracia
1 Libro Autor Manuel Atienza (España)
Editorial Palestra
PRIMERA EDICIÓN 2021
En
palabras del autor, los escritos contenidos en el presente volumen se
caracterizan por tratar “sobre un tema controvertido y, por ello, presuponen de
alguna forma la imposibilidad de alcanzar un consenso pleno entre las partes,
lo que no excluye algunos acuerdos parciales, pero que serán siempre sobre
cuestiones no centrales: típicamente, acuerdos para evitar o superar
malentendidos”
Así,
esta obra reúne una serie de escritos que tienen como rasgo común su carácter
polémico, en el que el autor responde o dialoga con algún “contendor” en torno
a un tema controvertido. Los debates abordan temas tan esenciales como el
Estado de Derecho, el positivismo jurídico, la filosofía hermenéutica, la
gestación por sustitución, la transición española, el neoconstitucionalismo y
el derecho a decidir
El
lector podrá, en el debate de ideas, no solo conocer los elementos centrales de
las distintas posturas de los “contendores” en torno a los temas propuestos,
sino además ver la centralidad de la argumentación en este tipo de debates
EN LA PRESENTACIÓN SE ESCRIBE
POR EL AUTOR:
Mi
amigo Pedro Grández me ha animado a que reúna algunos de mis trabajos de los últimos
tiempos para componer con ellos un volumen (“con cierto grado de organicidad” –me
aclara-), que se publicaría (junto con otros libros) con motivo del 25
aniversario de la editorial Palestra
Lo
que se me ha ocurrido –y espero haber acertado en la elección- es juntar varios
escritos, más o menos de los últimos 15 años, que tienen como común denominador
su carácter polémico
Y
aprovecho para agradecerle a quien tanto ha hecho para desarrollar la cultura
jurídica en el Perú las sugerencias que amablemente me ha formulado para
modificar el título que en un comienzo había yo pensado para el libro: “ESCRITOS
A LA CONTRA”
Este
nuevo, “ESCRITOS POLÉMICOS”, me parece más
exacto que el otro y espero, para ello, que sea también más del agrado del
fundador y director de Palestra
Quizás no sea tan fácil, por lo demás,
precisar qué es lo que debe entenderse por “ESCRITOS
POLÉMICOS”
La
polémica es un tipo de dialogo que, se diría, comparte algunos rasgos de lo que
Josep Aguiló llama “disputa” y “controversia”
La
disputa sería (en esa clasificación, que incluye otros dos miembros: el debate
racional y el consensual) un tipo de debate conflictivo (en el que no se busca
el acuerdo, sino derrotar al adversario) y actoral (en el sentido de que la
subjetividad de cada interviniente juega un papel destacado); mientras que la
controversia sería también un dialogo conflictivo, pero temático
Ahora
bien, esa distinción no deja de ser relativa: la famosa “CONTROVERSIA DE
VALLADOLID” (sobre si los españoles tenían o no justo título para apoderarse de
las nuevas tierras descubiertas y para someter a las poblaciones indígenas)
podría considerarse precisamente como una controversia si el acento se ponen en
el tema de discusión; pero contendría también
muchos aspectos de lo que Aguiló llama una disputa, si nos centráramos en las
posiciones adoptadas respectivamente por Bartolomé de las Casas y por Ginés de
Sepúlveda
Además,
lo que yo entiendo por “polémica” en este libro: "ESCRITOS POLÉMICOS” no deja de
contener también muchos elementos del dialogo racional (que Aguiló caracteriza
por ser un debate cooperativo y temático; el consensual sería cooperativo y
actoral)
Y,
en fin, en otras tipologías, como la de Marcelo Dascal, las polémicas integran
una gran variedad de diálogos, entre los cuales destaca lo que este autor llama
discusiones, disputas y controversias; la polémica, en definitiva, sería un
género más bien que una especie de dialogo
Sea
como fuere, los escritos polémicos que se recogen en este libro: "ESCRITOS
POLÉMICOS” se pueden caracterizar, en mi opinión, por los siguientes rasgos:
tratan sobre un tema controvertido y, por ello, presuponen de alguna forma la
imposibilidad de alcanzar un consenso pleno entre las partes, lo que no excluye
algunos acuerdos parciales, pero que serán siempre sobre cuestiones no
centrales típicamente, acuerdos para evitar o superar malentendidos
La
subjetividad de los actores es muy relevante, y de ahí la frecuencia con que
aparecen argumentos ad hominem, que
no hay por qué considerar necesariamente como falacias: que lo sean o no
depende esencialmente del contexto, de las circunstancias en las que se desarrolla
la discusión
El
acento se pone en buena medida en detectar y criticar los errores de la otra
parte, pero ese componente destructivo (escribir a la contra) tiene que ser
complementado con otro que cabría llamar constructivo: tiene que ir acompañado
de argumentos en favor de la tesis que se defiende, o sea, en una polémica –tal
y como yo entiendo el género- no se puede perseguir únicamente destruir la
tesis del adversario
Como
consecuencia, en cierto modo, de lo anterior, las polémicas se prestan a
ejercitar un sentido del humor, que, de todas formas, tiene que ser contenido:
para salir vencedor en un debate de ese tipo conviene no ser hiriente
En
el transcurso de una polémica cabe hacer alguna que otra excepción a las reglas
de la discusión racional, pero eso no quiere decir que no haya reglas del juego
limpio que cumplir; o sea, no todo vale
Pues
bien, la primera de esas polémicas versa
sobre el estado de derecho y tiene la forma de un diálogo con Francisco Laporta
El
origen se encuentra en la publicación de un importante libro de Laporta (EL
IMPERIO DE LA LEY. UNA VISIÓN ACTUAL Editorial Trota 2008) y el diálogo completo
apareció, en octubre del 2008, en el número 0 de la revista: EL CRONISTA DEL
ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO
A
diferencia de lo que ocurre con las otras polémicas, aquí he incluido el texto
de las intervenciones del otro participante, de Laporta, porque son
relativamente breves y porque, sin ellas, me parece que no podría comprenderse
el sentido de la discusión (muy de guante blanco, por lo demás)
La
segunda, sobre el positivismo jurídico, tuvo lugar un año después y el
adversario teórico fue esta vez Pieruigi Chiassoni, uno de los más connotados
integrantes de la llamada “ESCUELA DE GÉNOVA”
Lo
que había dado ocasión para ello fue una mesa redonda que se celebró en Turín,
en 2009, en el contexto del homenaje que se le hizo a Norberto Bobbio cuando se
cumplía el centenario de su nacimiento
Incluyo
lo que fue mi intervención en aquella mesa (que versaba sobre el
constitucionalismo, el positivismo jurídico y el iusnaturalismo), la carta que
le escribí a Pierluigi contestando a las críticas que él me había dirigido
antes por escrito; y una nueva réplica en la que contestaba a su nueva
intervención en la polémica
Creo
que la lectura de esos textos puede hacerse con cierta independencia de los de
Chiassoní pero, en todo caso, el lector que lo que desee puede acceder con
cierta facilidad a estos últimos, pues la polémica se publicó en la revista ANALISI E DIRITTO, en 2010, con el título de “Debate
sobre el positivismo jurídico. Un intercambio epistolar, con un comentario de
Álvaro Núñez Vaquero”
De
2010 es mi polémica con Enrique P. Haba sobre la teoría estándar de la
argumentación jurídica y que registró algunos grados más de temperatura en
relación con el clima en el que se desarrollaron las dos anteriores
El
origen en este caso había sido un artículo de haba, bastante incendiario y
titulado “RAZONES PARA CREER EN LA ACTUAL TEORÍA (ilusionista) DE LA
ARGUMENTACIÓN”
A
ello siguió mi contestación, “Crítica de la crítica críticas”” a lo que yo
repliqué, “Entre callar y no callar: Decir lo justo”, y un último comentario de
Haba, “Avatares de lo “racional” y lo “razonable”
Todo
ello, junto con las intervenciones de Óscar Sarlo y Juan Antonio García Amado
(y otra más de Haba) formó parte de una sección de la revista Doxa, titulada “Un
debate sobre las teorías de la argumentación jurídica” que apareció publicada
en el número 33, correspondiente a 2010
En
este libro: ESCRITOS POLÉMICOS” incluyo únicamente mis dos textos, pero, de
nuevo, el lector puede acceder con comodidad al resto de la polémica, si bien
creo que lo yo digo ahí se entiende por sí mismo
En
septiembre de 2015, con motivo de una serie de cursos y de conferencias que había
dado en diversas universidades brasileñas, André Rufino do Vale me hizo una
entrevista que se publicó en la revista Consultor Jurídico CONJUR en la que
mostraba ciertas reticencias ante el excesivo peso que el paradigma
hermenéutico había adquirido en la iusfilosofía brasileña
A
ello le siguió el comentario crítico de dos conocidos juristas brasileños de
inspiración hermenéutica: Lenio Streck y Rafael Olieira
Y
mi replica, también publicada en la misma revista, se tituló “Comentario a un
comentario”
Se
trata en este caso de una polémica sobre el valor de la hermenéutica y de la
filosofía analítica, que repercute en la manera de entender la argumentación
jurídica
En
la página de CONJUR puede encontrarse el texto de mis contendientes
La
polémica que me enfrentó con el profesor de derecho Constitucional Octavio Salazar
se refiere a una cuestión muy específica; la justificación o no de la
institución de la gestión por sustitución, un tema sumamente controvertido en
los últimos tiempos y sobre el que ya había escrito algo con anterioridad
Se
inicia con un artículo que publiqué en el diario EL PAÍS el 4 de mayo de 2017, “la
gestación por sustitución” que mereció una crítica de Salazar, “Cedo mi cuerpo libremente
para que lo usen los demás. Pueden hacer conmigo lo que quieran” (en EL PAÍS
del 20 de mayo) y a la que yo contesté con “Dos falacias sobre la gestación por
sustitución” (en el País del 21 de junio)
Un
año después (se cumplía el 40 aniversario de la Constitución Española),
participé en una mesa redonda en la Universidad Carlos III de Madrid en la que
se debatió acerca de la transición española
Y
también, siempre en 2018, en otra mesa redonda (en este caso, organizada por mi
Universidad de Alicante) en torno a las virtudes y defectos de la Constitución
de 1978; este último texto se publicó en CLAVES DE
RAZÓN PRÁCTICA, numero 263 (2019): El 40 aniversario de la Constitución”.
Con quien polemicé en ambas ocasiones –podría decirse- fue con un estado de
opinión entonces muy difundidos en los que cabría considerar como la izquierda
populista en España y favorable a terminar con lo que se llamó “el régimen del
78”
Alfonso
García Figueroa es, si no el único, al menos uno de los pocos filósofos del
Derecho españoles que se adscriben al neoconstitucionalismo. En el número 1 de
la revista I-Latina, correspondiente a 2019, escribió un artículo, “En defensa
del “neoconstitucionalismo” y del neoconstitucionalismo”, en el que criticaba
mi postura en relación con esa concepción del Derecho. Mi replica, aparecida en
el mismo número de la revista, se tituló “Mejor abandonemos el
neoconstitucionalismo (con comillas o sin ellas)”
La
última de las polémicas concierne al llamado procés catalán
En
la revista Eunmía, en el numero 19 correspondiente a octubre 2020 – marzo 2021,
Josep M. Vilajosana público un texto titulado “Democracia y derecho a decidir”.
Mi rechazo a las tesis sostenidas por el iusfilósofo Catalán apareció en ese
mismo número: “Sobre un derecho inexistente. A propósito de “Democracia y
derecho a decidir” de Josep M. Vilajosana
Finalmente,
aprovecho la ocasión que me brinda esta presentación para felicitar a Pedro
Grández por su admirable labor al frente de la editorial Palestra. Y para
agradecerle a Julia Castro por su valiosa ayuda en la organización de este libro
ÍNDICE
CONTENIDO
PRESENTACIÓN
Capítulo I
SOBRE EL ESTADO DE DERECHO
Imperio
de la ley y constitucionalismo
Un
diálogo entre Manuel Atienza y Francisco Laporta
Capítulo II
SOBRE EL POSITIVISMO JURÍDICO
Sobre
constitucionalismo, positivismo jurídico e iusnaturalismo
Contribución
a la mesa redonda
Carta
a un amigo iuspositivista
Réplica
a Pierluigi Chiassoni
Capítulo III
SOBRE LA TEORÍA ESTÁNDAR DE LA
ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
Crítica
de la crítica crítica. Contra Enrique P. Haba y consortes
Entre
callar y no callar: decir lo justo
Capítulo IV
SOBRE LA FILOSOFÍA HERMENÉUTICA
Entrevista
de André Rufino do Vale
Comentario
a un comentario
Capítulo V
SOBRE LA GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN
La
gestación de la ley española
Dos
falacias sobre la gestación por sustitución
Capítulo VI
SOBRE LA TRANSICIÓN ESPAÑOLA
A
propósito de la transición española
En
el aniversario de la Constitución de 1978
Capítulo VII
SOBRE EL NEOCONSTITUCIONALISMO
Mejor
abandonemos el neoconstitucionalismo
(con
comillas o sin ellas)
Capítulo VIII
SOBRE EL DERECHO A DECIDIR
Sobre
un derecho inexistente. A propósito de
«Democracia
y derecho a decidir» de Josep M. Vilajosana
FICHA TÉCNICA:
1
Libro
164
Páginas
En
formato de 14.5 por 20.5 cm
Pasta
delgada en color plastificada
Primera
edición 2021
España
ISBN
9786123252076
Autor
Manuel Atienza
Editor
Palestra
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