ESTIMULOS E INCENTIVOS FISCALES EN MÉXICO
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Autor Sonia Venegas Álvarez
Editor Dofiscal
PRIMERA EDICIÓN 2020
LIBRO POR ENCARGO
El lector tiene frente a sus ojos una obra cuyo objeto es el
desarrollo teórico pero también práctico de una institución del Derecho Fiscal
cuyo estudio aparece más bien desdibujado en el Derecho Mexicano: Los estímulos
fiscales
Opacados por figuras como
el tributo y la clasificación de
los mismos, la autoridad fiscal y sus facultades de comprobación, los delitos y
sanciones del Derecho Penal Fiscal, el análisis de los estímulos fiscales ha
quedado relegado, sin embargo, y producto de la coyuntura social, económica
pero sobre todo política en la que discurre esta obra los mismos aparecen
revitalizados y titulares de la agenda pública
En materia fiscal no
se ha previsto reclamo social más férreo que el diseño y otorgamiento de este
tipo de instrumentos en nuestro país
LA OBRA CONSTA DE CUATRO CAPÍTULOS:
El primero, “Generalidades”, busca
dotar al lector del marco teórico necesario en la construcción de conocimientos
indispensables para la compresión de la naturaleza, semejanzas y diferencias
respecto de otras figuras propias del Derecho Fiscal Mexicano
Entre estas, la rectoría del Estado como fuente primigenia de la
facultad pública para su diseño y aplicación, así como las autoridades
constitucionalmente autorizadas para ello
Asimismo, se aborda los
conceptos que por antonomasia orbitan en torno a los estímulos fiscales extra
fiscalidad y parafiscalidad cuya apropiada distinción promete clarificar el
estado del arte y abona hacia un entendimiento novedoso y puntual
El capítulo segundo: “Los estímulos fiscales previstos por el
ordenamiento jurídico mexicano”
aterriza el aspecto teórico y muestra en la realidad jurídica el otorgamiento
de estas facilidades tributarias
Para ello se ha analizado la
totalidad de los estímulos previstos por el ordenamiento jurídico federal: La
Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley de Ingresos de la Federación
(LIF) aplicables a materias tan diversas como el transporte terrestre, la
industria cinematográfica, el deporte de alto rendimiento, al empleo, a la
industria minera, las sociedades cooperativas, a los fideicomisos dedicados a
la adquisición o construcción de inmuebles, a los Fideicomisos de
Infraestructura y Bienes Raíces (Fibras) y desarrollos inmobiliarios, por
mencionar algunos
Entre estos quizás los que de
manera palpable muestren la vocación de la institución sean los diseñados
exclusivamente para la zona fronteriza y los aplicables por la industria de
maquila para la exportación cuyo análisis ha sido hábilmente elaborado
El capítulo tercero, “Estímulos fiscales ecológicos”, sincretiza una visión
internacional con esta revolucionaria aplicación de un instrumento tributario.
En efecto, más allá de los tributos verdes son escasos los acercamientos de la
política tributaria en materia ambiental, de tal suerte que la aplicación de
estímulos fiscales verdes resuena en la arena pública como una posibilidad
novedosa
Para ello, el
crecimiento verde como enfoque de la política económica aparece como una
condición necesaria y previa en el diseño de este tipo de estímulos
En nuestro país su diseño no es del todo novedoso, sin embargo, el avatar
gubernamental y político ha amenazado la continuidad necesaria de toda política
pública, ello es especialmente evidente cuando se pone de relieve la
precariedad de los instrumentos otorgados por gobiernos locales en las
Entidades Federativas, pues tan solo cinco estados mantienen vigentes algún
tipo de beneficio con orientación ecológica
Otro tanto sucede con el hecho que promete marcar a toda una
generación en múltiples ámbitos: La emergencia sanitaria ocasionada por la enfermedad
por coronavirus (Covid-19), tras el cese de la actividad productiva y su
impacto en la economía mundial fue indispensable la adopción de métodos
paliativos de los estragos causados. Independientemente de la forma que se
adoptase: Subsidios, transferencias gubernamentales en especie o monetarias,
reducciones impositivas, arancelarias por citar algunas, la intervención
gubernamental se juzgó, por decir lo menos, indispensable, a través de los
estímulos fiscales para afrontar los efectos económicos causados por la
pandemia de Covid-19 es posible vislumbrar y juzgar el grado de intervención de
cada gobierno
En el caso de México, la
intervención fue otorgada en tres frentes: El federal, el local o el municipal,
sin que por ello pueda decirse que está ya logrado su cometido
En el caso de la Federación la
política pública aplicada fue la transferencia directa vía modalidad créditos a
la palabra, que a juzgar por las evaluaciones ha demostrado ser una política
infructuosa tanto en sus objetivos como en su cobertura; en el ámbito local el
panorama es aún más desalentador
Evidenciadas las diferencias previas entre las Entidades
Federativas,
las consecuentes políticas fiscales trabajadas conserva un abanico tanto en su
alcance como en su extensión del todo variopinto, pues desde los estímulos
pírricos e inoperantes dirigidos a la industria hotelera, ya de por sí
paralizada, hasta agresivos paquetes económicos complementarios a los
incentivos fiscales otorgados, las Entidades Federativas se tambalean entre la
urgente y necesaria ejecución del gasto social, la sanidad de las finanzas
públicas y lo limitado de los recursos financieros
Esto pone en entre dicho la existencia de una verdadera política
gubernamental para mostrar la heterogeneidad en diagnósticos y soluciones,
incluso una tarea tan elemental como la creación de un portal electrónico que
abrace la totalidad de los medios de destino con motivo de la contingencia sea
en el área de salud, monetaria, fiscal o laboral, ha quedado rebasada, pues el
portal gestionado por la Federación presenta información desfasada, incompleta
y contradictoria
La sanidad de las finanzas públicas y lo limitado de los recursos
financieros
Esto pone en entre dicho la existencia de una verdadera política
gubernamental para mostrar la heterogeneidad en diagnósticos y soluciones,
incluso una tarea tan elemental como la creación de un portal electrónico que
abrace la totalidad de los medios de destino con motivo de la contingencia sea
en el área de salud, monetaria, fiscal o laboral, ha quedado rebasada, pues el
portal gestionado por la Federación presenta información desfasada, incompleta
y contradictoria
La sanidad de las finanzas públicas y lo limitado de los recursos
financieros
Esto pone en entre dicho
la existencia de
una verdadera política gubernamental para mostrar la heterogeneidad en
diagnósticos y soluciones, incluso una tarea tan elemental como la creación de
un portal electrónico que abrace la totalidad de los medios de destino con motivo
de la contingencia sea en el área de salud, monetaria, fiscal o laboral, ha
quedado rebasada, pues el portal gestionado por la Federación presenta
información desfasada, incompleta y contradictoria
En suma, esta obra: ESTIMULOS E INCENTIVOS FISCALES EN MÉXICO; pretende arrojar luces sobre un
tema poco estudiado y que a la luz de la coyuntura resulta su consulta
insoslayable para el estudioso del Derecho
¿QUIÉN ES LA AUTORA?
Licenciada
en Derecho y doctora en Derecho Fiscal por la Universidad Nacional Autónoma de
México (UNAM) con mención honorífica, cuenta con estudios de maestría y
especialidad en Derecho Fiscal por la UNAM, y especialidad en Comercio
Exterior. Es investigadora del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
(Conacyt), nivel I. Ha recibido distinciones como las medallas Sor Juna Inés de
la Cruz 2019, Ignacio L. Vallarta, al mérito Universitario; la cátedra
extraordinaria Félix Pichardo Estrada. Actualmente se desempeña como profesora
titular C de tiempo completo en la Facultad de Derecho de la UNAM, y directora
del Seminario de Derecho Administrativo, de la misma casa de estudios. Autora
de los libros: Comentarios al Código Fiscal de la Federación; Derecho Fiscal;
Presunciones y ficciones del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas en
México; Derecho Fiscal: Parte general y contribuciones federales; Derecho
fiscal: Contribuciones locales, procesos y procedimientos; Origen y devenir del
ombudsman: Una institución encomiable. Miembro de distintas asociaciones
profesionales, entre ellas: La Asociación Internacional de Derecho
Administrativo (AIDA); la Asociación Mexicana de Derecho Administrativo (AMDA);
la Academia Mexicana de Derecho Fiscal (AMDF)
INICIALES EMPLEADAS:
BMV: Bolsa Mexicana de Valores; CBFI: Certificados Bursátiles Fiduciarios Inmobiliarios; CFF: Código Fiscal de la Federación; CONACYT: Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; CONADE: Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte; CONSAR: Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro; CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; CURP: Clave Única de Registro de Población; EFICINA; Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional; EFIDEPORTE: Estímulo Fiscal al Deporte de Alto Rendimiento; EFIDT: Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo Tecnológico; FIBRAS: Fideicomisos de Infraestructura y Bienes Raíces; FIBRA E: Fideicomisos de Inversión en Energía e Infraestructura; FICAP: Fideicomisos de Inversión de Capital Privado; FMI: Fondo Monetario Internacional; IEPS; Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; IGE: Impuesto General a la Exportación; IMMEX: Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicio de Exportación; IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social; INBA: Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura; ISAN: Impuesto sobre automóviles nuevos; ISR: Impuesto sobre la Renta; IVA: Impuesto al valor agregado; LGEEPA: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; LIE: Ley de la Industria Eléctrica; LIEPS: Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; LIF: Ley de Ingresos de la Federación; LISF: Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas; LISR: Ley del Impuesto sobre la Renta; LIVA: Ley del Impuesto al Valor Agregado; LSAR: Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro; NAFIN: Nacional Financiera; NAREIT: Asociación Nacional de Fideicomisos Inmobiliarios; OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico; PAE: Procedimiento Administrativo de Ejecución; PRODECON: Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; REITS: Fideicomiso de Inversiones Inmobiliarias; RFC: Registro Federal de Contribuyentes; SAT: Servicio de Administración Tributaria; SE: Secretaría de Economía; SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público; SOCIMI: Sociedades Anónimas de Inversión en el Mercado Inmobiliario; UMA: Unidad de Medida y Actualización
ÍNDICE:
CAPÍTULO I
1. Constitución económica
2. La rectoría del desarrollo
nacional
3. Exenciones
4. Subvenciones
5. Estímulos fiscales
6. Parafiscalidad y extrafiscalidad
CAPÍTULO II
1. Ley del Impuesto
sobre la Renta:
1.1
Estímulo fiscal a la producción y distribución cinematográfica
1.1.1. Generalidades
1.1.2. Operatividad
1.1.3. Revocación del estímulo
1.2. Estímulo fiscal a
la producción teatral nacional, entre otras
1.2.1
Generalidades
1.2.2
Operatividad
1.2.3
Revocación del
1.3.
Estímulo fiscal al deporte de alto rendimiento
1.3.1
Generalidades
1.3.2
Operatividad
1.3.3
Revocación del estímulo
1.4.
Estímulo fiscal a la investigación y desarrollo de la tecnología
1.4.1
Generalidades
1.4.2
Operatividad
1.4.3
Revocación del
1.5. De los equipos de
alimentación para vehículos eléctricos
1.6. Estímulo fiscal al
ahorro para el retiro
1.7. Estímulo fiscal al empleo de personas que padezcan
discapacidades y adultos mayores
1.7.1
Generalidades
1.7.2
Operatividad
1.8.
Estímulos fiscales a las sociedades cooperativas de producción
1.8.1
Breves antecedentes del movimiento cooperativo
1.8.2
Concepto
1.8.3
Tipología legal de las Sociedades Cooperativas
1.8.4
Principios que rigen a las sociedades cooperativas
1.8.5
Incentivos fiscales
1.8.6
Requisitos para aplicar los incentivos fiscales
1.8.7
Operatividad del estímulo
1.8.8
Reglas
1.8.9
Revocación del estímulo
1.9. Fideicomisos dedicados a la adquisición
o construcción de
inmuebles, Fibras
1.9.1
Concepto de fideicomiso
1.9.2
Generalidades
1.9.3
Las fibras en México
1.9.4
Características
1.9.5
Operatividad
1.9.6
Ventajas de las fibras
1.9.7
Incentivos fiscales
1.9.8
Fibra E
1.9.9
Tratamiento fiscal del Fibra E
1.10.
Deducción de terrenos por desarrolladores inmobiliarios
1.10.1
Requisitos
1.10.2
Extinción de los efectos del estímulo
1.11. Estímulo para la promoción de la inversión
en capital de riesgo
en el país
1.11.1
Generalidades
1.11.2
Requisitos
1.11.3
Extinción de los efectos del estimulo
1.12. El subsidio para el
empleo
2. ESTÍMULOS FISCALES PREVISTOS POR
LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN:
2.1
Estímulo
fiscal al transporte terrestre
2.1.1
Operatividad
2.2
Estímulo
fiscal a la industria minera
2.3
Estímulo
fiscal a la enajenación de libros, periódicos y revistas
2.3.1.
Operatividad
2.4 Estímulo fiscal a la adquisición
o importación de diésel y biodiesel
2.4.1 Personas dedicadas a actividades
empresariales
2.4.1.1
Operatividad
2.4.2 Personas dedicadas a las
actividades agropecuarias o silvícolas
2.4.2.1
Operatividad
2.4.3 Para el uso de transporte público y privado
de personas o de carga o turismo
2.4.3.1 Operatividad
3. ESTÍMULOS FISCALES
DE LA REGIÓN FRONTERIZA NORTE
3.1
Generalidades
3.2
Estimulo
aplicable al impuesto sobre la Renta
3.2.1
Operatividad
3.3
Estimulo
aplicable al impuesto al valor Agregado
3.3.1
Operatividad
3.4
Programa
de verificación en tiempo real
CAPÍTULO 3
1. El crecimiento económico verde como precondición
de los estímulos fiscales ambientales
2. Los estímulos fiscales como
subsidios y como política pública
3. Empleo de estímulos fiscales en
México antecedentes y actualidad
4. Estímulos fiscales verdes en la
Ley del Impuesto sobre la Renta
5. Estímulos fiscales verdes en las
Entidades federativas:
5.1
Ciudad
de México
5.2
Yucatán
5.3
Oaxaca
5.4
Estado
de México
5.5
Sinaloa
6. Autorregulación ambiental y
estímulos fiscales ecológicos
CAPÍTULO 4
ESTÍMULOS FISCALES PARA EL FOMENTO Y OPERACIÓN DE LA INDUSTRIA MAQUILADORA
DE EXPORTACIÓN Y EL PROGRAMA DE IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA PRODUCIR ARTÍCULOS DE
EXPORTACIÓN:
4.1
Decreto
IMMEX
4.2
Decreto
que otorga estímulos fiscales a la industria manufacturera, maquiladora y de
servicios de exportación
4.3
Sexta
de Resolución de Modificaciones a las reglas de carácter General en Materia de
Comercio Exterior para 2013
Generalidades, 2 Aguascalientes,
3. Baja California Sur, 4 Chiapas, 5 Chihuahua, 6 Ciudad de México, 7 Durango,
8 Coahuila de Zaragoza, 9 Colima, 10 Estado de México, 11 Guanajuato, 12
Guerrero, 13 Hidalgo, 14 Jalisco, 15 San Luis Potosí, 16 Michoacán de Ocampo,
17 Nayarit, 18 Nuevo León, 19 Oaxaca, 20 Puebla, 21 Querétaro, 22 Quinta Roo,
23 Sinaloa, 24 Sonora, 25 Tabasco, 26 Tamaulipas, 27 Tlaxcala, 28 Veracruz, 29
Yucatán, 30 Zacatecas, 31 Estímulos fiscales federales
FICHA TÉCNICA:
1 Libro
160 Páginas
Pasta blanda en color
plastificado
Primera edición 2020
ISBN 9786074745733
Autor Sonia Venegas Álvarez
Editor Dofiscal
FAVOR DE PREGUNTAR
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