sábado, junio 25, 2022

METAFISICA DE LAS COSTUMBRES

METAFISICA DE LAS COSTUMBRES

1 Libro Autor Immanuel Kant

Editor Tirant Lo Blanch

PRIMERA EDICIÓN 202

 

LIBRO POR ENCARGO

EN EL PRÓLOGO DE TOMÁS S. VIVES ANTÓN; ESCRIBE:

Cuando se afronta una nueva edición de la metafísica de las costumbres la primera pregunta que cabe hacerse es la de si es necesaria una nueva edición de una obra que, desde una perspectiva crítica, ha experimentado un declive importante en nuestro tiempo, hasta el punto de que se ha hablado de una despedida de Kant y Hegel

Por eso, es preciso abordar si esa despedida tiene fundamento o carece de él. He tratado en diversas ocasiones esa cuestión y he razonado que, si bien la concepción del estado y del delito de Kant ni está superada ni es superable, su modo de concebir la pena es inadecuado y no puede sostenerse al día de hoy. Eso bastaría para justificar esta nueva edición pues en ella se contienen observaciones de Manuel Jiménez que pueden revolucionar el modo de entender esta obra: METAFÍSICA DE LAS COSTUMBRES; y dar un sentido nuevo a su importancia y alcance

Manuel Jiménez Redondo, autor de esta traducción, no es precisamente una persona irrelevante por lo que respecta al pensamiento moderno

Para comprenderlo basta mencionar su espléndida traducción de la FENOMENOLOGÍA DEL ESPÍRITU. Tuve con él una estrecha relación cuando cursé, en el Seminario de Habermans en Frankfurt, un cuatrimestre dedicado a desarrollar su pensamiento. Habermans no era un orador didáctico y su pronunciación alemana hacía aún más difícil entenderle. Por eso. Casi todos los asistentes, alemanes incluidos (que pasaron de los trescientos iniciales a poco más de veinte a final del curso), nos reunimos alrededor de Manuel, para tener la seguridad de que habíamos entendido bien las diversas lecciones. Creo que esta anécdota basta para poner de manifiesto el dominio que Manuel poseía y posee tanto de la lengua cuanto de la filosofía alemana de la modernidad y, en concreto, de Kant, lo que confiere a su traducción un valor excepcional

Para sintetizar ese valor yo diría que, en primer lugar, especifica que LA METAFÍSICA DE LAS COSTUMBRES, resulta ser un comentario a la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Esa perspectiva inicial del traductor comporta un nuevo modo de entender la obra y, a mi juicio justifica la primacía de la concepción del Derecho sobre la de la pena. Situada en el corazón del entendimiento del Derecho por parte de Kant la igual libertad de todos los hombres y concebida esa libertad como modo de lograr una convivencia externa pacífica, resulta incongruente entender la pena como una obligación de la comunidad, pues la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano sólo entiende justificada la pena es su necesidad para el mantenimiento de un orden social justo y ninguna clase de justicia intrínseca

La conocida concepción de Kant según la cual: “Aun cuando se disolvería la sociedad civil con el consentimiento de todos sus miembros (por ejemplo, decidiera disgregarse y diseminarse por todo el mundo el pueblo que vive en una isla), antes tendría que ser ejecutado hasta el último asesino que se encuentre en la cárcel, para que cada cual reciba lo que merecen sus actos y el homicidio no recaiga sobre el pueblo que no ha exigido este castigo: porque puede considerársele como cómplice de esta violación pública de la justicia”. Estas primeras frases se especifican después del siguiente modo: “Esta igualdad de las penas, que solo es posible por la condena a muerte por parte del juez, según la estricta ley del talión, se manifiesta en el hecho de que solo de este modo la sentencia de muerte se pronuncia sobre todos de forma proporcionada a la maldad interna de los criminales (aunque no se tratara de un homicidio, sino de otro crimen de Estado que sólo la muerte puede borrar)”

Podríamos seguir; pero basta lo transcrito para poner de manifiesto varias contradicciones. En primer término, que la ley del talión stricto sensu expresa diciendo “ojo por ojo, diente por diente” a la que obviamente, le es aplicable la negación de Hegel para el caso de que el delincuente fuese ciego o desdentado; pero aquí el talión material se transforma en una especie indefinida de talión ideal: el delincuente ha de sufrir un daño equivalente al mal caudado. Pero, ¿Cómo se justifica imponer un mal por haberse causado otro? De ese modo el Derecho no anularía un mal, sino que se limitaría a producir un mal complementario. Solo si la causación de ese otro mal fuese necesaria para producir un bien mayor (como podría serlo el respeto al sistema de reglas), podría entenderse justificada y eso es lo que dice Kant. Así, Kant da a la pena una justificación inconsistente y antiliberal. La obligación de castigar tendría que poder justificarse por un derecho de los ciudadanos al castigo, que no se proclama en modo alguno en la Declaración y que no fortalece los derechos de todos sino que únicamente refuerza el poder de castigar

Partir de que el castigo solo es legítimo cuando resulta estricta y absolutamente necesario, como reza la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano y, por otra parte, proclamar la absoluta necesidad de imponer un castigo igual al daño del delito cometido, como propone Kant, es evidentemente una contradicción que no pudo pasarle inadvertida al autor. Tampoco pudo ignorar que una total obligación era incongruente con la regla previa de maximalización de la libertad. De modo que afirmar, en principio, la maximalización de la libertad de todos y castigar el delito en la forma que Kant propone es incompatible. Sin embargo, Kant afirmaba que no había dicho todo lo que pensaba, pero sí que había pensado todo lo que decía. Entender que el pensamiento de Kant acogía, a la vez, dos afirmaciones tan evidentemente contradictorias es atribuir a uno de los más grandes pensadores de todos los tiempos un defecto lógico tan burdo que resulta increíble. Propondría por tanto, interpretar su afirmación en un sentido banal, a saber. Queriendo decir que muchas de las cosas que pensaba no las dijo; pero que para decir las que dijo había tenido, obviamente, que pensarla antes

Manuel Jiménez a propósito, precisamente, de la pena de muerte destaca que el argumento de Kant no se sostiene. Su punto de partida la idea del talión, es rechazado, por ejemplo, en el ámbito de los delitos sexuales, diciendo que el Estado no puede castigar un delito cometiendo otro. No puedo admitir que Kant no se percatase de la inconsistencia de su planteamiento. De modo que, creo que para entender por qué lo expresó así habría que acudir a otras razones que, desde luego, no faltan si se tiene en cuenta la difícil situación en la que Kant escribía. El desconocimiento de esa concreta situación ha llevado a muchos autores a colocar a Kant como principio del fin de la ilustración o como una suerte de pensador neoliberal que, de un lado, proclama la supremacía de la libertad; pero, de otro lado, la concibe de modo tan formal que permite tantos y tan graves recortes que pueden llevar a dejarla sin contenido alguno

Manuel Jiménez ha analizado estas y otras contradicciones de la concepción kantiana del Derecho, en su reciente artículo “Kant sobre el Derecho Penal”, que forma parte de su edición comentada de LA METAFÍSICA DE LAS COSTUMBRES que aquí se prologa. Tanto en esa obra como en otros trabajos previos, lo que Jiménez hace suyo indudablemente, es el liberalismo de Kant

Por eso me parece indispensable caracterizar ese liberalismo. Se ha objetado a Kant, y al entendimiento de Kant de Manuel Jiménez, que parece permanecer anclado en la idea de estado Liberal de derecho, por su radical separación entre el Derecho y la Moral. Sin embargo, esa separación no comporta, para Manuel Jiménez ni desde luego para el propio Kant, que el Derecho pueda dar la espalda absolutamente a la Moral

En efecto, aunque para Manuel Jiménez la Moral no es el Derecho y el Derecho no es la Moral, “para la conciencia moderna contemporánea la separación entre moral y derecho se debe a lo más básico de todo en la moral y a lo más básico de todo en el derecho. Y eso más básico de todo es uno y lo mismo para ambos (…). La moral se refiere a los fines que los hombres deben proponerse (…) y hay fines que el hombre necesariamente debe proponerse (…). Pero en el derecho no puede tratarse en absoluto de eso. Querer imponer a otro mediante coacción que se proponga un fin es contradictorio, pues no sería un fin que él se propone, sería un fin que quien se lo impone realiza a través de él”

Pero la libertad que tanto Kant como Manuel Jiménez sitúan en el centro de su concepción del Derecho no es la que confiere a pobres y a ricos el mismo derecho a vivir debajo de los puentes: es una libertad con contenido que da lugar a una igualdad relativa en términos reales, sin la cual no puede sostenerse por largo tiempo un sistema jurídico razonable. Para comprenderlo así y para captar en este punto la fecundidad y la riqueza del pensamiento kantiano basta recordar cuanto al respecto se dice en la PAZ PERPETUA por Kant. Kant postula un derecho de ciudadanía mundial del que se desprende como mínimo el derecho de hospitalidad. “No se trata aquí de un derecho por el cual el recién llegado pueda exigir el trato de huésped –que para ello sería preciso un convenio especial benéfico que diera al extranjero la consideración y el trato de un amigo o convidado-, sino simplemente de un derecho de visitante, que a todos los hombres asiste: el derecho a presentarse en una sociedad”. Ese derecho se funda en la común posesión del suelo de la tierra. Estas ideas van ya mucho más allá de los postulados actuales de los Estados liberales de Derecho y contrasta con el inaceptable trato que recibe la emigración

Lo que sigue a ese punto de partida es la igualdad postulada de todos los pueblos en el marco de un Derecho Público Universal. Es decir, en el marco de un Derecho Público cosmopolita común a todos y aceptado por todos como garantía de la paz perpetúa. Ese objetivo está muy lejos; pero el día que se lograse, el mundo se hallaría en una situación mucho mejor que la actual para todos los individuos y se habría asegurado a paz perpetua. Tender a ese objetivo, por dificultoso que sea, es para Kant una obligación. De modo que, no cabe atribuirle ninguna clase de formalismo como tampoco cabe hacerlo respecto de Manuel Jiménez que, en muchas ocasiones, que no es preciso recordar aquí ha subrayado el contenido social y humano del liberalismo de Kant que él defiende y que yo no puedo sino suscribir enteramente

Leer la METAFÍSICA DE LAS COSTUMBRES; desde la visión de Manuel Jiménez puede resultar una gratificante aventura intelectual y, por ello no puedo sino invitar a hacerlo

Escrito en la Ciudad de Valencia en septiembre del 2020

ÍNDICE:

PRÓLOGO de Tomás S. Vives Antón

INTRODUCCIÓN DEL TRADUCTOR

PRIMERA PARTE:

Miseria y grandeza de la metafísica de las costumbres

Cuestiones de nombre

Ediciones de la Metafísica de las costumbres

Ediciones y traducciones de la obra

Nuestro texto de referencia

Miseria de la forma del texto

Perplejidades ante el contenido del texto

Remediando los problemas de forma: la edición de Ludwig

Segunda parte:

La filosofía del derecho de Kant

Sección Primera:

Kant y la Revolución francesa

La génesis de la Metafísica de las costumbres

Kant y las Declaraciones de 1776 y 1789

La Declaración de 1789, lo mío y lo tuyo externos, el Estado

Kant trasciende la perspectiva de la Declaración

Sección Segunda:

Kant y la tradición de la doctrina del derecho natural

El carácter tripartito del orden de derecho

Sobre el derecho de personas, libertas y servitus

La santidad de la persona

Kant rehace, pues, la tradición y la Declaración

Ampliación y superación de los conceptos de soberanía y contrato social

Sobre el Ius publicum europaeum

Sección tercera:

El origen de la soberanía; revolución y reforma

Y, sin embargo, Kant rechaza la Revolución

Los revolucionarios buscan invitar a Kant a París

Tercera parte: ética y derecho, Kant rehace su filosofía práctica

Kant al final de su vida

El imperativo moral, la idea de libertad

El mandato general del derecho, derecho de libertad

La desarticulación de las posiciones anteriores

La ética: el sistema de los fines que es un deber proponerse; en definitiva, sólo uno: el ser libre mismo

El pensamiento ético de Kant, rehecho

Cuarta parte:

Retorno a Kant

De vuelta a Kant a través de dos libros

Una teoría de la justicia

Facticidad y validez

La cuestión de lo mío y lo tuyo externos

PRIMERA PARTE:

PRINCIPIOS METAFÍSICOS DE LA DOCTRINA DEL DERECHO

Prefacio

Tabla de la división de la doctrina del derecho

Introducción a la metafísica de las costumbres

I.

De la relación de las facultades del ánimo del hombre con las leyes de las costumbres

II.

De la idea y necesidad de una metafísica de las costumbres

III.

De la división de una metafísica de las costumbres

IV.

Conceptos preliminares de la metafísica de las costumbres

(philosophia practica universalis)

Introducción a la doctrina del derecho

§ A.

¿Qué es la doctrina del derecho?

§ B.

¿Qué es derecho?

§ C.

Principio general del derecho

§ D.

El derecho va unido a la facultad de coaccionar

§ E.

El derecho estricto puede representarse como la posibilidad de una universal coacción recíproca que concuerde con la libertad de cada cual conforme a leyes generales

Apéndice a la introducción a la doctrina del derecho

Del derecho equívoco (ius aequivocum)

I.

La equidad (aequitas)

II.

El derecho de la necesidad (ius necessitatis)

División de la doctrina del derecho

A.

División general de los deberes jurídicos

B.

División general de los derechos

División de la metafísica de las costumbres en general

Primera parte:

El derecho privado

Capítulo primero:

Del modo de tener algo externo como suyo

§ 1.

§ 2.

Postulado jurídico de la razón práctica

§ 3.

§ 4.

Exposición del concepto de lo mío y lo tuyo externos

§ 5.

Definición del concepto de lo mío y lo tuyo externos

§ 6.

Deducción del concepto de posesión meramente jurídica

de un objeto externo (possessio noumenon)

§ 7.

Aplicación del principio de la posibilidad de lo mío y lo tuyo externos a objetos de la experiencia

§ 8.

Tener algo externo como suyo sólo es posible en un estado jurídico, bajo un poder legislativo público, es decir, sólo es posible en un estado civil

§ 9.

En el estado de naturaleza puede, ciertamente, haber un mío y un tuyo externos que sean reales, pero sólo de forma provisional

Capítulo segundo:

de la forma de adquirir algo externo

§ 10.

Principio general de la adquisición externa

Sección primera: del derecho sobre una cosa o derecho real

§ 11.

¿Qué es un derecho real?

§ 12.

La primera adquisición de una cosa no puede ser otra que la del suelo

§ 13.

Todo suelo puede ser adquirido originalmente y el fundamento de la posibilidad de esta adquisición es la comunidad original de suelo

§ 14.

El acto jurídico de esa adquisición es la ocupación (occupatio)

§ 15.

Sólo en una constitución civil puede adquirirse algo perentoriamente, en cambio en el estado de naturaleza puede adquirirse también, pero sólo de modo provisional

§ 16.

Exposición del concepto de una adquisición original del suelo

§ 17.

Deducción del concepto de adquisición original

Sección segunda:

Del derecho personal §§ 18-21

Sección tercera:

Del derecho personal en forma real §§ 22-23

Título primero:

El derecho matrimonial §§ 24-27

Título segundo:

El derecho de los padres §§ 28-29

Título tercero:

El derecho del amo de la casa § 30

División dogmática de todos los derechos adquiribles por contratos § 31

I.

¿Qué es el dinero?

II.

¿Qué es un libro?

Sección episódica:

De la adquisición ideal de un objeto externo del arbitrio

§ 32.

I.

Adquisición por usucapión § 33

II.

La sucesión (acquisitio hereditatis) § 34

III.

El dejar una buena fama después de la muerte (bona fama defuncti) § 35

Capítulo tercero: de la adquisición, subjetivamente condicionada, por sentencia de una jurisdicción pública

§ 36.

A. § 37.

Del contrato de donación

B. § 38.

Del contrato de préstamo de uso, o comodato

C. § 39.

De la recuperación de lo perdido (vindicatio)

D. § 40

De la adquisición de seguridad mediante la prestación

de juramento (cautio iuratoria)

Tránsito de lo mío y lo tuyo en el estado de naturaleza

a lo mío y lo tuyo en el estado civil §§ 41-42

Segunda parte: el derecho público

Sección primera: el derecho estatal §§ 43-49

Observación general sobre los efectos jurídicos

que se siguen de la naturaleza de la asociación civil

A.-D.

E.

Del derecho penal y del derecho de gracia

De la relación jurídica del ciudadano con la patria

y con el extranjero §§ 50-52

Sección segunda:

El derecho de gentes §§ 53-61

Sección tercera:

El derecho cosmopolita § 62

Conclusión

APÉNDICE:

Observaciones aclaratorias a los principios metafísicos

de la doctrina del derecho [respuesta a Bouterwek]

1.

Preparación lógica para un concepto jurídico intentado últimamente

2.

Justificación del concepto de un derecho personal en forma real

3.

Ejemplos

4.

Sobre una confusión del derecho de cosas con el de personas

5.

Complemento a la discusión de los conceptos de derecho penal

6.

Del derecho de usucapión

7.

De las sucesiones

8.

De los derechos del estado en lo que respecta a las

fundaciones a perpetuidad en favor sus súbditos

Conclusión

SEGUNDA PARTE:

PRINCIPIOS METAFÍSICOS DE LA DOCTRINA DE LA VIRTUD

Prefacio

Introducción a la doctrina de la virtud

I.

Discusión del concepto de una doctrina de la virtud

II.

Discusión del concepto de un fin que a la vez sea un deber

III.

De la razón de pensarse un fin que sea a la vez un deber

IV.

¿Cuáles son los fines que son a la vez deberes?

V.

Aclaración de estos dos conceptos

A.    La perfección propia

B.    La felicidad ajena

VI.

La ética no da leyes para las acciones (pues eso lo hace el ius)

sino sólo para las máximas de las acciones

VII.

Los deberes éticos son de obligatoriedad lata, mientras que los deberes jurídicos son de obligatoriedad estricta

VIII.

Exposición de los deberes de virtud como deberes latos

1.

La perfección propia como fin que es a la vez un deber

2.

La felicidad ajena como fin que es a la vez un deber

IX.

¿Qué es un deber de virtud?

X.

El principio supremo de la doctrina del derecho era analítico;

el de la doctrina de la virtud es sintético

XI.

Esquema de los deberes de virtud

XII.

Conceptos estéticos previos relativos a la receptividad

del ánimo para los conceptos de deber

a.    El sentimiento moral

b.    De la conciencia moral [Gewissen]

c.    Del amor a los hombres

d.    Del respeto

XIII.

Principios generales de la metafísica de las costumbres,

relativos a cómo proceder en una doctrina pura de la virtud

XIV.

De la virtud en general

XV.

Del principio de separación entre la doctrina

de la virtud y la doctrina del derecho

XVI.

Para la virtud se requiere primero el dominio

(herrschaft) de sí mismo

XVII.

Para la virtud se presupone necesariamente

la apatía (considerada como fuerza)

XVIII.

Conceptos previos relativos a la división

de la doctrina de la virtud

XIX.

 [División de la ética]

I.

Doctrina ética elemental

Primera parte:

De los deberes para consigo mismo en general

Introducción

§ 1.

El concepto de un deber para consigo mismo contiene

(a primera vista) una contradicción

§ 2.

Y, sin embargo, existen deberes del hombre para consigo mismo

§ 3.

Explicación de esta aparente antinomia

§ 4.

Del principio de la división de los deberes para consigo mismo

Libro primero:

De los deberes perfectos para consigo mismo

Capítulo primero

El deber del hombre para consigo mismo como un ser animal § 5

Artículo primero:

Del suicidio y la mutilación § 6

Artículo segundo:

De la profanación de sí mismo por el abuso del sexo § 7

Artículo tercero:

Del autoaturdimiento por empleo inmoderado de productos que se consumen por placer, o también de alimentos § 8

Capítulo segundo:

El deber del hombre para consigo mismo simplemente como ser moral

I.

De la mentira § 9

II.

De la avaricia § 10

III.

Del servilismo §§ 11-12

Sección primera:

El deber del hombre para consigo mismo

como juez nato sobre sí mismo § 13

Sección segunda:

Del primer mandato de todos los deberes

para consigo mismo §§ 14-15

Sección episódica:

De la anfibología de los conceptos morales de reflexión: del tener por un deber para con otros [seres] lo que es un deber del hombre para consigo mismo §§ 16-18

Libro segundo:

De los deberes imperfectos del hombre para consigo mismo (en lo que respecta a su fin)

Sección primera:

Del deber para consigo mismo en lo que respecta al aumento de la propia perfección natural, es decir, en sentido pragmático §§ 19-20

Sección segunda:

Del deber para consigo mismo en lo que respecta al aumento de su propia perfección moral, es decir, del deber para consigo mismo en sentido puramente ético §§ 21-22

Segunda parte:

De los deberes éticos para con otros hombres

Capítulo primero:

De los deberes para con los otros simplemente como hombres

Sección primera:

Del deber de amar a los otros hombres

División §§ 23-24-25

Del deber de amar, en particular §§ 26-28

División de los deberes de amor

A.    Del deber de beneficencia §§ 29-31

B.    Del deber de gratitud §§ 32-33

C.    La sensibilidad simpatética es en general un deber §§ 34-35

De los vicios del odio a los hombres, que directamente

(contrarie) se oponen al amor a los hombres § 36

Sección segunda:

De los deberes de virtud para con otros hombres por

el respeto que se les debe §§ 37-41

De los vicios que vulneran el deber de respeto a los otros hombres

A.    La soberbia § 42

B.    La detracción § 43

C.    El escarnio § 44

Capítulo segundo:

De los deberes éticos de los hombres los unos para

con los otros en lo que respecta a su estado § 45

Conclusión de la doctrina elemental:

De la muy íntima unión del amor con

el respeto en la amistad §§ 46-47

Apéndice:

De las virtudes del trato (virtutes homileticae)

II. Doctrina ética del método

Sección primera:

La didáctica ética §§ 49-52

Sección segunda:

La ascética moral § 53

Conclusión:

La doctrina de la religión como doctrina de los deberes para

con Dios queda fuera de los límites de la filosofía moral pura

Tabla de la división de la ética

NOTAS A LA “INTRODUCCIÓN DEL TRADUCTOR”

NOTAS Y COMENTARIOS DEL TRADUCTOR A LA “DOCTRINA DEL DERECHO”

NOTAS Y COMENTARIOS DEL TRADUCTOR A LA “DOCTRINA DE LA VIRTUD”

BIBLIOGRAFÍA

FICHA TÉCNICA:

1 Libro

624 Páginas

Pasta blanda en color plastificado

Primera edición 2022

ISBN 9788418970092

Autor Immanuel Kant

Comentarios Manuel Jiménez Redondo

Prologo Tomás Vives Antón

Editor Tirant Lo Blanch

 

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3 comentarios:

  1. Libro METAFISICA DE LAS COSTUMBRES

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    Libro METAFISICA DE LAS COSTUMBRES

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  2. No contento con haber destruido a Hegel y a Heidegger en sus traducciones (al segundo directamente lo tergiversó y le añadió cosas que no dice el texto original en alemán que tuvo la osadía de traducir) y al primero lo hizo más incomprensible de lo que ya es, ahora viene de nuevo Jiménez Redondo a hacer gala de su capacidad destructiva de los textos con el pobre de Kant. Fiel a su modestia, hizo una "introducción del traductor" casi tan grande como el mismo texto... por favor!!!

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    1. Libro METAFISICA DE LAS COSTUMBRES

      Agradezco su comentario

      Libro METAFISICA DE LAS COSTUMBRES

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