TECNICAS DE ARGUMENTACION JURIDICA
1 Libro Autor Juan Antonio Ureta Guerra
Editor Ediciones Legales AlLímite
Segunda edición corregida y aumentada 2022
Con prólogo del Dr. Raúl Chaname Orbe
EDITOR EDICIONES LEGALES ALLímite
TECNICAS DE ARGUMENTACION JURIDICA
Para la litigación corregida y aumentada
De la Escuela Iberoamericana
de Argumentación y litigación
La argumentación en verbo y acción
Las actuales herramientas de
la argumentación se hacen accesibles a través de este libro: TÉCNICAS DE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA; empleando
ejemplos, ilustraciones y ejercicios, permite al lector entrenarse para
participar en los debates reales con la capacidad de evaluar y producir
narraciones, descripciones, argumentaciones, refutaciones, especialmente
orientadas al debate oral y escrito en el nuevo modelo procesal adversarial
oral en materia penal
Además contiene los preceptos que
permiten desarrollar un pensamiento crítico capaz de avaluar la calidad de la
información que recibe y brinda, por lo que será beneficioso para abogados,
funcionarios públicos, magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico,
así como para cualquiera interesado en evaluar la calidad del desempeño de los
operadores jurídicos mediante el examen crítico de sus alegaciones orales o
escritas, dictámenes o sentencias
Este texto: TECNICAS DE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA; se
ha reconocido un aporte en Iberoamérica para el desarrollo de nuevas
habilidades para participar en debates y se ha convertido en una fuente
indispensable de consulta
Lo
anterior escrito por el autor:
Juan
Antonio Ureta Guerra
En el prólogo escrito por
Raúl Chanamé Orbe
Es necesario en primera instancia es que este magnífico trabajo
tiene sus objetivos muy claros; mismos que son los siguientes:
Este curso será útil a quienes deseen
incorporar nuevas técnicas, con el objetivo de mejorar su participación en
debates jurídicos orales y escritos, desarrollando su capacidad para crear y
analizar argumentos basados en evidencias, para ser usados en debates
judiciales y disponerlos en un orden convincente:
ESTOS SON LOS OBJETIVOS EN ESPECÍFICO:
LOGRAR QUE EL PARTICIPANTE:
1.
Adquiera una actitud positiva
frente al debate y la
2.
Desarrolle una actitud creativa,
crítica y colaborativa en los debates
3.
Busque precisión, sencillez, justedad y contundencia
en los argumentos y análisis que se propongan
4.
Distinga tesis sustentadas de una
hipótesis plausible
5.
Analice con justeza la tesis
contraria
6.
Formule preguntas críticas a los
argumentos
7.
Organice la estructura de la
exposición de manera eficaz
8.
Supere el formalismo y ritualismo en la exposición
y crítica de argumentos
9.
Diseñe un programa personal de aprendizaje y entrenamiento
en las técnicas de argumentación que le sean
favorables
Y
más…
Los argumentos son medios para llegar al reconocimiento intersubjetivo
de pretensiones de validez. Un argumento puede tener
una fuerza racionalmente motivadora (condiciones
internas) si es válido
Desde la crítica sociológica Habermas
plantea que la teoría de las argumentaciones es necesaria, ya que trata de las
relaciones internas entre las unidades pragmáticas, es decir, de los actos del
habla. Producir argumentos es el acto de la comunicación mediante el cual se
genera convencimiento por sus propiedades intrínsecas
Sin embargo, se pueden generar condiciones externas que
aseguren la aceptación de un argumento,
con independencia de su validez
Para el primer caso,
necesitamos de una lógica de la argumentación
Para este autor, la argumentación tiene que disponer de un
concepto más amplio de
validez que no se restrinja a la verdad
Pero de ello no se sigue en
absoluto la necesidad de renunciar a conceptos de validez análogos al de
verdad, de expurgar del concepto de validez todos sus momentos contrafácticos y
de equiparar validez y “aceptancia”, validez y vigencia social
Tal como el profesor Manuel Atienza en su conocida obra LAS RAZONES DEL DERECHO nos indica: “La práctica del
Derecho consiste, de manera muy fundamental, en argumentar, sin embargo, son
pocos quienes han leído alguna vez un libro sobre la materia, e incluso desconocen
la existencia de la teoría de la argumentación jurídica”
A mediados del siglo pasado, se
produce un gran resurgimiento de la teoría argumentativa con la aplicación de
la lógica al derecho, en parte, por la posibilidad de aplicar al mismo las
herramientas de la “nueva” lógica matemática (con la publicación, en 1951, de
la lógica jurídica de Uirich Klug y en parte como consecuencia del nacimiento
de la lógica deontológica de las normas con el primer trabajo de Wright de
1951), sin embargo, no debemos de olvidar que las primeras propuestas de esta
índole fueron las de Hans Kelsen
Razonar es poder explicar la validez de un argumento, este es, a su
vez, una composición de ideas lógicas. Para expresar el pensamiento se requiere
de un lenguaje que sea coherente, cuyos significados puedan fundamentar con
precisión ideas. En síntesis, razonar es pensar lógicamente
Los griego como Sócrates
y Aristóteles crearon
el dialogo mayéutica, en tanto Cicerón y Quintiliano perfeccionaron la retórica
o arte de la elocuencia y la persuasión
Sócrates,
el maestro de la conversación, ideó un sistema de razonamiento, que por medio
del dialogo estimulaba la comprensión de los participantes de un coloquio,
basado en un conjunto de preguntas que buscaban hacer resaltar la argumentación
lógica
La mayéutica griega al
contacto de la retórica romana, dio contenido al Derecho Romano que se expresó
en la resolución de controversias a través de la argumentación jurídica, cuyo
máximo exponente fue Cicerón
Ha escrito Francisco Novoa: “Desde
joven tuvo Cicerón gusto y afición por la filosofía, pero durante mucho tiempo
no vio en ella más que un medio de ampliar su cultura de orador y de ejercitar
su mente en las agudezas de la argumentación”
(Cicerón
y Seneca. Tratados Morales. Estudio Preliminar de Francisco Novoa, W.M.
Jackson. Séptima edición. New York, 1974, p. XVI)
Este antiguo sistema de pensar y resolver los conflictos humanos fue
actualizado originalmente por el filósofo alemán Theodor Wiegew (1907) e su
texto Tópica y Jurisprudencia, donde actualiza el razonamiento aristotélico
sosteniendo que la labor jurisdiccional se basaba en tres elementos:
interpretar, argumentar y motivar; así, la motivación sería los argumentos
lógicos y jurídicos aplicados para resolver una controversia a través de una sentencia clara y congruente
Esta lógica jurídica será
continuada por el filósofo belga Chaim Perelman 1912 – 1984, cuando, en 1976,
publico su tratado argumentativo Nueva Retorica, donde sostiene que el papel de
la lógica jurídica es pasar de las abstracciones normativas al derecho
concreto, que se expresa a través de las sentencias (vistos, resultados,
considerandos puntos resolutivos)
Un fallo es interpretación, aplicación
y retórica, que actualmente se le denomina cartesianamente argumentación, de
allí, el título original del libro de Perelman
Hoy, la argumentación jurídica es
uno de los más importantes instrumentos del razonamiento jurídico, desarrollado
teóricamente por Alexy, Taruffo, Prieto Sanchis y Atienza, entre otros. La
teoría de la argumentación es pieza central para justificar y/o criticar las
decisiones judiciales
El profesor Héctor Fix-Zamudio solía
decir que no hay mejor práctica que una buena teoría y esta se reduce a una
buena argumentación
En la enseñanza del Derecho, este
sistema adquirió su perfección en la Universidad de Harvard, con el método del
profesor Lagdell, quien buscando la mayor participación estudiantil, entregaba
casos judiciales al libre razonamiento de los alumnos, ellos resolvían las
controversias según su razonamiento y el profesor –en el sentido socrático-
presentaba cuestionamientos o preguntas para provocar el debate, lo que daba
como resultado que cada participante se esmerara por argumentar y motivar mejor
sus puntos de vista
Cada caso debe ser insumo para
que el hombre de derecho pueda entrenar su razonamiento y la búsqueda de
soluciones a estas controversias judiciales. En la parte práctica, cada
pregunta debe ser contestadas por escrito, de tal forma que cumplamos la máxima
de Bacon: “La lectura hace al hombre completo, la conversación lo hace ágil; el
escribir lo hace preciso”
Por todas estas razones, consideramos
que el doctor Juan Antonio Ureta Guerra con este libro técnicas de
argumentación jurídica hace un gran aporte a la comunidad jurídica nacional,
por ello, invitamos a los jueces fiscales, abogados, litigantes y estudiantes,
y en general, a todo el sector académico al estudio de este importante
material, estando convencido que a través de su lectura encontrarán un
instrumento apreciable que ampliara y enriquecerá su valiosa actividad
profesional
EN SU PRESENTACIÓN
ESCRIBE:
JUAN URETA GUERRA
¿Cuál es, realmente, la diferencia existente entre la teoría
del razonamiento judicial y la teoría dela
argumentación jurídica aquí presentada?
Aunque toda respuesta sencilla puede
ser equivoca, ensayaré la siguiente: para los seguidores de la teoría del
razonamiento judicial, el centro de decisión se encuentra en el juez, y en la
teoría de la argumentación el centro de gravitación se encuentra en el debate
crítico
¿Cómo es que el debate crítico
remplaza al juez?
Muy sencillo, simplemente debe tratarse de un
debate en el cual la crítica que ejerce cada parte
sea tan ardua que finalmente se
dilucide con claridad la posición a adoptar
En esta perspectiva, el juez no soluciona el conflicto, sino que promueve imparcialmente el debate, a fin que este esclarezca el conflicto,
salvo en contra de quien tuviera la carga de la prueba
Por cierto, la prueba tampoco se
constituye gratuitamente en un elemento a favor de las alegaciones, sino que es
expuesta a examen en el debate, y solo si sobrevive al mismo es una auténtica
prueba
Sin debate, exhaustivo y crítico, no sabremos si la prueba
es de oro, o simplemente plomo bañado en
oro
De este modo, el
debate presupone que el resultado depende de una labor de equipo, donde al
menos dos compiten entre sí y un tercer miembro se mantiene imparcial para
decidir
Este esquema fue utilizado e investigado al menos en la antigua Grecia, en
Roma, en Europa medieval gracias a los sofistas, retóricos, dialecticos y
filósofos durante un periodo que trascurre entre el siglo VI a. C., hasta
aproximadamente el siglo XVII, cuando se forman en occidente dos tradiciones
jurídicas, la del common low que
mantiene el debate como centro del proceso, y la de Europa continental, donde
se invita al juez inquisitivo y se disminuye el papel del debate, esta última
tradición es la que se impuso en Latinoamérica
Las teorías del razonamiento judicial o metodología del Derecho,
desarrolladas en los siglos XIX y XX y, recientemente, la llamada TAJ o Teoría
del Estándar de la argumentación jurídica son tributarias de aquella corriente
que surgió hace tres siglos, en Europa Continental, que de modo general,
rechazó al debate como fuente de conocimiento, como método de búsqueda de la
verdad
Esta corriente considero que el debate ocurría porque alguien
incurría en equivocó, en mentira, en terquedad,
o en intento de manipulación del oponente
Esta revolucionaria perspectiva propuso
una metodología individualista, que suponía a cada ser humano dotado de
eficientes sentidos y de una poderosa lógica, que podía llevar a la verdad
fuera de todo debate
Así, por
esta metodología al igual que el investigador científico, el juez podía llegar
a la verdad si procedía como aquel, y procedía a recopilar hechos, formular y
verificar hipótesis, para finalmente sostener su tesis sin contradicciones y en
actitud rigurosa citar las pruebas en una tesis llamada sentencia
Desde el siglo XIX, a
la fecha, quizá se hayan escrito decenas de libros buenos y, sin duda,
centenares de libros malos, acerca de cómo llegar a la verdad científica y
también a la verdad judicial, lo cierto es que al menos en Europa continental y
luego en Latinoamérica sirvieron para enviar al olvido a los viejos libros de
dialéctica y retórica
Quien escudriñe comparaciones entre el investigador empírico
del siglo XVIII y el posterior juez inquisitivo encontrará
innumerables semejanzas
A mediados del siglo XX cayeron en desprestigio los
supuestos que mantenían semejante perspectiva. Curiosamente, desde diversas
disciplinas, la antigua doctrina del debate adquirió contemporaneidad: la
historia y la educación volvieron a tomar en cuenta a los antiguos sofistas y
retóricos; la metodología del Derecho, exhausta del razonamiento judicial,
volvía a examinar el papel de la retórica en el Derecho
La filosofía de la ciencia y la nueva metodología de la ciencia empezaron a
investigar el desarrollo de la ciencia como un continuo debate entre teorías y
programas de investigación: la psicología cognitiva y la teoría de la
educación, retornaron la importancia y la necesidad del debate en el
aprendizaje frente a nuestras recién descubiertas limitaciones cognitivas, en
lógica se abandonaron los viejos cánones delictivos en busca de modelos que representen
los razonamientos falibles y contradictorios, como en la inteligencia
artificial se abrieron las puertas a los sistemas que representen debates
complejos
Es decir, en
la teoría de la argumentación, cabe dar cuenta de una tradición, como de una moderna
y sólida base interdisciplinaria que desde los estudios de Camir Perelmany
Stephan Toulmin –a mediados del siglo pasado-y por los recientes desarrollos
del movimiento llamado informal logic, Critical Thinking, la Nueva Dialéctica de Douglas Walton y la
pragma – dialéctica de Fran von Emeeren, han logrado consolidar una moderna
teoría del debate crítico de raíz multidisciplinaria que es consciente de las
limitaciones de la lógica deductiva para expresar argumentos en un debate real,
proporciona nuevas herramientas para analizar argumentos y para construir los
que serán expuestos en un debate crítico, entre otros temas
Desde esta nueva perspectiva, el
debate crítico es un mecanismo social para solucionar conflictos; y existen
tantas variedades de debates como canales formales e informales de solución de
conflictos: desde negociaciones y polémicas políticas, hasta el propio
procedimiento judicial
Ala actual teoría de la argumentación le interesa comprobar la idea de
que el debate soluciona los conflictos, y que los enfoques adecuados y las
técnicas rigurosas pueden contribuir con ese resultado
Por cierto, existen
sociedades en los cuales el debate crítico se encuentra institucionalizado,
este es parte modélica de la confrontación y resolución de diferencias de
opinión, o de las dudas
En cambio, en
países como los nuestros se carecen de instituciones sociales que den espacio
al debate crítico, y en el nivel judicial aún desconocemos tanto el desarrollo
de la actual teoría de la argumentación como la práctica del debate crítico
Ciertamente, el
actual modelo adversarial – oral que se intenta introducir en nuestro sistema
penal tiene cercanía al debate crítico, pero aún puede ser mejorado y debemos
esforzarnos por lograr que el nuevo proceso penal alcance altos estándares de
crítica, por ello hemos tratado de hacer del presente texto un puente al
servicio de os abogados imbuidos en la tradición inquisitiva y del razonamiento
judicial para que accedan a las herramientas del debate crítico y desde estas
aprecien las técnicas del debate adversarial – oral, que promueve el actual
Código Procesal Penal
Además, este
libro busca iniciar un camino profesional y pedagógico. El derecho es una
ciencia que posee tradiciones, más consideramos que los hombres del derecho
debieran retirar de la currícula el antiguo curso de Razonamiento Judicial, y
en su lugar implementar la Teoría de la Argumentación Jurídica
El sentido más contemporáneo de los contenidos
académicos y las técnicas del debate crítico, han de
ampliar y
profundizar la temática aquí abordada
Obviamente, se
busca también instaurar y fomentar el “debate acerca del debate”, en las
diversas instituciones sociales y en los propios contenidos de nuestra
propuesta
Inclusive quienes tienen interés en
la Teoría del Derecho encontrarán en el debate critico un nuevo paradigma para
renovar perspectivas y soluciones a los problemas que hasta ahora han merecido
respuesta insatisfactoria, lo que hemo ensayado al tratar sobre la
interpretación, el sistema de conceptos jurídicos y la estructura de la norma
jurídica desde este punto de vista
Debo asimismo, saldar las deudas propias de la comunidad
académica que contribuyo en todo lo bueno
que pueda encontrarse en este texto
Mi sincero agradecimiento a cada persona que contribuyó
a conformar las ideas de este texto, y también
a brindarme la confianza para culminarlo
Por lo que procederé a describir la
pequeña historia de este libro:
En 1984 llegó a nuestras manos el
libro del jurista alemán Karl Larenz, titulado METODOLOGÍA
DE LA CIENCIA DEL DERECHO, llamó nuestra atención, pero sin la
experiencia necesaria no podíamos juzgar su obra, así que con un grupo de
amigos, integrado por Óscar Alvarado Cornejo, Carlos Bernal Gamarra y Raúl
Vargas Chirinos, intentamos entender tan complejo texto en la Facultad de
Derecho de la Universidad San Martín de Porres
Poco después intuimos que algo no estaba bien,
la metodología empleada simplificaba las cosas
y evadía
muchos problemas
Por ese entonces estaba de
moda el marxismo, así que buscamos todos los textos de teoría marxista del
derecho y, al poco tiempo, concluimos que no existía una teoría del derecho
marxista ni había forma de hacer una
Entonces,
nos remitimos a las fuentes del racionalismo y gracias al profesor Luca Lavado
Malqui, que nos brindaba como insumo lo más reciente de la filosofía de la
ciencia, empezamos a valorar a Karl Popprt, Imre Lakatos, Thomas Kuhn, Paul
Feyerabend y Mario Bunge
Por una afortunada casualidad conocimos
la obra de Michell Villey abriéndosenos las puertas a Cicerón, los sofistas y
Aristóteles metodólogo del debate, preparándonos el terreno para comprender las
aportes de Teodhor Viewegh y Chamir Perelman
Algunos trabajos merecieron ser
publicados en la extinta revista EL JURISTA, que
dirigían entonces Carlos Bernal Gamara y Gustavo Blanco, incluso logramos
compartir el debate académico con el recordado Grupo Andenes, conformado por Eulogio
Tapia Deza, Juan Palomino, …
Posteriormente gracias al generoso impulso del profesor
Lucas Lavado Maliqui y del espíritu explorador
que impregnó al fondo editorial de la…
Necesitábamos, entonces,
acceder un cuadro tentativo de lo desarrollado sobre el debate después de
Perelman, para ello, nos ayudamos tanto de nutridas bibliotecas…
Manejar tan basta información
resultaba sumamente complejo,…
La teoría también necesita de la práctica, y encontramos
que el mejor medio para entender cómo
se argumenta judicialmente en el…
Y
más…
ÍNDICE:
Prólogo
Presentación
Objetivos
del caso
PARTE PRIMERA
EL DEBATE CRÍTICO Y LAS
ESTRUCTURAS RETÓRICAS
CAPÍTULO I
EL DEBATE
1. NUESTRA CULTURA Y EL DEBATE
2. DEBATIR PARA SOLUCIONAR O
ESCLARECER CONFLICTOS
3. MODELOS PROCESALES Y TEORÍA DE LA
ARGUMENTACIÓN
3.1. DIFERENCIAS ENTRE SISTEMAS
PROCESALES
4. LA ARGUMENTACIÓN EN UN DEBATE
JUDICIAL ADVERSARIAL ORAL
4.1
No siempre conviene hacer lo que dice la ley
4.2
Hay que explotar lo que la ley nos permite hacer
5.
EL DEBATE JUDICIAL COMO ENSAYO JUSTO
5.1
Argumentos basados en evidencias
5.2
Cada uno debe esforzarse por mostrar
que
conoce el caso mejor que el adversario
5.3.
Ensayo justo
5.4
El debate judicial siempre está abierto
CAPÍTULO II
NOCIONES MODERADAS SOBRE EL DEBATE
1. ELEMENTOS DE UN DEBATE
1.1. Proponente oponente, fuente y
juez
1.2. Debate simétrico y asimétrico
1.3. Puntos de partida
1.4. Puntos de partida
1.5. Narraciones y argumentos
1.6. Puntos controvertidos y no
controvertidos
1.7. Movimientos de apoyo y de
refutación
1.8. Decisión
2. TIPOS DE DEBATE
2.1. La perspectiva tradicional
3. ETAPAS DEL DEBATE
4. ARGUMENTOS, IMPORTANCIA DE UN
EXAMEN CRÍTICO
4.1. Coordinada
5. ARGUMENTAR NO ES IMPONER
6. TEXTOS ARGUMENTATIVOS
7. LAS REGLAS DEL BUEN DEBATE
7.1. Cantidad de la información que se
brinda
7.2. Cualidad de la información
7.3. Relevancia
7.4. Modalidad
8. PREPARARSE PARA EL DEBATE
8.1. Pensador crítico
8.2. El dominio experto
8.3. Conocimiento del caso
8.4. Estrategia
8.5. Control de emotividad
8.6. Aprovechar la ocasión
CAPÍTULO III
ESTRUCTURAS RETÓRICAS EN EL DEBATE JUDICIAL
1. LOS ARGUMENTOS NECESITAN
ESTRUCTURAS
2. EL ORDEN LÓGICO Y LAS ESTRUCTURAS
RETÓRICAS
3. LA ESTRUCTURA RETORICA EN LA DEFENSA
Y ACUSACIÓN IMPLICANCIAS
3.1. El orden de exposición
convincente
3.2. Un ejercicio
3.3. Ganar credibilidad
3.4. También es la mejor forma de
conocer un caso
3.5. El derecho a comprender
3.6. Del análisis tradicional de un texto oral o escrito
en proceso judicial al análisis de sus estructuras
retóricas
3.7. ¿Por qué ha vuelto a ser importante
el uso de las estructuras retoricas?
3.7.1. Limitaciones del medio
3.7.2. Limitaciones del receptor
3.7.3. El cambio de estándar
3.8. Que hay de nuevo después de los
retóricos
PARTE SEGUNDA
BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN
ANTES DEL DEBATE
CAPÍTULO IV
LA TOMA DE DECISIONES
1. CONOCIENDO EL CASO Y EL CLIENTE
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN
2. LA TEORÍA DEL CASO, INVESTIGACIÓN
Y LA ESTRATEGIA DE COMUNICACIÓN
3. LA VERDAD Y LOS VEROSÍMIL
CAPÍTULO V
BÚSQUEDA DE PRUEBAS CON HIPÓTESIS RIVALES
1. CREATIVIDAD E HIPÓTESIS
1.1. Búsqueda creativa de evidencias
1.2. Abducción y forma lógica de la
hipótesis
1.3. Formulación de hipótesis y la
perístasis
2. DIFICULTADES EN LA CREACIÓN DE
HIPÓTESIS
2.1. Los prejuicios
2.2. Problemas en la lógica dela
refutación de hipótesis
3. ERRORES EN LOS JUICIOS SOBRE
PROBABILIDAD DE UN EVENTO
3.1
Heurístico
de representatividad HR
3.2
Heurístico
de disponibilidad
3.3
Heurístico
de encuadre
CAPÍTULO VI
EL ARTE DE HACER PREGUNTAS SIGNIFICATIVAS
1. PREGUNTAR ES ARGUMENTAR
2. EN QUÉ USAMOS LAS PREGUNTAS
2.1. Cuestionar metas y propósitos
2.2. Cuestionar las preguntas
2.3. Cuestionarla información, los
datos y la experiencia
2.4. Cuestionar inferencias y
conclusiones
2.5. Cuestionar conceptos e ideas
2.6. Cuestionar suposiciones
2.7. Cuestionar puntos de vista y
perspectivas
3. CLASES DE PREGUNTAS
3.1. Preguntas de procedimiento
(establecida o de un sistema)
3.2. Preguntas de preferencia (sin
sistema)
3.3. Preguntas de juicio (sistemas en
conflicto)
4. EL INTERROGATORIO
4.1. Diferencia de intereses entre los que
participan en un interrogatorio
4.2. Etapas del interrogatorio
4.3. Sugerencias para el que interroga
4.4. Reglas del interrogatorio
PARTE TERCERA
LA INFORMACIÓN EN DEBATE
CAPÍTULO VII
NIVELES DE EVALUACIÓN DE UN TEXTO JURÍDICO
1. CARACTERÍSTICAS Y COMPRENSIÓN DE UN
TEXTO JURÍDICO. EL PUNTO DE VISTA
2. PROBLEMAS DE COMPRENSIÓN DE TEXTOS
JURÍDICOS OFRECIDOS POR LOS LITIGANTES Y OTRAS FUENTES
3. EL DERECHO A COMPRENDER
4. LA EVALUACIÓN RETÓRICA DE UN
TEXTO JURÍDICO
4.1
evaluación
de objetivos de un texto jurídico
5. EVALUACIÓN DE SUPERESTRUCTURAS
5.1
Las
superestructuras de los textos jurídicos
5.2
Superestructura
de documentación escritos
5.3
Superestructuras
en el juicio oral adversarial
5.4
Errores
en el uso de secuencias discursivas
6. LAS SECUENCIAS DISCURSIVAS
6.1
Errores
en el uso de secuencias discursivas
CAPÍTULO VIII
EL EXORDIO O LA IMPORTANCIA
DE LA PRIMERA
1. EL OYENTE O LECTOR
2. EL EXORDIO ALGUNAS LECCIONES DEL
PASADO
3. LAS FRASES QUE HAN HECHO VENDER
CAPÍTULO IX
LA NARRACIÓN
1. COMPARADO NARRACIONES
2. ¿POR QUÉ COMENZAR CON UNA
NARRACIÓN?
3. CÓMO NARRAR
4. PULIR LA NARRACIÓN
4.1
Circunstancia
4.2
Perístasis
4.3
Insinuar
la teoría legal
4.4
Credibilidad
4.5
Lógica
y sencillez
5. DESCRIPCIÓN
5.1.
El anclaje
5.2.
Aspectualización
5.3.
Asimilación
6.
EJERCICIOS
7.
Consecuencias de la narración para fijar
puntos
controvertidos y evaluar argumentos
CAPÍTULO X
CONFIRMACIÓN
1. ARGUMENTO, ARGUMENTAR
2. LOS ARGUMENTOS EMPLEADOS
EN LOS
DEBATES JUDICIALES
2.1. Las sospechas, los argumentos y la prueba
confirmativa en el lenguaje de los abogados
2.2. Redacción postulatoria y
redacción final
3. TIPOS BÁSICOS DE ARGUMENTOS
4. Esquemas y evaluación de
argumentos
CAPÍTULO XI
LOS ARGUMENTOS LÓGICOS LIMITACIONES
FRENTE A LA EVIDENCIA Y EL DEBATE
1. UN EJERCICIO DE ENTRADA
2. LAS LIMITACIONES DEL ESQUEMA LÓGICO PARA MOSTRAR
TODA LA INFORMACIÓN
NECESARIA EN UN ARGUMENTO
2.1. Escasez de información relevante
2.2. Imposibilidad de agregar
información relevante
2.3. El razonamiento deductivo es
injusto con la parte contraria
2.4. Un error lógico usual entre los juristas:
el examen unilateral
3. LIMITACIONES DE LA LÓGICA FRENTE
AL DEBATE
3.1. Impersonal personal
3.2. Tiempo y espacio
3.3. Evaluación de alternativas
3.4. No aplicación del tercio excluido
3.5. Grados de adhesión
3.6. Provisionalidad
CAPÍTULO XIII
EL MÉTODO DE TOULMIN
1. LA IMPORTANCIA DEL MODELO DE
TOULMIN
2. LAS PARTES DE UN ARGUMENTO
2.1. El diagrama de un argumento
2.2. Pretensiones, bases,
justificación y respaldos
2.3. Refutaciones y calificador
2.4. Sistema de preguntas
3. COMPARACIÓN CON EL SILOGISMO
4. LA ELABORACIÓN Y LA CRÍTICA DE UN
ARGUMENTO
5. LA FUERZA DE LOS ARGUMENTOS
LEGALES
6. EJEMPLOS
CAPÍTULO XIV
ARGUMENTOS PRESUNTIVOS
1. ARGUMENTOS PRESUNTIVOS
2. ARGUMENTOS BASADOS EN EL JUICIO
DE EXPERTOS
3. ARGUMENTOS BASADOS EN LA CITA DE
AUTORIDADES
4. ARGUMENTO POR TESTIMONIOS
5. ARGUMENTOS APELANDO AL CONOCIMIENTO
COMÚNMENTE ACEPTADOS
6. ARGUMENTOS BASADOS EN MUESTRAS O
SIGNOS
7. ARGUMENTO CIRCUNSTANCIAL CONTRA
LA PERSONA
8. ARGUMENTO DESDE LA CORRELACIÓN A
LA CAUSA
9. ARGUMENTO DE LA CAUSA AL EFECTO
10.ARGUMENTO DESDE LA ANALOGÍA
11.ALGUNOS DESDE EL EJEMPLO
CAPÍTULO XV
ARGUMENTOS BASADOS EN
CONCEPTOS Y CLASIFICACIONES
1. EL USO DE CONCEPTOS Y
CLASIFICACIONES
1.1. Figuras argumentativas
2. EL ÁRBOL DE CONCEPTOS Y SUS
REGLAS
2.1
Aparente utilidad
3.
ALGUNOS PROBLEMAS EN LA ARGUMENTACIÓN
BASADA
EN CONCEPTOS DE GÉNERO Y ESPECIE
3.1.
Definiciones oscuras
3.2.
Definiciones que abarcan más de lo que
se
espera a menos de lo que se espera
CAPÍTULO XVI
ARGUMENTOS SOBRE LAS NORMAS
1. LA NORMA COMO FORMA CONDICIONAL
2. UN EJEMPLO DE SISTEMA AXIOMÁTICO
DE NORMAS
3. LA NORMA COMO ORIGINADA EN UN
DEBATE
4. LA ESTRUCTURA DE LA NORMA PARA
ARGUMENTAR
5. ARGUMENTO DESDE UNA REGLA
ESTABLECIDA
6. ARGUMENTO DESDE LA EXCEPCIÓN A
UNA REGLA
7. ARGUMENTO DESDE EL PRECEDENTE
8. ARGUMENTO DESDE LA ARBITRARIEDAD
DE UNA CLASIFICACIÓN VERBAL
9. ARGUMENTO DESDE LA VAGUEDAD
DE
UNA CLASIFICACIÓN VERBAL
CAPÍTULO XVII
LA INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS
1. EL ORIGEN RETORICO DE LOS MÉTODOS
DE INTERPRETACIÓN
2. CONVIERTA SU INTERPRETACIÓN EN
UNA OPINIÓN AUTORIZADA
3. MUESTRE UNA SECUENCIA DE REGLAS
POR DEFECTO
4. UTILICE RIGUROSAMENTE LOS MÉTODOS
Y NEGOCIE LAS REGLAS
CAPÍTULO XVIII
REFUTACIONES Y FALACIAS EN EL DEBATE
1. LAS REFUTACIONES
1.1
Contradecir
acuerdos
1.2
Ausencia
de datos o respaldos
1.3
Falsedad
de datos
1.4
Incumplir
las exigencias de un examen crítico
1.5
Error
al usar el esquema argumentativo
2. ALGUNAS NOVEDADES SOBRE LAS
FALACIAS
2.1
Las
reglas del debate y las falacias
3. FALACIAS EN LA ETAPA DE
CONFRONTACIÓN
4. FALACIAS EN LA ETAPA DE APERTURA:
LA CARGA DE LA PRUEBA
5. FALACIAS EN LA ETAPA DE ARGUMENTACIÓN
AL DEFENDER UN PUNTO DE VISTA, USANDO ARGUMENTOS
QUE NO ESTÁN
RELACIONADOS
6. FALACIAS EN LA ETAPA DE LA ARGUMENTACIÓN:
LOS PUNTOS DE PARTIDA DEL DEBATE
7. FALACIAS EN LA ETAPA DE LA ARGUMENTACIÓN:
EL USO CORRECTO DE ESQUEMAS ARGUMENTATIVAS Y LÓGICAS
8. FALACIAS EN LA ETAPA DE CLAUSURA:
EXAGERAR EL ÉXITO
9. FALACIAS EN TODAS LAS ETAPAS DEL DEBATE IMPUTAR
UN PUNTO DE VISTA FICTICIO O DISTORSIONAR EL PUNTO DE VISTA
10.LA FALTA DE CLARIDAD AMBIGÜEDAD
CAPÍTULO XIX
REDACCIÓN DE TEXTOS ARGUMENTATIVOS
ORALES Y ESCRITOS
1. LA REALIZACIÓN DE UN TEXTO ARGUMENTATIVO
Y SUS CONDICIONES DE ÉXITO
1.1. Coherencia e incoherencia
1.2. Sencillez
1.3. Sinceridad
2. CONSEJOS PARA UNA REDACCIÓN BREVE
2.1. Estrategias de aclaración
3. Argumentos mal y mejor redactados
4. RECURSOS PARA AUMENTAR LA COHERENCIA:
ÍNDICES Y MARCADORES, ARGUMENTOS VISUALES
4.1. Índices
4.2. Marcadores
4.3. Uso de argumentos visuales un
ejemplo del T.C.
5. LECTURA CRÍTICA DE TEXTOS
ARGUMENTATIVOS
5.1. Lectura
6. LA LECTURA CRÍTICA DE TEXTOS
JURÍDICOS
CAPÍTULO XX
EXAMINANDO LA MENTALIDAD INQUISITIVA
1. LA LÓGICA DEDUCTIVA DEL JUEZ
INQUISITIVO
1.1. Para una historia del silogismo
judicial y el sistema
1.2. La doctrina medieval del
silogismo judicial y el sistema
1.3. La crítica al silogismo y la
contienda dialéctica
1.4. La defensa y readaptación del
silogismo
1.5. Una investigación sin hipótesis,
de los hechos a la teoría
1.6. Cómo fue erradicada la
formulación de hipótesis
1.7. El divulgador del silogismo
judicial
1.8. Por qué el silogismo no es un
cálculo matemático
1.9. Los historiadores de la lógica y
la historia del silogismo jurídico
1.10. Recuperación del uso de hipótesis
para la investigación
1.11. Consecuencias
1.12. ¿Se utilizan principios lógicos
en el razonamiento jurídico?
1.13. Cómo se usan los esquemas de
inferencia
2. ¿EXISTEN CASOS FÁCILES?
3. EL PRINCIPIO DE LOGICIDAD
(conjunto de propiedades que satisfacen ciertos objetos
o relaciones de algunos lenguajes para poder considerarlos
como objetos o relaciones lógico(a)s debe ser reemplazado
por el principio del debate crítico exigente
4. LA SENTENCIA
4.1
Decálogo
del juez frente al debate
5. BIBLIOGRAFÍA
RETÓRICA JUDICIAL
TEXTO DE LA RETÓRICA A HERENIO CON UN
ESTUDIO PRELIMINAR DE JUAN URETA GUERRA
ACERCA DEL AUTOR DE ESTE LIBRO
DE RETÓRICA A.C. HERENIO
LIBRO PRIMERO
1. INTRODUCCIÓN
2. GÉNEROS DE DISCURSO
3. LAS PARTES DE LA ORATORIA
4. LA INVENCIÓN Y SUS PARTES
4.1. El exordio
4.1.1. Género de la causa
4.1.2. Clases de exordio
4.1.3. Diferencia entre las clases del
exordio
4.1.4. Defectos del exordio
4.2. Narración
4.2.1. Clases
4.2.2. Cualidades
4.3. División
4.4. Confirmación y refutación
LIBRO SEGUNDO
1. INTRODUCCIÓN
2. CÓMO TRATAR CADA CAUSA
2.1. Cuestión conjetural
2.2. Cuestión legal
2.3. Cuestión jurídica
3. ARGUMENTACIÓN
3.1. Argumentación perfecta
3.2. Argumentación viciosa
4. VICIOS
4.1. La exposición
4.2. La razón
4.3. Confirmación
4.4. Definición
5. CENSURA
6. EL RESUMEN
7. CONCLUSIONES
7.1. Enumeración
7.2. Amplificación
7.3. Compasión
LIBRO TERCERO
1. INTRODUCCIÓN
2. DELIBERACIÓN
2.1. Seguridad
2.2. Honradez
3. DEMOSTRATIVO
3.1. Alabanza
3.2. Censura
3.3. Partes del elogio y la censura
4. DISPOSICIÓN
4.1. Reglas del arte
4.2. Circunstancias
5. ELOCUENCIA
5.1. Expresión
5.1.1. Tono de voz
5.1.2. Pronunciación
5.2. Movimientos del cuerpo
6. MEMORIA
6.1. Memoria natural
6.2. Memoria artificial
LIBRO CUARTO:
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Opiniones de otros retóricos
1.2. Elección de ejemplos
2. REGLAS DE ELOCUCIÓN
2.1. Géneros
2.2. Cualidades
2.2.1. Corrección
2.2.2. Armonía
2.2.3. Convivencia
FICHA TÉCNICA:
1
Libro
672
páginas
Pasta
blanda con solapas en color plastificado
Segunda
edición 2022
Segunda
edición corregida y aumentada
ISBN
9786124115158
Autor
Juan Antonio Ureta Guerra
Editor
Ediciones Legales AlLímite
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Correo
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Celular:
6671-9857-65
Gracias
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Quedamos
a sus órdenes
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