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DERECHO Y CAMBIO CLIMATICO

 

DERECHO Y CAMBIO CLIMATICO

1 Libro más un libro electrónico incluido gratis

Coordinadores: Luis Gerardo Samaniego Santamaría Marisol Luna Leal

Autor/a: Julio César Arango Chontal Alejandra Verónica Zúñiga Ortega Enrique Uribe Arzate Diego Enrique Uribe Bustamante Luis Gerardo Samaniego Santamaría Marina del Pilar Olmeda García Luis Alberto Bautista Arciniega Henry  Jiménez Guanipa Miguel Ángel Rodríguez Vázquez Brenda Fabiola Chávez Bermúdez José Alfredo Gómez Reyes Isidro De Los Santos Olivo Flor María Ávila Hernández Ana Lilia Ulloa Cuéllar Carlos Ruz Saldívar

Editor Tirant Lo Blanch

PRIMERA EDICIÓN 2021

 

 

El Cambio Climático es uno de los más grandes desafíos a los que se enfrenta la humanidad en nuestros tiempos. Las respuestas que desde las Instituciones del Estado y en particular del Derecho se produzcan para evitar los graves efectos a la vida en el planeta, son de suma relevancia. La presente obra representa el esfuerzo intelectual de las y los académicos de diferentes Universidades que forman partea de la Red de Cuerpos Académicos Estudios Institucionales. José Ramón Cossío Díaz, quienes preocupados por los efectos del Cambio Climático sobre los derechos humanos, plantean posibles soluciones para enfrentar esta crisis climática. El lector podrá advertir en esta obra: DERECHO Y CAMBIO CLIMATICO; la necesidad de una reconfiguración normativa e institucional para enfrentar los efectos del Cambio Climático; así como la necesidad de modificar el modelo de desarrollo basado en energías no renovables y contaminantes, que utilizan la técnica de fracturación hidráulica para extraer recursos naturales no convencionales lo cual afecta gravemente los derechos humanos. Del mismo modo, conocerá como este fenómeno impacta en particular, al derecho al agua, al interés superior del menor, al derecho de acceso a la información, al derecho a disfrutar de un medio ambiente en condiciones adecuadas y al derecho a la pervivencia humana, establecidos en la Constitución mexicana de 1917 y en los compromisos internacionales que el Estado mexicano tiene a partir de los Objetivos del Desarrollo Sostenible; la Agenda 2030; los Acuerdos de París; los Acuerdos de Escazú; y de los Convenios de Aarhus, entre otros; para finalmente, advertir diversas reflexiones filosóficas sobre la epistemología ambiental

 

Durante muchos años, la tierra fue concebida como mera proveedora de bienes y servicios para las diversas sociedades humanas

Del mar, los campos, ríos, bosques, pastizales y otras modalidades o posibilidades físicas, los seres humanos extrajimos recursos para satisfacer las necesidades que nuestras propias culturas iban generando o imponiendo

Desde el nomadismo al sedentarismo, en la formación de pueblos, aldeas o ciudades, se afirmaron distintos modos de utilización del mundo físico

La complejidad creciente de las urbes, los imperios de tierra y mar, la incorporación de nuevas y crecientemente potentes tecnologías, fijaron una imagen simple del mundo: lo que en él había, físico u orgánico, estaba ahí para ser explotado por el hombre

Las razones que fueron dándose para sustentar tales posibilidades, variaron en el tiempo

En un arco que bien podría arrancar con el designo de los dioses para después situarse en la sangre, las dinastías, los esfuerzos civilizatorios u otro tipo de justificaciones semejantes, pueblos y naciones asumieron más amplias posibilidades de explotación

Lo importante de esos ejercicios era la extracción, la siembra y el cultivo, la pesca y todo aquello que pudiera significar riqueza

Fuera ésta en forma directa o como insumo

En las condiciones de construcción de esos procesos, los verbos dominantes eran pocos y definitivos

Lo que importaba y justificaba, era el hacer mismo, siempre en condiciones instrumentales

No lo era, en sentido contrario, la realización de actividades paralelas, vinculadas o concomitantes, para lograr sustentos, reparaciones u otras acciones semejantes respecto a lo que estaba siendo el objeto de explotación

Tanto en el proceso de extracción, dicho ahora de manera general, como en el de utilización de los insumos extraídos, el papel del derecho fue definitorio

Hurgando un poco en la historia, por una parte, es fácil encontrar ejemplos en los que las normas jurídicas le dieron sustento a la totalidad de las posibilidades exploratorias y, por otra, ayudaron a constituir la ideología dominante

Es decir, que la utilización sin límite de los recursos era, precisamente, lo propio de ellos

¿Para qué éramos propietarios de algún bien, sino para sacarle todos los provechos posibles?

¿Para qué se contaba con una concesión minera o un permiso de explotación, sino para aprovechar totalmente el bien conferido, precisamente, para ser explotado?

La revisión de los títulos de los ordenamientos civiles en materia de bienes y derechos reales, contratos u obligaciones, así lo acreditaban

También, los de los ordenamientos de bienes nacionales, comercio o, prácticamente, cualquier otro tema

En el comonon law, lo mismo puede verse en los precedentes relacionados con los mismos temas

Las normas jurídicas, reflejo de los modelos económicos y políticos dominantes, no se ocupaban de las cuestiones relacionadas con el mejoramiento del ambiente, la sustentabilidad, las remediaciones o las reparaciones, por ejemplo

Tales posibilidades estaban excluidas del derecho, en tanto no estaban siquiera concebidas en el mundo

Ha sido hasta años recientes cuando, de a poco, tímidamente y con retrocesos, comenzó a entenderse que las formas de explotación causaban daños y riesgos que iban más allá de las previsiones a los derechos de propiedad o a los límites de permisos o concesiones

Lo que, me parece, fue estableciéndose es la idea de que aquello que era objeto de explotación, se encontraba colocado en un contexto más amplio que el de las relaciones privadas, del de las bilateralidades o, inclusive, de las publicas

Que, por el contrario, lo que se hacía o se dejaba repercutía más allá de los vínculos estrechos en los que hasta entonces se habían dado

Es interesante ver cómo fue expandiéndose el sentido de afectación

Primeramente y como es bastante evidente y comprensible, fue sobre los bienes, recursos o personas cercanas, física o casualmente

Por ejemplo, sobre los ríos y su contaminación, sobre la tierra y su erosión o sobre las personas cercanas, física o casualmente

Por ejemplo, sobre los ríos y su contaminación, sobre la tierra y su erosión o sobre las personas y su afectación

En la medida de males y remedios se perfeccionaron, en la misma condición erráticas que antes, las ampliaciones jurídicas se fueron dando para identificar, conceptualizar, regular y orden un número creciente de fenómenos

Sin embargo, en mucho, aún vinculados con elementos jurídicos tradicionales, como la propiedad o la posesión

De alguna manera, la necesidad de la tangibilidad, de la fisicalidad de las cosas, determinaba en mucho las posibilidades normativas

En el amplio proceso de exploración que, desde diversos saberes, se ha venido haciendo para comprender primero los daños generales a la tierra, los mares y, en general, a todo lo que constituye nuestro mundo, sus posibilidades, bienes y servicios; la intangibilidad estrictamente material se ha ido desplazando

Se han elaborado poderosos conocimientos para saber qué le pasa a la capa de ozono, por qué se han acidificado los mares o generando las condiciones de un calentamiento global, constante y creciente

Al parecer, la veracidad de tales resultados se ha ido consolidando frente a las posiciones que por distintos motivos buscaban rechazarlos, cuando no de plano negarlos

Debido a la base material con la cual se habían modelado y regulado las condiciones de apropiación y explotación de los bienes, resulto complejo, al inicio, modelar y regular los daños y las soluciones que se estaban generando

Una cosa es, en efecto, condenar a quien emite descargas en un río y otra, muy distinta, es precisar, con algún grado de relación causal, quien o cómo, es responsable del calentamiento global

Como ha sucedido ya tantas veces en la historia del derecho, las categorías de éste tuvieron reformularse en distintos aspectos

En una inicial y comprensible, relacionado con las fuentes desde las cuales las normas tratarían de ser eficaces

De las soluciones nacionales propias de los derechos civiles o administrativos, hubo que transitar a las internacionales a fin de capturar, del mejor modo posible, a la totalidad de los actores involucrados

Adicionalmente, tuvo que cambiarse la perspectiva general en cuanto a los restantes ámbitos de validez

Los sujetos se hicieron globales, las materias más difusas y las acotaciones temporales ciertamente indeterminadas

Con todo ello, también se produjo un ajuste hacia la condición diferencial del derecho, esto es, su posibilidad sancionatoria

En un mundo donde difícilmente es posible establecer casualidades individuales y con ello imponer las correspondientes penas, ¿Cómo resulta factible la eficacia del derecho o, al menos, esa eficacia por vía sancionatoria?

La reinvención de las categorías jurídicas ha sido un intento y continúo batallar, a fin de encontrar las maneras de hacer algo con respecto a tan indeterminadas cuestiones

El presente libro es una muestra de ello

En los correspondientes capítulos, distintos profesores y profesoras universitarios se enfrentan con el reto de identificar y proponer, respectivamente, problemas y soluciones jurídicas respecto de una de las graves dificultades de nuestro tiempo

Ellos quieren saber qué cosas se están haciendo o pueden llegar a hacerse con las normas jurídicas para paliar, acotar o reparar el calentamiento que nuestro mundo padece

En diez capítulos se exponen los usos del interés superior medioambiental para la mitigación del cambio climático; la necesidad de reconfigurar nuestro entramado institucional; las posibilidades de un derecho humano a la pervivencia; las consecuencias de la fracturación hidráulica en México y su impacto en el cambio climático; la defensa del agua, el análisis de los convenios de Asrhus, Escazú y París y sus repercusiones en el derecho mexicano; la condición particular de los grupos vulnerables; el vínculo entre cambio climático y desarrollo sostenible y distintas reflexiones filosóficas sobre la epistemología ambiental

Por la importancia y novedad de los temas abordados en cada uno de los capítulos y por el resultado conjunto alcanzado, es para mí motivo de particular alegría el que Marisol Luna y Luis Samaniego hayan decidido, primero, coordinar tales esfuerzos y, segundo, publicarlo en la colección que dirijo

Como su nombre la indica, su objetivo es dar a conocer trabajos respecto de temas en los que no con gran claridad o, al menos, todavía no con sufriente desarrollo, existir vinculaciones entre el derecho y ciertas cuestiones de actualidad

El que con carácter exploratorio varios juristas mexicanos hayan abordado la manera en cómo las normas jurídicas de nuestro orden jurídico se están relacionando con una de las grandes amenazas de nuestro tiempo, es algo muy significativo para sus posibilidades de regulación racional de convivencia

También lo es para mí y en mi carácter de director de la colección “Derecho y…”, el que me hayan otorgado la confianza de publicarlo en ella

= = = = =

Lo anterior escrito por:

Don José Ramón Cossío Díaz

En su carácter de Ministro en retiro

Miembro de El Colegio Nacional


 

 

ÍNDICE

Prólogo

Presentación

El interés superior en materia medioambiental

en la mitigación del cambio climático

Julio César Arango Chontal

Alejandra Verónica Zúñiga Ortega

Cambio climático. La necesaria reconfiguración normativa - institucional en México

Marisol Luna Leal

El nuevo derecho humano a la pervivencia

y sus retos frente al cambio climático

Enrique Uribe Arzate

Diego Enrique Uribe Bustamante

La técnica de fracturación hidráulica en México

y su impacto en el cambio climático

Luis Gerardo Samaniego Santamaría

La defensa del agua, como un derecho humano

y servicio público

Marina del Pilar Olmeda García

Luis Alberto Bautista Arciniega

Los derechos de acceso como herramientas claves para el litigio climático, a la luz del Convenio de Aarhus y el Acuerdo de Escazú

Henry Jiménez Guanipa

Acuerdo de París y su repercusión en la legislación mexicana

Miguel Ángel Rodríguez Vázquez

Brenda Fabiola Chávez Bermúdez

El derecho humano al medio ambiente

sano frente a los grupos vulnerables

José Alfredo Gómez Reyes

Cambio climático, desarrollo sostenible y gobernanza

Un apunte desde la jurisprudencia ecológica en Colombia

Isidro de los Santos Olivo

Flor María Ávila Hernández

Cambio climático: reflexiones filosóficas sobre la epistemología ambiental de Enrique Leff

Ana Lilia Ulloa Cuéllar

Carlos Ruz Saldívar

 

FICHA TÉCNICA

 

1 Libro

196 páginas

Pasta blanda en color plastificada

Primera edición 2021

ISBN 9788413550022

Coordinadores: Luis Gerardo Samaniego Santamaría

Marisol Luna Leal

Editor Tirant lo Blanch

 

 

NOVEDAD

 

DISTRIBUIDOR A B C EDICIONES

 

 

Si es de su agrado está espléndida obra:

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Quedo a sus órdenes; gracias

1 comentario:

  1. Libro DERECHO Y CAMBIO CLIMATICO

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