LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA COMENTADA
1 Libro Autor Honorable Congreso de la Unión
Comentada
por:
Dr. Rodrigo Ozuna Solsona y
Dr. Luis Raymundo Massé Moreno
Prólogo: Magistrado:
Roberto Durán Donlucas
EDITOR GALLARDO
PRIMERA EDICIÓN 2025
LIBRO RECOMENDADO Y POR
ENCARGO
Mis
amigos, los Doctores RODRIGO OZUNA SOLSONA y
RAYMUNDO MASSÉ MORENO, me han solicitado que haga el prólogo de su obra “LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA”, la
cual tuve que leer en su totalidad para facilitar la comprensión de la misma y
de la razón por la que el constituyente decidió establecer de manera genérica
en el párrafo noveno del artículo 16 de la Constitución Política de los estados
Unidos Mexicanos, lo que se entiende o debe entenderse por Delincuencia
Organizada, disponiendo: “que por delincuencia organizada se entiende una
organización de hecho de tres o más personas, para comentar delitos en forma
permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia.” Que no es
otra, que revestirla de claridad para hacerla asequible a todos y generar con
ello el entendimiento e importancia de contenido, para su implementación como
se hizo a partir de la misma
Uno
de los objetivos que busca la obra no es realizar una labor crítica, de
censura, ni de reproche a los redactores de la Ley Federal contra la
Delincuencia Organizada publicada el 7 de noviembre de 1996, que establece en
su objeto, los delitos que comprende la delincuencia organizada y la forma en
que se cometen, la manera en la que se investigan, persiguen, procesan y se
sancionan éstos, los plazos en los que prescriben, las penas por su comisión
y la potestad para ejecutarlas. No, el objetivo que persiguen los autores de la
obra, es hacer una crítica constructiva y prepositiva derivada de un análisis
exhaustivo artículo por artículo, así como de las reformas, adiciones y
supresiones de los mismos para facilitar la interpretación o el entendimiento de
sus disposiciones y su correcta aplicación, así como señalar las áreas de
oportunidad legislativa que se presentan del mismo análisis. Cierto, en algún
comentario se ven precisados a hacer observaciones a la redacción o contenido
normativo original o a la nueva redacción ya modificada, pero estos
señalamientos, se hacen fundadamente de buena fe y con argumentos válidos en
cuanto a las garantías de libertad, legalidad, seguridad jurídica y debido
proceso
Los
comentarios y justificaciones legislativas, que tienen sustento en cierto
treinta y tres jurisprudencias dictadas por los Tribunales Colegiados de
Circuito y por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que los autores se
dieron a la tarea de estudiar y seleccionar por su valor interpretativo, en la Convención
de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada llamada coloquialmente
como la Convención de Palermo, en la Convención Americana de derechos Humanos,
en la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, en el Código
Federal de procedimientos Penales, en el Código Nacional de Procedimientos
Penales, en la Ley Nacional de Ejecución Penal y apreciaciones de tratadistas
nacionales e internacionales, que se hacen a todos los artículos de la ley
vigente para desentrañar su contenido, son apreciaciones encaminadas a servir
como un referente importante para poder entender y saber cómo este Sistema
Penal Normativo o Legislación Diferenciada, ha evolucionado con el tiempo,
sistematizado de una manera ordenada y efectiva las herramientas jurídicas o
técnicas de investigación, que son indispensables para el fortalecimiento del
estado, en la lucha contra la delincuencia organizada o para responder jurídicamente
con nuevos instrumentos de lucha a ese fenómeno delictivo que ha seguido
creciendo exponencialmente en México, a grado de provocar la inseguridad
pública en la que estamos inmersos y poner en riesgo la soberanía y la
viabilidad de los la instancia que corresponda, sin que pueda hacer
discriminada, en razón de que todas las personas somos iguales ante la ley y
por ello, la misma, tendría que proceder aunque no sea un informante o colaborador
como se establece en el artículo 35 de la ley que se comenta
LO ANTERIOR COMENTADO POR:
MAGISTRADO
ROBERTO DURÁN DONLUCAS
CONTIENE:
Ley
Federal Contra la Delincuencia Organizada Comentada
Antecedentes
Legislativos
Comentarios
Jurisprudencia
Correlacionada
con Tratados Internacionales
FICHA TÉCNICA:
1
Libro
474
Páginas
En
formato de 14 por 21 por 2.5 cm
Pasta
delgada en color plastificada
ISBN
7503027343318
Honorable
Congreso de la Unión
Comentada
por:
Dr.
Rodrigo Ozuna Solsona y
Dr.
Luis Raymundo Massé Moreno
Prólogo:
Magistrado:
Roberto
Durán Donlucas
EDITOR
GALLARDO
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