COMENTARIOS A LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
1 Libro más 1 libro ebook gratis Autor Pablo Hernández
– Romo
Valencia Editor Tirant lo Blanch
PRIMERA EDICIÓN 2017
La
LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA
ORGANIZADA LFCDO creada
en noviembre de
1995
y entro en vigor al día siguiente de su publicación
Este
ordenamiento ha sido objeto
de
múltiples reformas
La
última reforma, misma que fue de gran calado,
salió
publicada en el DOF el día 16 de Junio
del
2016 y entro en vigor al día siguiente de su publicación
Conocer
la LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA
ORGANIZADA LFCDO es
requisito para cualquier
abogado
litigante en materia penal
Si
bien muchos abogados litigantes penalistas
dicen
con orgullo que ellos no toman casos
de
delincuencia organizada, lo cierto es que
deberían
de empezar, ya que lo relativo
a
la delincuencia organizada es el
pan
nuestro de cada día
Así
es, actualmente cuando el gobierno
quiere
perjudicar a alguien, la mayoría
de
las veces, lo acusa de delincuencia organizada;
aunque
muchos de ellos posteriormente
salgan
exculpados
De
hecho, ser miembro de la delincuencia
organizada
lo único que implica es que tres
o
más personas se pusieron de acuerdo
para
delinquir; eso es todo
No
se requiere nada más, esto es, no se
requiere
que cometan delito alguno
El
problema radica en lo que dicen algunos
medios
de comunicación
En
efecto, tergiversan lo que es la delincuencia
organizada
y hacen que la gente crea algo que no es
Basta
leer el artículo 16 Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos CPEUM para
que
el
lector confirme lo previamente dicho
El
problema radica, en que la propia Ley Federal
Contra la Delincuencia Organizada LFCDO
limita
los derechos humanos de quienes son
acusados
de ser miembros de la delincuencia
organizada,
lo que hace pensar que dicho
ordenamiento
puede ser tildado de inconvencional y
en
otras ocasiones de inconstitucional
Es
necesario leer un mínimo de historia o
recordar
la misma, para rememorar en cuántas
ocasiones
el gobierno federal ha acusado
a
diversas personalidades mexicanas, que en
su
momento le incomodan, de ser miembros
de
la delincuencia organizada y posteriormente
la
mayoría quedaron en libertad porque
no
se les pudo probar que pertenecían a grupo
de
delincuencia organizada alguno
Baste
recordar algunos casos como el
“michoacanazo”,
el del general de división
del
Ejercito Mexicano Tomas Ángeles Dauahare;
el
del Subprocurador Especializado en
investigación
de Delincuencia Organizada,
Noé
Ramírez Mandujano, el de Gregorio Sánchez,
excandidato
al gobierno de Quintana Roo, etc…
Podría
continuar con la lista y le aseguro
al
lector que sería más larga que el pequeño
libro
que tiene en sus manos
En
la práctica cuando se acusa de ser miembro
de
la delincuencia organizada en muchas ocasiones,
dichas
acusaciones son totalmente falsas; pero,
desgraciadamente,
por cómo están hechas las
leyes
en México, eso hay que probarlo
en
el proceso penal
El
problema es que en no pocas ocasiones
el
probar la incidencia de una persona se
toma
complicado por cómo está hecha la ley
En
la presente obra, el lector encontrará los
desaciertos
que existen en la Ley Federal
Contra
la Delincuencia Organizada LFCDO,
apreciará
las inconstitucionalidad e inconvencionalidad
varios
de los artículos previstos
en
dicho ordenamiento
En
pocas palabras, si en una ley no se
respeta
el debido proceso legal, derecho humano
que
es la columna vertebral de cualquier
procedimiento
es en la Ley Federal Contra la
Delincuencia
Organizada LFCDO
EN SU INTRODUCCIÓN SE
ANOTA:
La
LFCDO fue creada en noviembre de 1996
y
entró en vigor al día siguiente de su publicación
Este
ordenamiento ha sido
objeto
de múltiples reformas
La
última reforma, misma que fue de gran
calado,
salió publicada en el Diario Oficial
de
la Federación DOF el día 16 de junio
del
2016 y entró en vigor al día siguiente
de
su publicación
Conocer
la LFCDO es requisito indispensable para
cualquier
abogado litigante en materia penal
Si
bien muchos abogados litigantes penalistas
dicen
con orgullo que ellos no toman casos
de
delincuencia organizada, lo cierto es que
deberían
de empezar, ya que lo relativo a
la
delincuencia organizada es el
pan
de nuestro de cada día
Así
es, actualmente cuando el gobierno
quiere
perjudicar a alguien, la mayoría de
las
veces, lo acusa de delincuencia organizada;
aunque
muchos de ellos posteriormente
salgan
exculpados
De
hecho, ser miembro de la delincuencia
organizada
lo único que implica es que tres
o
más personas se pusieron de acuerdo
para
delinquir; eso es todo
No
se requiere nada más; esto es, no
se
requiere que cometan delito alguno
El
problema radica en lo que dicen
algunos
medios de comunicación
En
efecto, tergiversan lo que es la delincuencia
organizada
y hacen que la gente rea algo que no es
Basta
leer el artículo 16 CPEUM para que
el
lector confirme lo previamente dicho
El
problema radica, en que la propia Ley Federal
Contra la Delincuencia Organizada LFCDO
limita
los derechos humanos de quienes son
acusados
de ser miembros de la delincuencia
organizada,
lo que hace pensar que dicho
ordenamiento
puede ser tildado de inconvencional
y
en otras ocasiones de inconstitucional
Es
necesario leer un mínimo de historia
o
recordar la misma, para rememorar
en
cuántas ocasiones el gobierno federal ha
acusado
a diversas personalidades mexicanas,
que
en su momento le incomodan, de ser
miembros
de la delincuencia organizada
y
posteriormente la mayoría quedaron
en
libertad porque no se les pudo probar
que
pertenecían a grupo de
delincuencia
organizada alguno
Baste
recordar algunos casos como:
el
“michoacanazo”; el del General de División
del
Ejército Mexicano, Tomás Ángeles
Dauahare,
el ex subprocurador Especializado
en
investigación de Delincuencia organizada,
Noé
Ramírez Mandujano; el de Gregorio Sánchez,
ex
candidato al gobierno de Quinta Roo, etc.
Podría
continuar con la lista y le aseguro al
lector
que sería más larga que el pequeño
libro
que tiene en sus manos
En
la práctica cuando se acusa de ser miembro
de
la delincuencia organizada, en muchas ocasiones,
dichas
acusaciones son totalmente falsas; pero,
desgraciadamente,
por cómo están las leyes
en
México, eso hay que probarlo
en
el proceso penal
El
problema es que en no pocas ocasiones
el
probar la inocencia de una persona se torna
complicado
por cómo está hecha la ley
En
la presente obra: COMENTARIOS
A LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA
ORGANIZADA LFCDO; apreciará las
inconstitucionalidades
y
conocerá las razonas con las que puede abogar
por
la inconvencionalidad o inconstitucionalidad
de
varios de los artículos previstos
en
dicho ordenamiento
En
pocas palabras, si en una ley no
se
respeta el debido proceso legal,
derecho
humano que es la columna vertebral
de
cualquier procedimiento, es en la Ley
Federal
Contra la Delincuencia Organizada LFCDO
Se
hace mención a lo siguiente;
CCF
Código
Civil Federal
CFF
Código
Fiscal de la Federación
CNPP
Código
Nacional de Procedimientos Penales
CPEUM
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
CPF
Código
Penal Federal
DOF
Diario
Oficial de la Federación
EE.UU
Estados
Unidos de Norteamérica
LFCDO
Ley
Federal Contra la Delincuencia Organizada
LGS
Ley
General de Salud
LNEP
Ley
nacional de Ejecución Penal
LOPGR
Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación
PGR
Procuraduría
General de la República
RLOPGR
Reglamento
de la Ley Orgánica de la Procuraduría
General de la República
SCJN
Suprema
Corte de Justicia de la Nación
SHCP
Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
ÍNDICE:
Abreviaturas
Introducción
Comentarios
a la Ley Federal contra
la
Delincuencia Organizada
FICHA TÉCNICA:
1
Libro
1
Libro electrónico Gratis
En
formato de 11 por 16 por 4 cm
Pasta
delgada en color plastificado
Primera
edición 2017
ISBN
9788491436591
Autor
Pablo Hernández – Romo Valencia
Editor
Tirant lo Blanch
NOVEDAD
DISTRIBUIDOR
A B C EDICIONES
Si es de su
agrado está espléndida obra:
COMENTARIOS A LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
1 Libro más 1 libro ebook gratis
Autor Pablo Hernández – Romo Valencia
Editor Tirant lo Blanch
Autor Pablo Hernández – Romo Valencia
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PRIMERA EDICIÓN 2017
Se puede
comunicar al Teléfono: 7146961
aquí en
Culiacán,
Sinaloa, México
Teléfono 01-6677-146961 Solo en
México
Teléfono
celular: 044 (Culiacán, Sinaloa, México)
O 045
(México) -6671-985765
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o el nombre de la
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Fraccionamiento
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Código
Postal 80170
Entre:
Bahía de Agiabampo y Bahía de San Ignacio
Sin
representantes dentro; o, fuera de nuestro País
ALFONSO
JAVIER MONÁRREZ RÍOS
Agradecemos
a Google la oportunidad de publicar Gracias
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PRIMERA EDICIÓN 2017
Quedo a sus órdenes; gracias
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En el correo: alfonsomonarrez@gmail.com
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