EL CRIMEN DE AGRESION EN DERECHO INTERNACIONAL CONTEMPORANEO
1 Libro más un libro electrónico gratis Autor Luis Ernesto
Orozco Torres Editor Tirant lo Blanch y Universidad Autónoma de Ciudad de Juárez
SEGUNDA EDICION 2019
La
inclusión del “inacabado” crimen de agresión en el
Estatuto
de Roma 1998 fue una solución de
Compromiso
que creo más problemas de los que
resolvió,
pero trajo consigo el compromiso de los
Estados
de trabajar denodamente en la búsqueda
De
una definición del crimen de agresión
Y
por fin se llego a Kampala, la principal razón de
Ser
de esta segunda edición
de
esta obra
No
es la definición ideal, pero
Como
reconoce el Dr. Orozco, constituye un hito
Normativo
del Derecho Internacional
Penal,
general y “de Roma”
Y
tantos años de espera para, en buena medida
“regresar
al futuro” de la resolución 3314
XXIV
de la asamblea General de las Naciones Unidas
Lo anterior escrito en la contraportada
por Joaquín Alcalde Fernández
desde la entrada en vigor de la Corte Penal
Internacional
2002 a la fecha, han ocurrido una plétora de
Acontecimientos de probada relevancia para el
Derecho Internacional Penal
Descuella, entre todos ellos la definición del
crimen de
de agresión incluida en el estatuto de Roma
realizada en Kampala, Uganda del 31 de mayo
al
11 de junio de 2010
Este solo evento justifica de lleno emprender
un nuevo proceso de edición y actualización de
la obra, y si a esto le sumamos el raudal de
obras académicas que han surgido a partir de
la definición del crimen de agresión en
Kampala, entonces la presente edición no
Solo resulta justificada sino necesaria
Por si fuera poco, en su decimosexto periodo
de sesiones, llevado a cabo los días 4 al 14
de diciembre de 2017, en la sede de las
Naciones Unidas en Nueva York, la
Asamblea de Estados Partes adopto por
Consenso la resolución ICC – ASP /16 / Res.
5,
en la cual se determina que se activa
la competencia de la Corte Penal
respecto del crimen de agresión para
el 17 de Julio del 2018
en el prefacio escrito por el autor
Luis Ernesto Orozco Torres
La primera edición de esta obra salió a luz
en el año 2008, de entonces a la fecha
han ocurrido una plétora de acontecimientos
de probada relevancia para el Derecho
Internacional Penal de Roma
Descuella, entre todos ellos la definición del
crimen de agresión incluida en el Estatuto
de Roma en virtud de la Conferencia de Revisión
del Estatuto de Roma realizada en Kampala,
Uganda del 31 de mayo al 11 de junio del 2010
Este solo evento justifica de lleno emprender
un nuevo proceso de edición y actualización
de la obra, y si a esto le sumamos el raudal
de
obras académicas que han surgido a partir
de la definición del crimen de agresión en
Kampala,
entonces la presente edición no solo resulta
justificada sino necesaria
Por si fuera poco, en su decimosexto periodo
de
sesiones, llevado a cabo los días 4 al 14 de
diciembre
de 2017, en la Sede de las Naciones Unidas en
Nueva York, la Asamblea de Estados Partes
adopto por consenso la resolución ICC-ASP/Res.5,
en la cual se determina que se activa la
competencia
de la Corte Penal respecto del crimen de agresión
para el 17 de julio de 2018
Todo lo anterior, nos obliga a presentar
una nueva edición, la cual, contiene cambios
sustanciales con respecto a la primera, ya
que no solo el material iusinternacional, sea
normativo o académico, ha evolucionado,
sino que el autor necesariamente también
lo ha hecho, y esto evidentemente queda
patente al replanteo y restructura de
la obra por completo
El autor entiende que uno de los cambios que
la Convención de Revisión de Kampala
introduce
en la temática de la agresión es que su
estudio
puede ser abordado a partir de la evolución que
tres figuras concretas han venido
experimentado
tanto en Derecho internacional consuetudinario,
como en el convencional:
La norma de Derecho Internacional que
prohíbe la agresión
La criminalización de la agresión
La norma de Derecho Internacional
Convencional
que tipifica el crimen de agresión
La norma de Derecho Internacional que prohíbe
la agresión se encuentra dirigida a los
Estados
como tales, es decir, es una norma del más
puro
Derecho Interestal, y por ello, entraña solo
la responsabilidad internacional del Estado
La criminalización de la agresión surge como
respuesta a las atrocidades cometidas por los
beligerantes en la Segunda Guerra Mundial,
aunque solo hayan sido juzgados los vencidos,
y este proceso conlleva la imputación criminal
del individuo en Derecho Internacional por la
agresión,
por supuesto, este proceso opera una evolución
normativa importante ya que se parte de la
responsabilidad internacional del Estado por
la agresión, para llegar a la responsabilidad
internacional penal del individuo por la agresión
cometida desde y por el aparato estatal
Nosotros entendemos que la norma de Derecho
Internacional que tipifica el crimen de agresión
es de índole convencional, y de reciente acuñación
De aquí que la presente edición se encuentre
estructurada a partir del análisis de estas
tres
figuras bajo los enfoques apuntados
En la conferencia de revisión de Kampala se determinó,
en la enmienda al artículo 15 bis.3:…
Pues bien, esa trascendental decisión ya fue
tomada
Cuestión que nos alienta a seguir trabajando
en el tema, ya que, cuando se emprendió
la empresa de una nueva edición, - otoño de
2017-
esta decisión no había sido tomada todavía
ÍNDICE
Prólogo
Prefacio
Agradecimientos
Abreviaturas
Introducción
Primera parte
CRIMINALIZACIÓN DE LA AGRESIÓN
EN DERECHO INTERNACIONAL
Capítulo I
LA AGRESIÓN Y LA REGULACIÓN DEL
RECURSO DE LA GUERRA EN
PERSPECTIVA
HISTÓRICA
1. Proceso
de humanización del Derecho internacional tradicional
2. Un
nuevo orden: la Sociedad de Naciones
3. Los
tribunales de la segunda posguerra
4. La
era de las Naciones Unidas
5. La
prohibición de la agresión: epílogo
Capítulo II
LA CRIMINALIZACIÓN DE LA AGRESIÓN
PROCESO Y DINÁMICA DE CONSOLIDACIÓN
1. La
naciente responsabilidad individual por la agresión
2. El
Tribunal internacional de Nüremberg
3. Los
Tribunales creados de acuerdo con la Ley N° 10
4. El
Tribunal internacional de Tokio
5. El
carácter criminal de la agresión: epílogo
5.1. Dinámica
de consolidación
A. Hitos
convencionales
B. Hitos
institucionales
C. Hitos
jurisprudenciales
i. Tribunales
convencionales
ii. Tribunales
institucionales
5.2. El
carácter criminal de la agresión
Segunda parte
EL CRIMEN DE AGRESIÓN EN DERECHO
INTERNACIONAL GENERAL
Capítulo III
EL CRIMEN DE AGRESIÓN Y EL RECURSO
A LA FUERZA EN DERECHO
INTERNACIONAL
CONTEMPORÁNEO
1. Concreción
de la prohibición del uso de la fuerza
1.1. La
Guerra fría y el congelamiento
de la cuestión de la agresión
2. Evolución
normativa sobre la cuestión
de la agresión
2.1. La
Asamblea General
2.2. La
Comisión de Derecho Internacional
3. Especial
referencia a los ámbitos regionales
4. Alcance
jurídico de la criminalización de la agresión
Tercera parte
El crimen de agresión en el Derecho
internacional
penal de Roma
Capítulo IV
LA PROBLEMÁTICA DEL CRIMEN
DE AGRESIÓN DENTRO DEL ESTATUTO DE
ROMA
1. El
crimen de agresión como categoría penal internacional
1.1. El
crimen de agresión en el Derecho internacional general
1.2. El
crimen de agresión en el Derecho
Internacional penal de Roma
A. La
inclusión del crimen de agresión:
una solución de compromiso
B. El
incompleto artículo 5.2
1.3. El
crimen de agresión como categoría penal
del Derecho internacional general
2. Concreción
típica de la agresión en el Estatuto de Roma
2.1. Devenir
histórico del crimen de agresión
2.2. El
tipo de crimen de agresión: práctica internacional
3. El
Estatuto de Roma y su efecto codificador
y desarrollador sobre el crimen de
agresión
4. Los
trabajos del Grupo Especial de Trabajo
sobre el Crimen de Agresión
4.1. Los
elementos del tipo
A. Elemento
objetivo (actus reus)
B. Elemento
subjetivo
C. Mens
rea
4.2. Condiciones
del ejercicio de la competencia
A. Posturas
pro Consejo de Seguridad
B. Posturas
interactivas
C. Posturas
reformistas
4.3. El
crimen de agresión y su interacción
en el entramado del Estatuto de Roma
A. Las
formas de participación y la tentativa
(párrafo 3 del artículo 25)
B. El
rango de “responsabilidad subjetiva” en clave
de excluyente de supra a
subordinación
y viceversa (artículos 28 y 33)
C. Mens
rea (artículo 30)
D. El
régimen de aceptación de la disposición que
contenga la definición y las
condiciones de la
competencia (párrafos 3, 4 y 5 del artículo 121)
i. Primer
enfoque
ii. Segundo
enfoque
iii. Tercer
enfoque
4.4. El
informe final del GETCA
Capítulo V
KAMPALA UN HITO EN EL DESARROLLO DEL DERECHO INTERNACIONAL PENAL DE
ROMA
1. De
Nüremberg a Kampala, vía Roma
1.1. Crítica
de la reforma de Kampala al Estatuto de Roma
1.2. El
crimen de agresión y la guerra justa
2. Análisis
del tipo aprobado en Kampala
2.1. Crimen
de agresión: elementos
A. Actus
reus
i. Planificar
“un acto de agresión”
ii. Preparar
“un acto de agresión”
iii. Iniciar
“un acto de agresión”
iv. Realizar
“un acto de agresión”
v. Las
modalidades de participación
B. Elemento
subjetivo específico: el liderazgo
2.2. Acto
de agresión
A. Exigencias
de magnitud cuantitativa y cualitativa
sobre el acto de agresión
sobre el acto de agresión
i. Características
ii. Gravedad
iii. Escala
iv. Violación
manifiesta
B. Ámbito
normativo específico
3. Análisis
de la enmienda aprobada en Kampala
sobre las condiciones del ejercicio de la competencia
y el rol del Consejo de Seguridad
sobre las condiciones del ejercicio de la competencia
y el rol del Consejo de Seguridad
4. Análisis
de la determinación aprobada en Kampala
sobre la entrada en vigor de las enmiendas
sobre la entrada en vigor de las enmiendas
5. Análisis
de los entendimientos aprobados en Kampala
6. Activación
de la competencia de la Corte
respecto del crimen de agresión
respecto del crimen de agresión
Conclusiones generales
Fuentes de conocimiento
FICHA TÉCNICA:
1 Libro
396 paginas
En formato de 15 por 21.5 por 2.5 cm
Pasta delgada en color plastificada
Segunda edición 2019
ISBN 9788491906100
Luis Ernesto Orozco Torres
Editor Tirant lo Blanch y Universidad
Autónoma
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